Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 12113
Modificación artículo 29 C b) 5. y 29 bis 1. del Convenio y del Pacto colectivo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de día 10 de octubre de 2016, adoptó el acuerdo que – a reserva de los términos definitivos que resulten de la aprobación del acta correspondiente – a continuación se transcribe:
“Propuesta de la delegada de Recursos Humanos de modificación del artículo 29 del pacto/convenio de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor.
La Sra. Sansó Jaume da cuenta de la propuesta, dictaminada previamente por la Comisión Informativa General y Especial de Cuentas de día 3 de octubre de 2016, que a continuación se transcribe:
“PROPUESTA DE LA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS A LA COMISIÓN INFORMATIVA GENERAL PARA SU POSTERIOR ELEVACIÓN AL AYUNTAMIENTO EN PLENO
Antecedentes
Acuerdo de la Mesa General Negociadora Común al personal funcionario y laboral, aprobado por unanimidad en la sesión extraordinaria núm. 3/2016, de 7 de septiembre, de elevar este acuerdo al Ayuntamiento en Pleno.
Fundamentos de derecho
Art. 3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y legislación de la Comunidad Autónoma.
PROPUESTA
Primero. Modificar el pacto/convenio de los empleados públicos del Ayuntamiento de Manacor, que quedará redactado según se establece a continuación:
a) Modificar el artículo 29 C b) 5. al objeto de modificar la vigencia de este artículo hasta día 31 de diciembre de 2017 y que queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 29 C b) 5. Hasta el 31 de diciembre de 2017, el personal funcionario de carrera y el personal laboral fijo podrá solicitar un permiso por asuntos propios con una duración máxima de seis meses anuales, sin derecho a percibir retribuciones, durante los cuales tendrán derecho a reserva de lugar de trabajo y al cómputo de tiempo a efectos de trienios y grado personal, con la obligación de cotizar lo que corresponda de acuerdo con la normativa vigente. La concesión de esta licencia, que será discrecional, está supeditada, en todo caso, a las necesidades del servicio y no supondrá la autorización para la contratación o el nombramiento de personal temporal sustituto”.
b) Modificar el artículo 29 bis 1. al objeto de modificar la vigencia de este artículo hasta día 31 de diciembre de 2017 y que queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 29 bis 1. Hasta el 31 de diciembre de 2017, el personal funcionario de carrera y el personal laboral fijo podrán solicitar una excedencia voluntaria especial con duración mínima de seis meses y máxima de tres años, durante la cual tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo y al cómputo del tiempo de excedencia a efectos de trienios y grado personal.”
Segundo. Elevar este acuerdo al pleno del Ayuntamiento para su aprobación y posterior publicación en el BOIB. Su vigencia empezará a partir del día siguiente de la mencionada publicación.
Manacor, 26 de septiembre de 2016
La delegada de Recursos Humanos
M Antònia Sansó Jaume
(...)
Finalizadas las intervenciones, se somete a votación y la propuesta se aprueba por unanimidad”.
Manacor, 19 de octubre de 2016
El Alcalde,
por delegación de firma (decreto 2313/2016)
La 5.ª Teniente de Alcalde
M Antònia Sansó Jaume