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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SELVA

Núm. 12066
Convocatoria pública para la formación de una bolsa para a cubrir sustituciones transitorias o atender el exceso o acumulación de tareas de operarios de mantenimiento especialistas en electricidad del Ayuntamiento de Selva, mediante el sistema de concurso

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Texto

La Alcaldía de la Corporación, mediante Decreto 365/2016, de 25 de octubre, en el ejercicio de sus competencias ha resuelto lo siguiente:

Primero.- Aprobar la convocatoria pública para constituir una bolsa para cubrir sustituciones transitorias o atender el exceso o acumulación de tareas de operarios de mantenimiento especialistas en electricidad, del Ayuntamiento de Selva, mediante el sistema de concurso

Segundo.- Aprobar las bases que deben regir esta convocatoria y que se adjuntan a esta resolución

Tercero.- Ordenar la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de les Illes Balears, y el texto íntegro de las bases que deben regir la convocatoria en el tablón municipal de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Selva (www.ajselva.net)

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.

El recurso de reposición potestativo ante esta Alcaldía que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común.

 

Selva, 25 de octubre 2016

El Alcalde
Joan Rotger Seguí