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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 15 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11911
Procedimiento ordinario 771/2015 sobre otras materias

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Texto

D./Dª. GEMA BURRIEL MANZANARES, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento ORDINARIO 771/2015 seguido a instancia de OPERIBERICA SAU frente a JAVIER ALVAREZ SANJUAN se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Palma de Mallorca, a veintinueve de septiembre de dos mil dieciséis, el Sr. D. Carlos Augusto de la Fuente de Iracheta, Magistrado-Juez de Primera Instancia del Juzgado nº Quince de los de esta Ciudad y su Partido Judicial, ha visto los presentes autos de JUICIO ORDINARIO, seguidos ante este Juzgado con el nº 771/2015, a instancia de la entidad “OPERIBÉRICA, S.A.U”, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Campins Crespí, y dirigida por el Letrado D. Mariano Andrés Sánchez, colegiado nº 2.350 del Ilustre Colegio de Abogados de Sabadell, contra D. JAVIER ÁLVAREZ SANJUAN, con D.N.I. nº 43.197.704-R, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de daños y perjuicios por incumplimiento contractual.

FALLO

QUE ESTIMANDO íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Campins Crespí, en representación de la entidad OPERIBÉRICA, S.A.U”, DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado D. JAVIER ÁLVAREZ SANJUAN a indemnizar a la actora en la suma de SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA EUROS (7.360 euros), por los conceptos expresados en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda (28 de septiembre de 2015) hasta la fecha de la presente resolución, a partir de la cual se devengará, a favor de la acreedora, un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en dos puntos hasta su completo pago, todo ello sin hacer expresa condena de las costas causadas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, el cual se interpondrá por medio de escrito presentado ante este Juzgado dentro del plazo de VEINTE DÍAS, a partir del siguiente al de su notificación en la forma establecida en el artículo 458 de la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Asimismo, adviértase a las partes que el recurso no se admitirá a trámite si no acreditan, al interponerlo, haber constituido, mediante su consignación en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, un depósito por importe de 50 euros, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, así como, en su caso, el importe de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el orden jurisdiccional civil establecida por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (BOE núm. 280, de 21 de noviembre de 2012), modificada por el Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita (BOE núm. 47, de 23 de febrero de 2013), modificada nuevamente por el artículo 11 del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social (BOE núm. 51, de 28 de febrero de 2015).

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada, ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.-

 

Y encontrándose dicho demandado, JAVIER ALVAREZ SANJUAN, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

 

PALMA DE MALLORCA a treinta de septiembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,