Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 11942
Aprobación definitiva de la modificación de crédito 25/2016, por suplemento de crédito
Finalizado el periodo de exposición pública y visto que no se han presentado reclamaciones, se eleva a definitivo el acurdo plenario de fecha 26 de septiembre de 2016 sobre el expediente núm. 25/2016 de modificación de créditos, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo a la baja de las otras partidas del presupuesto vigente, de acuerdo con el resumen siguiente:
Altas en el estado de gastos
Org. |
Programa |
Económic |
Sp. |
Denominación |
Altas € |
01 |
9201 |
22799 |
03 |
Trabajo otras empresas |
53.000,00€ |
01 |
9201 |
62500 |
01 |
Mobiliario |
10.000,00€ |
|
|
TOTAL |
|
|
63.000,00€ |
Bajas en el estado de gastos
Org. |
Programa |
Económic |
Sp. |
Denominación |
Bajas € |
01 |
1532 |
21000 |
01 |
Infraestructuras y bienes naturales |
8.000,00 € |
01 |
1532 |
61900 |
01 |
Otras inversiones de reposición en infraestructuras |
25.000,00€ |
01 |
1622 |
62201 |
01 |
Punto verde |
20.000,00€ |
01 |
4331 |
63500 |
01 |
Mobiliario |
10.000,00€ |
|
|
TOTAL |
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63.000,00€ |
Contra este acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados pueden interponer directamente recurso contencioso administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 171.3 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Artà, 21 de octubre de 2016
El alcalde
Bartomeu Gili Nadal