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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 11989
Extracto de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones destinadas a la cooperación entre pequeños agentes para acciones de intercambios, correspondientes al año 2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 320679

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Grupos de cooperación que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que tengan una identidad fiscal diferenciada de la de sus integrantes.

b) Que tengan personalidad jurídica propia.

c) Que estén formados al menos por un mínimo de tres cooperantes, que sean agricultores, agrupaciones de agricultores, cooperativas u organizaciones interprofesionales, y necesariamente otros agentes de la cadena alimenticia. 

d) Que sus integrantes tengan la consideración de microempresa.

e) Que ningún miembro del grupo tenga más del 50% en la distribución de los ingresos y gastos, ni menos del 10%.

f) Que la participación de los agricultores en el Grupo esté entre el 30% y el 60%.

g) Que presenten un Plan Empresarial de Cooperación.

Segundo. Finalidad:

La finalidad de estas subvenciones es el fomento de la cooperación entre agentes de la cadena alimenticia para fomentar los intercambios de inputs i outputs con el objetivo de incrementar el valor añadido de las producciones finales.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo rural de las Illes Balears 2014-2020, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 29, de 26 de febrero de 2015.

Cuarto. Crédito total de la convocatoria:

Se destina un importe total de doscientos cuarenta mil setecientos cuarenta y tres euros con ochenta y cinco céntimos (240.743,85€).

Quinto. Importe:

1. La ayuda será del 50% de los costes elegibles que se puede incrementar en un 10% en cada uno de los casos siguientes:

- si uno de los participantes es agrupación de productores, cooperativa u organización profesional.

- si el proyecto se desarrolla en el sector hortofructícola, lácteo, cárnico o de frutos secos.

- si la producción está amparada por alguna de las marcas de calidad definidas en la medida 3.1. del PDR.

- Si en el Grupo participa algún miembro que sea Grupo de Acción Local y gestiona la iniciativa Leader.

- Si el proyecto se refiere a productos de agricultura ecológica.

2. La intensidad de ayuda no podrá superar el 80% de los costes elegibles, y en el caso de inversiones será del 40%.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses y empieza a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución en el BOIB.

 

 Palma19 de octubre de 2016 

 

El Presidente del FOGAIBA

Vicenç Vidal Matas