Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 11961
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino de 18 de octubre de 2016, por la cual se establece un periodo de veda para la extracción del coral rojo en las aguas interiores de las Islas Baleares
El Decreto 40/2003, de 25 de abril, por el que se regula la extracción de coral rojo en las aguas interiores de las Islas Baleares, faculta, en sus artículos 6 y 7, a la Consejería de Agricultura y Pesca para establecer, previo informe técnico del Servicio de Recursos Marinos, épocas de veda para extraer el coral, así como para modificar el número máximo de autorizaciones a cada una de las zonas aptas.
De acuerdo con el informe técnico del Servicio de Recursos Marinos que, considerando las estadísticas de extracción de coral rojo en las aguas interiores de las Islas Baleares durante los últimos años y considerando la conveniencia de que la época de veda sea similar a la establecida por otras comunidades autónomas, aconseja mantener las fechas, zonas y número de autorizaciones vigentes en la última temporada 2016-2017.
Por todo el anterior, haciendo uso de las facultades que se me han conferido, dicto la siguiente.
RESOLUCIÓN
Primero
Se establece un periodo de veda para la extracción del coral rojo en las aguas interiores de las Islas Baleares, en la zona llamada Norte de Mallorca, desde el 1 de noviembre de 2016 hasta el 30 de abril de 2017.
Segundo
Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 18 de octubre de 2016
El Director General de Pesca y Medio Marí
Juan Mercante Terrassa