Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALAIOR
Núm. 11945
Convenio de colaboración entre el Cim y el Ayuntamiento de Alaior para llevar a termino un programa de actividad física para personas mayores que viven en residencias de Menorca y o centros de dia
Exp .: 1405/2016
De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, hacemos público el convenio que literalmente dice:
"CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE MENORCA Y EL AYUNTAMIENTO DE ALAIOR PARA LLEVAR A CABO UN PROGRAMA DE ACTIVIDAD FÍSICA PARA PERSONAS MAYORES QUE VIVEN EN RESIDENCIAS DE MENORCA Y / O SON USUARIOS DE CENTROS DE DÍA
REUNIDOS
De una parte, la señora Maite Salord Ripoll, presidenta del Consejo Insular de Menorca, en nombre y representación del mismo de conformidad con la elección de su Pleno de día 25 de junio de 2011, de acuerdo con el artículo 207 de la LOREG y con el artículo 9.2.q) de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.
Por otra parte la señora Misericordia Sugrañes Barenys, Alcaldesa del Ayuntamiento de Alaior.
Ambas partes intervienen en virtud de la representación que por razón de sus respectivos cargos asumen y se reconocen mutuamente poderes y facultades suficientes para formalizar este convenio y, por ello,
EXPONEN
1. Durante el año 2016 el Consejo Insular de Menorca promueve un programa dirigido a la realización de actividad física para personas mayores que viven en residencias o son usuarios de centros de día de Menorca, programa que en adelante llamaremos movimientos.
2. El Ayuntamiento de Alaior ha sido consultado sobre este programa y ha mostrado su apoyo a esta iniciativa.
3. El programa está dirigido a las personas mayores que viven en las residencias de Menorca o son usuarios de centros de día.
4. El objetivo del programa es ayudar a mantener las capacidades, estimular, socializar y mejorar la capacidad de adaptación de los usuarios de las residencias de la tercera edad de Menorca y de los centros de día, especialmente:
5. A efectos de desarrollar el programa, un / a técnico / a de deportes en actividad física para personas mayores se desplazará a las residencias asistidas y los centros de día de Menorca siguientes:
6. En cada uno de los centros, en función de las necesidades y los horarios de los residentes, se desarrollarán las actividades de acuerdo con la planificación que hará el Consejo Insular de Menorca.
Por todo ello, manifestando expresamente la voluntad de llevar a cabo esta tarea, en estar de acuerdo las partes que intervienen en este acto, se avienen a firmar este Convenio de acuerdo con los siguientes:
PACTOS
PRIMERO. objeto
El objeto del presente convenio es la cooperación institucional entre el Consejo Insular de Menorca y el Ayuntamiento de Alaior para dar continuidad al programa de actividad física para personas mayores que viven en residencias o son usuarios de centros de día de Menorca durante el plazo de un año.
SEGUNDO. Ámbito de cobertura
El ámbito de las actuaciones vinculadas a este convenio es el municipio de Alaior.
TERCERO. Funciones y responsabilidades de las partes
Corresponde al Ayuntamiento de Alaior: ceder las instalaciones a que se hace referencia en la parte expositiva y la coordinación con sus equipos de trabajo.
El Consejo Insular de Menorca: hacer la contratación externa de los servicios para llevar a cabo el programa, así como asegurar el cumplimiento y la coordinación.
CUARTO. Duración del convenio.
Este convenio entrará en vigor el día de su firma y finalizará el día 31 de diciembre de 2016.
QUINTO. Financiación y aportaciones económicas
El coste total de este programa será de € 73.702, aportando el Consejo Insular de Menorca la cantidad de € 44.958 y los ayuntamientos participantes un total de 28.744 €
El Ayuntamiento de Alaior hará la aportación económica de 5.311,00 € con cargo al presupuesto del ejercicio 2016, aportación que será proporcional al número de usuarios del municipio.
El Consejo Insular de Menorca aportará 44.958 €al total del programa (incluido el 100% de los usuarios de la residencia de ancianos, que no se imputarán al Ayuntamiento de Maó y de los usuarios del Centro Sociosanitario de Santa Rita, que no se 'imputarán al Ayuntamiento de Ciutadella).
SEXTO. Causas de extinción del convenio.
Se establecen como causas de extinción del presente convenio las siguientes:
El mutuo acuerdo.
El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este convenio.
La denuncia de cualquiera de las partes, formalizada por escrito.
Y, en prueba de conformidad con cada uno de los ACUERDOS aquí recogidos, firmamos el presente convenio por triplicado en el lugar y fecha indicados.
Maó, 12 de mayo de 2016 "
Alcalde acctal.
Arturo Pons Reurer