Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 11936
Notificación del acuerdo de iniciación de los expedientes sancionadores número 13/2016-1603 por infracción de la normativa en materia de pesca
Dado que no ha sido posible notificar el acuerdo de iniciación de los expedientes sancionadores y la apertura de los plazos de alegaciones y pruebas por presunta infracción de la normativa de pesca, Ley 6/2013 de 7 de noviembre de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears, se notifican, de acuerdo con lo que se determina en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, a las personas interesadas que se detallan en el anexo adjunto, todo haciendo constar:
1º.- Las personas denunciadas disponen de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente día al de la publicación de esta notificación, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora, para que formulen sus alegaciones y aporten o propongan las pruebas que les justifiquen delante de este Departamento de Medi Ambient i Medi Rural i Marí (avda. España, 49, 3ª planta, de la ciudad de Ibiza).
2ª.- Durante el transcurso la tramitación de los expedientes sancionadores, las persones interesadas podrán examinarlos y conocer la identidad de la instructora y de la secretaria, al efecto de recusación que contiene el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Eivissa, 19 de octubre de 2016
La secretària tècnica de Medi Ambient, Agricultura,
Cultura, Educació, Patrimoni, Esports i Joventut
Maria Catalina Tur Torres
Anexo
Núm. de expediente.: 13/2016-1603
Presunto infractor: (datos personales ocultos)
Fecha de la resolución de iniciación: 24/8/2016
Preceptos infringidos: Infracción del artículo 119b de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears (BOIB núm. 156 de 13 de noviembre de 2013), -modificada por la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Illes Balears (BOIB núm. 175 de 23 de diciembre de 2014)- en relación con el artículo 2 y 4 del Decreto 34/2014, por el cual se fijan los principios generales de la pesca recreativa y deportiva en las aguas interiores del Archipiélago Balear (BOIB núm. 104 de 02-08-2014), consistente en realizar la pesca recreativa desde embarcación sin la pertinente licencia administrativa de pesca.
Último domicilio: c. Canadella
Municipio: Eivissa