Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 11803
Modificación Acuerdo del personal funcionario
El Pleno en sesión ordinaria el día 21 de julio de 2016, se adoptó, entre otros, el acuerdo que copiado literalmente dice lo siguiente:
Considerando el Acuerdo de aplicación al personal funcionario de este Ajuntament aprobado mediante el acuerdo del Pleno, en sesión ordinaria de 15 de enero de 2015 (BOIB núm. 12, de 24 de enero de 2015)
Considerando los acuerdo adoptados para la modificación de algunos artículos del convenio mencionado y reseñados en el acta de 24 de mayo de 2016 de la Mesa General de Negociación Conjunta.
El Pleno de la Corporación ha adoptado el siguiente
A C O R D:
Primero.- Modificar el artículo 11.Segon.4 del Acuerdo de aplicación al personal funcionario del Ajuntament de Son Servera, como medida de trigo de la conciliación familiar, de forma que:
Donde dice:
"Artículo 11.Segon.4. Aquellos trabajadores / as con hijos en edad escolar y como medida de conciliación, podrán realizar su jornada laboral de 9.00 h. a 16.30 h.
Debe decir:
"Artículo 11.Segon.4. Aquellas personas trabajadoras con hijos en edad escolar y como medida de conciliación, podrán realizar su jornada laboral entre las 09.30 h y las 17:00 h, siempre y cuando el departamento esté atendido. "
Segundo.- Modificar el artículo 21.4 del Acuerdo de aplicación al personal funcionario, en el sentido de adaptarlo en el sentido en que está regulado a otras administraciones, de forma que:
Donde dice:
4. Supuestos con carácter excepcional y con justificación adecuada: |
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La prestación de la Seguridad Social será complementada durante todo el periodo de duración de la misma hasta el 100% de las retribuciones del mes anterior al de la incapacidad. |
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Lista de supuestos excepcionales |
Hospitalización |
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Intervención quirúrgica |
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Embarazo de alto riesgo |
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Cáncer y su tratamiento |
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Enfermedades graves con informe médico que así lo determine. Se deberá dar cuenta a la Mesa, siempre y cuando no esté constituida la comisión paritaria. |
Tiene que decir:
4. Supuestos con carácter excepcional y con justificación adecuada: |
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La prestación de la Seguridad Social será complementada durante todo el periodo de duración de la misma hasta el 100% de las retribuciones del mes anterior al de la incapacidad. |
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Lista de supuestos excepcionales |
Hospitalización: aunque la hospitalización tenga lugar en un momento posterior, siempre que corresponda a un mismo proceso patológico y no haya habido interrupción. |
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Intervención quirúrgica: aunque la intervención quirúrgica tenga lugar en un momento posterior, siempre que corresponda a un mismo proceso patológico y no haya habido interrupción. |
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Embarazo de alto riesgo |
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Cáncer y su tratamiento |
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Enfermedades graves con informe médico que así lo determine. Se deberá dar cuenta a la Mesa, siempre y cuando no esté constituida la comisión paritaria. |
Tercero.- Que los efectos de las modificaciones reseñadas en los puntos anteriores cuenten a partir la adopción del presente acuerdo del Pleno.
Cuarto.- Dar cuenta del presente a la Delegación del Gobierno de las Islas Baleares, por su conocimiento y efectos.
Quinto.- Publicar el presente acuerdo en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB).
Son Servera, 17 de octubre de 2016
La alcaldesa presidenta
Natalia Troya Isern