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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE INCA

Núm. 10317
Procedimiento ordinario 52/2012 sobre otras materias

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Texto

En este órgano judicial se tramita PROCEDIMIENTO ORDINARIO 52/2012, seguido a instancias de ANTONIO FUSTER ALOY, JAIME FUSTER ALOY, ISABEL FUSTER ALOY, ANTONIA FUSTER ALOY y CATALINA FUSTER ALOY, contra LOS HEREDEROS Y/O HERENCIA YACENTE DE DON SEBASTIÁN ALOY TORRES, en el que se ha dictado SENTENCIA de fecha 15/04/2016 cuyo encabezamiento y fallo se el siguiente:

SENTENCIA

En la Ciudad de Inca, a quince de abril de dos mil dieciseis.

La Sra. Dª. Mª VICTORIA PELUFO ENGUIX, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de esta Ciudad y su Partido, habiendo visto los autos del juicio ordinario con el número 52/12 seguidos a instancia de ANTONIO, JAIME, ISABEL, ANTONIA y CATALINA FUSTER ALOY, representados por el Procurador de los Tribunales Dª. CATALINA AMENGUAL PONS y defendidos por el Letrado D. JAUME BESTARD COMAS, contra HEREDEROS Y/O HERENCIA YACENTE DE SEBASTIAN ALOY TORRES, en rebeldía sobre acción extraordinaria procede a de adquisición por prescripción extraordinaria procede a dictar la siguiente resolución, en base a los siguientes:

FALLO

1.-Se estima la demanda interpuesta por ANTONIO, JAIME, ISABEL, ANTONIA y CATALINA FUSTER ALOY contra HEREDEROS Y/O HERENCIA YACENTE DE SEBASTIAN ALOY TORRES.

2.-Se declara que los actores han adquirido por prescripción extraordinaria de la siguiente finca:

“URBANA: NUMERO UNO. Planta baja con su corral o patio con sus dependencias de la casa numero cinco de la calle Barri de la ciudad de Alcudia; mide en sus lados del frente y fondo cinco metros, setenta centímetros y en los de la derecha e izquierda, quince metros, diez centímetros y con una superficie de ochenta y seis metros, siete decímetros cuadrados. Linda: por el frente, con dicha calle Es Barri; por la derecha, entrando, con casa de Francisco Guaita Fluxa y Bartolomé Bibiloni Cifre; por la izquierda, con otra de Antonio Colomar Marqués; y por el fondo, con la de Antonio Gues Torres; y por la parte superior, con la planta alta. La cuota de participación es del 50 por 100.

Constan inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcudia, al tomo 1527, libro 71, folio 162, finca numero 2829 de Alcudia.”

3.-Se condene a los demandados a estar por la anterior declaración, y al pago de las costas si se opusieran a esta demanda.

No condena en costas.

Una vez firme esta resolución, expídase mandamiento al Registro de la Propiedad para su inscripción.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de apelación, que se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquélla.

En INCA, a uno de septiembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,