Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 11856
Extracto de la aprobación por parte del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Ibiza del día 30 de septiembre de la convocatoria de ayudas para entidades juveniles sin ánimo de lucro, clubes náuticos y ayuntamientos, durante el año 2016, dentro el ámbito territorial de la Isla de Ibiza
Identificador BDNS núm: 320270
De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución del 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas para entidades juveniles sin ánimo de lucro, clubs náuticos y ayuntamientos de la isla de Ibiza para el 2016, siguiente:
Primero.- Justificación:
La Ley 21/2006 de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos de Menorca, de Ibiza y Formentera en materia de juventud y tiempo libre (BOIB núm. 184. de 23/12/2006), establece que el Consell Insular d’Eivissa i Formentera (actual Consell Insular d’Eivissa) ejercerá, dentro de su ámbito territorial y con sujeción al ordenamiento sectorial vigente, las funciones relativas a las actividades de tiempo libre con infantes y jóvenes, entre las cuales se encuentra:
“(...)
b) Promover la creación de nuevos servicios de información.
(...)
d) Soporte a las asociaciones, entidades juveniles y entidades que prestan servicios a la juventud que programen y/o ejecuten actividades de tiempo libre para infantes y jóvenes.”
Por todo esto, el Consell Insular, mediante el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, quiere fomentar el asociacionismo juvenil, promover las actividades medioambientales dirigidas a niños y jóvenes y la creación de servicios de información juvenil con esta convocatoria de ayudas.
Segundo.- Objeto y destinatarios
2.1. El Consell de Ibiza quiere asegurar el soporte a las entidades juveniles y a las entidades de servicios a la juventud de la isla por tal que estas puedan llevar a cabo sus actividades y proyectos y promover así la participación de estas en la vida de la isla. Así mismo quiere fomentar y dar soporte a los servicios de Información juvenil con esta convocatoria de ayudas.
2.2. Esta convocatoria se divide en 5 líneas de ayudas
2.2.1. Para entidades juveniles de nueva creación (Modalidad A)
Entidades juveniles sin ánimo de lucro creadas a partir del día 1 de enero de 2015 y que realizan su actividad dentro del ámbito territorial de la isla de Ibiza.
2.2.2. Para el mantenimiento de entidades juveniles sin ánimo de lucro y para la organización de actividades extraordinarias y de ocio alternativo.(Modalidad B)
Entidades juveniles sin ánimo de lucro creadas antes del día 1 de enero de 2015 y que realicen su actividad dentro del ámbito territorial de la isla de Ibiza.
2.2.3. Para la formación de educadores de tiempo libre infantiles y juveniles (Modalidad C)
Escuelas de educación de tiempo libre infantil y juvenil que desarrollen su actividad dentro del ámbito territorial de la isla de Ibiza.
2.2.4. Para el fomento de actividades medioambientales en el medio marino dirigidas a niños y jóvenes.
Clubes náuticos inscritos legalmente en el Registro de Asociaciones Deportivas del Gobierno de las Islas Baleares y que desarrollen su actividad dentro del ámbito territorial de la Isla de Ibiza.
2.2.5. Para la creación y potenciación de servicios de información joven (Modalidad F)
Ayuntamientos de la Isla de Ibiza
Tercero.- Dotación económica
3.1. Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 96.500,00 € del ejercicio presupuestario del año 2016 del Consell Insular de Ibiza.
3.2. La cantidad señalada se divide de la siguiente manera:
A) Para entidades juveniles de nueva creación: un máximo de 17.500,00 € (partida presupuestaria 3370 48900).
B) Para mantenimiento de entidades juveniles y para la organización de actividades y extraordinarias y de ocio alternativo: un máximo de 31.000,00 € (partida presupuestaria 3370 48900).
C) Para la formación de educadores de tiempo libre: un máximo de 15.000,00 € (partida presupuestaria 3370 48900).
D) Para el fomento de actividades infantiles y juveniles al medio marino: un máximo de 15.000,00 € (partida presupuestaria 3370 48900).
E) Para la creación y potenciación de los servicios de información joven: un máximo de 18.000,00 € (partida presupuestaria 3370 46200).
Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes
Se establece un plazo de presentación de 30 días naturales que se inicia al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Ibiza, 20 de octubre de 2016
La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación
Patrimonio, Deportes y Juventud
Maria Catalina Tur Torres