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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11838
Participación Ciudadana - Extracto bases reguladoras convocatoria subvenciones

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Texto

Extracto de las bases reguladoras de la segunda convocatoria pública de subvenciones de Participación Ciudadana y Coordinación Territorial para las Asociaciones de Vecinos de Palma para el periodo octubre 2016 – diciembre 2016:

BDNS: 320.135

“De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), y en la página web del Ayuntamiento de Palma (http://participació.palma.cat)

Primero. Beneficiarios:

Entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas (RMEC) como asociaciones de vecinos.

Segundo. Objeto:

Dar apoyo a la comunidad en la realización de actividades socioculturales y socioeducativas de carácter estable durante el cuarto trimestre de 206.

Tercero. Bases reguladoras:

Ordenanza municipal de subvenciones, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 26 de febrero de 2015 (publicada en el BOIB número 35 de 12 de marzo de 2015)

Cuarto. Cuantía.

El importe total máximo que se destina a la convocatoria es de 15.400€ (quince mil cuatrocientos euros) con cargo a la partida presupuestaria 16.92400.48900 de los presupuestos generales del Ayuntamiento de Palma para el año 2016.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes es de (10) diez días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Sexto. Otros datos:

- Es un requisito indispensable para la admisión de la solicitud presentar en el plazo previsto el formulario del proyecto. La falta de presentación del formulario o de alguno de sus apartados no es subsanable. La presentación del formulario en modelo distinto del que se establece para esta convocatoria implica la exclusión y la no valoración del proyecto. Cada asociación de vecinos solamente podrá solicitar un único proyecto en esta convocatoria.

- La duración del proyecto que se presente será de un máximo de 3 meses, a contar desde el día 1 de octubre de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016.

- Excepcionalmente, visto el carácter asociativo, la finalidad no lucrativa de las entidades beneficiarias y las aportaciones de trabajo voluntario que añadan valor económico a los proyectos, de acuerdo con el artículo 36.2 de la Ordenanza municipal de subvenciones, se podrá solicitar como subvención el 100% del coste de la actividad.

 

- Las subvenciones objeto de esta convocatoria se abonarán bajo el concepto de pago único anticipado, es decir el 100% según el artículo 41.3 de la Ordenanza municipal de subvenciones.

Palma, 19 de octubre de 2016

El Jefe de Departamento de la Secretaría General del Pleno,
Antoni Pol Coll