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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 11831
Aprovación inicial de la Modificación nº 9 de las Normas Subsidiarias
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de aprobación inicial de la Modificación nº 9 de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal relativa a la exoneración de la necesidad de disponer de red de saneamiento, con respecto al suelo urbano de los siguientes sectores de las normas subsidiarias del planeamiento municipal: AN-2, AN-3, y AN-4).
El Pleno del Ayuntamiento reunido en sesión de carácter extraordinaria el pasado día 10 de Octubre 2016, entre otros, acordó aprobar inicialmente la Modificación núm. 9 de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal redactada por los servicios técnicos del Departamento de Planificación Urbanística, relativa a la exoneración de la necesidad de disponer de red de saneamiento, con respecto al suelo urbano de los siguientes sectores de las normas subsidiarias del planeamiento municipal: AN-2: (61,66 ha.), AN-3: (29,49 ha.), AN-4: (22,70 ha.). Asimismo, se acordó aprobar el documento ambiental estratégico redactado por la entidad medioambiental Olivar Gestió i Medi S.L.
Esta aprobación inicial, de conformidad con los apartados 2, 3 y 4, del artículo 50 de la Ley 2/2014, de 25 de Marzo, de Ordenación y uso del suelo, y en concordancia con los apartados 2 y 3 el artículo 138 y, 1.b) del artículo 139 del Reglamento que la desarrolla, determina por sí misma y, en el ámbito de la modificación, la suspensión durante el plazo de dos años o hasta que se produzca la aprobación provisional de la tramitación y la aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas. Todo ello, sin perjuicio de que puedan otorgarse las licencias o presentar comunicaciones previas que se basen en el régimen urbanístico vigente, y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado, con los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 141 de este Reglamento.
De conformidad con el artículo 54 de la Ley 2/2014, de 25 de Marzo, de Ordenación y uso del suelo y con el artículo 154 del Reglamento que la desarrolla, sirva el presente para anunciar que se somete la referida modificación a información pública durante un plazo de CUARENTA y CINCO días (45 días), mediante publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor difusión en la isla de Mallorca y, en la sede electrónica del Ayuntamiento donde constará la documentación completa. Durante dicho plazo, todas las personas que se muestren interesadas podrán consultar la documentación en día laborable y horario de oficina (de las 8 h. a las 14 h.) en las dependencias municipales de Planificación Urbanística situadas en el nº 1 de la Plazoleta dels Pins, pudiendo asimismo presentar las alegaciones que estimen oportunas en el Registro General del Consistorio, situado en el nº 9 de la calle Major.
Alcudia, 19 de octubre de 2016.
El concejal delegado de Urbanismo:
Joaquín Cantalapiedra Aloy.