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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE EIVISSA

Núm. 11665
Juicio Verbal 110/2015. Sobre otras materias

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Texto

D./Dª. RAFAEL PEDRAZA ARIAS, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.2 de IBIZA/EIVISSA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento seguido a instancia de ANTONIO COLOMAR GUASCH frente a NOUREDIN EL KHAMMAL EL KAMMAL se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA nº 263/16

En Ibiza, a 9 de septiembre de 2016.

D. ALFONSO MANUEL FERNANDEZ GARCIA, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al Juicio Verbal número 110/2015, a instancia del procurador D. JUAN ANTONIO LANDABURU RIERA, en representación de D. ANTONIO COLOMAR GUASH y D. MIGUEL TORRES COSTA, como parte demandante, con la asistencia del letrado D. AARÓN RIVERA ROSELLÓ, contra D. NOUREDIN EL KHAMMAL EL KAMMAL, como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, procede,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

a dictar la presente resolución

PARTE DISPOSITIVA

Que estimando las pretensiones deducidas a instancia de D. ANTONIO COLOMAR GUASH y D. MIGUEL TORRES COSTA, como parte demandante, contra D. NOUREDIN EL KHAMMAL EL KAMMAL, como parte demandada, declarado en situación de rebeldía procesal,

debo condenar y condeno a éste al pago de la cantidad de 5.611,63 euros, con imposición de las costas procesales a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, que deberá presentarse en este Juzgado dentro del término de VEINTE días, a partir de su notificación, y cuyo conocimiento le corresponderá a la Audiencia Provincial, de conformidad con lo dispuesto en el art. 458 y siguientes de la LEC.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, NOUREDIN EL KHAMMAL EL KAMMAL, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

IBIZA/EIVISSA a catorce de septiembre de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,