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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 11740
Notificación de resoluciones de denegación o desistimiento de solicitudes de expedición de certificados de profesionalidad

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se han intentado notificar, sin éxito, varias resoluciones de denegación o desistimiento de solicitudes de expedición de certificados de profesionalidad.

Por tanto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifican estas resoluciones por medio de publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) a fin de ponerlas en conocimiento de las personas interesadas, las cuales se relacionan en el anexo I.

Los expedientes se encuentran a disposición de estas personas en el Servicio de Empleo de las Islas Baleares (SOIB), en el Camí Vell de Bunyola, 43, 1º, 07009 Palma, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas.

Contra estas resoluciones –que agotan la vía administrativa– las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Trabajo, Comercio e Industria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación o exposición en edictos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración autonómica de las Islas Baleares y los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

También pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación o exposición en edictos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

Puesto que estos procedimientos se han iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, de acuerdo con la disposición transitoria tercera de esta ley les es de aplicación la normativa anterior reguladora del procedimiento administrativo común, esto es, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

Palma, 14 de octubre de 2016

 

La jefa del Servicio de Planificación, Acreditaciones

y Certificados de Profesionalidad,

Pilar Fuentes Alamán

  

ANEXO I

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI-NIE

Eva María Pascual León

43098883B