Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Núm. 11719
Resolución de la consejera de Presidencia de 11 de octubre de 2016 por la que se somete a información pública el borrador del proyecto de decreto de regulación del Consejo de LGTBI de las Illes Balears
Antecedentes
1. En fecha 13 de septiembre de 2016, la directora general de Coordinación emitió una memoria justificativa relativa a la necesidad de iniciar la tramitación del Anteproyecto de Decreto de regulación del Consejo de LGTBI de las Illes Balears.
2. El mismo 13 de septiembre de 2016, la consejera de Presidencia, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, dictó la resolución de inicio de la tramitación del Proyecto de Decreto de regulación del Consejo de LGTBI de las Illes Balears.
Por todo ello, y vista la naturaleza de la disposición, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Someter el borrador de proyecto de decreto de regulación del Consejo de LGTBI de las Illes Balears a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas, para que lo puedan consultar, en las oficinas de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia (paseo de Sagrera, 2, Palma), y también en el apartado de la Secretaría General de la página web de la misma consejería (<http://sgcpres.caib.es/>) y en la web Participación ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears.
2. Fijar el plazo de información pública en quince días, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se deben presentar en la sede de la Consejería de Presidencia (paseo de Sagrera, 2, Palma) o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se deben dirigir a la Secretaría General de la Consejería de Presidencia.
3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos en la web Participación ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears, en el plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web contengan la identificación de la persona o la entidad que las hace, se deben incluir en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el órgano responsable de tramitar el proyecto de decreto tiene que emitir la correspondiente diligencia.
4. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 11 de octubre de 2016
La consejera de Presidencia
Pilar Costa i Serra