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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 11711
Consejo Ejecutivo. Concesión de ayudas de minimis de apoyo genérico del Consejo Insular de Menorca a la edición en lengua catalana para el año 2016

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Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de día 26 de septiembre de 2016, de conformidad con las bases aprobadas en fecha 18.01.2016 y publicadas en el BOIB núm. 14 de 28.01.2016, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Conceder las ayudas de minimis del CIM en concepto de apoyo genérico a la edición en lengua catalana para el año 2016 a las siguientes obras y por el importe que se hace constar a continuación:

Solicitante: Pau Vadell Vallbona

NIF/CIF: 78214752D

Título publicación: L’illa dels arbres vençuts

Importe de la ayuda: 720

  

Solicitante: Triangle Postals, SL

NIF/CIF: B07694805

Título publicación: Guia + Menorca reserva de la biosfera

Importe de la ayuda: 840

  

Solicitante: Miquel Anglada Marquès

NIF/CIF: 41734894Z

Título publicación: Participació de la família Salort a les festes de Sant Joan

Importe de la ayuda: 510

  

Solicitante: Miquel Anglada Marquès

NIF/CIF: 41734894Z

Título publicación: Sainets

Importe de la ayuda: 420

  

Solicitante: GOB Menorca

NIF/CIF: G07089600

Título publicación: Plantes silvestres comestibles de Menorca

Importe de la ayuda: 840

  

Solicitante: Sara Cuartero

NIF/CIF: 17761345D

Título publicación: Ha arribat l’estiu

Importe de la ayuda: 540

  

Solicitante: Institució Francesc de Borja Moll

NIF/CIF: G57935280

Título publicación: Història de Menorca

Importe de la ayuda: 660

Segundo. Denegar la ayuda siguiente por el motivo que se detalla:

Solicitante: Triangle Postals SL

NIF/CIF: B07694805

Título publicación: Mallorca imprescindible

Importe de la ayuda: Ayuda denegada

Motivo: Queda excluida de las ayudas de acuerdo con el punto 3.4.g de las bases: "Las obras que por el ámbito geográfico o la temática que tratan no tengan interés para Menorca".

Tercero. Comunicar a los beneficiarios que, de acuerdo con el punto 13 de las bases, deben justificar la realización de la actividad subvencionada durante los 30 días naturales siguientes a la notificación de la resolución de concesión en el caso de actividades ya realizadas en la fecha de publicación, o durante los 30 días naturales siguientes a la fecha de finalización de la actividad en caso de que aún no la hayan realizado cuando se notifique la resolución. En cualquier caso, el 30 de noviembre es el plazo máximo que tienen los beneficiarios para justificar los gastos efectuados con cargo a la subvención o ayuda económica concedida.

Cuarto. Aplicar el gasto derivado de la concesión de estas ayudas, por un total de 4.530 € (cuatro mil quinientos trenta euros), a la partida 4890069 de capítulo 4 del programa 33400, Creación y Promoción Cultural, del presupuesto de 2016.

 

Maó, 30 de septiembre de 2016

 

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón