Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE EIVISSA

Núm. 11620
Divorcio contencioso 999/2015 sobre otras materias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA nº 274/16

En Ibiza, a 13 de septiembre de 2016.

D. ALFONSO MANUEL FERNÁNDEZ GARCÍA, Magistrado-Juez Titular del Juzgado del Primera Instancia nº 2 de Ibiza, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al Juicio de Divorcio Contencioso número 999/2015, a instancia del procurador D. ALBERTO VALL CAVA DE LLANO, en nombre y representación de D. OVIDIO VENANCIO ARANGO SUAREZ, con la asistencia del letrado D. JUAN MARIA ORMAZABAL GARCIA, contra Doña EDIT ESTHER CABRERA NAVARRETE, como parte demandada, declarado en situación de rebeldía procesal, procede

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

a dictar la presente resolución

FALLO

Que estimando la demanda formulada a instancia de D. OVIDIO VENANCIO ARANGO SUAREZ, contra Doña EDIT ESTHER CABRERA NAVARRETE, declarada en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio contraído entre D. OVIDIO VENANCIO ARANGO SUAREZ y Doña EDIT ESTHER CABRERA NAVARRETE, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

No procede hacer imposición de costas.

Firme que sea esta sentencia, líbrese oficio exhortatorio al Encargado del Registro Civil donde se encuentra inscrito el matrimonio, con testimonio de la misma, a fin de que se anote su parte dispositiva en la correspondiente inscripción.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer en este Juzgado y en el plazo de veinte días, recurso de apelación, del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial.

Así por esta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, incluyéndose el original en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de ESTHER CABRERA NAVARRETE, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En IBIZA/EIVISSA, a treinta de septiembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUDICAL