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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 11492
Ejecución de títulos judiciales 136/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª  MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 136/2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra la empresa  DECORACIONES CHANEL SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO 27/09/16

Dispongo: Despachar orden general de ejecución SENTENCIA a favor de la parte ejecutante, FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION, frente a  DECORACIONES CHANEL SL, parte ejecutada, por importe de 1093,62 euros en concepto de principal, (incluidos 300€ en concepto de COSTAS impuestas en Sentencia como consecuencia de lo previsto en el art. 66.3 LRJS por incomparecencia de la demandada al acto de conciliación) más otros 219 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

DECRETO 27/09/16

Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada  DECORACIONES CHANEL SL, dar audiencia previa a la parte actora  FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino de QUINCE DÍAS para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado de acordará lo procedente.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  DECORACIONES CHANEL SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En EIVISSA, a veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA