Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE EIVISSA
Núm. 11303
Divorcio contencioso 159/2016 sobre otras materias
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA nº 159/16
En Ibiza, a 13 de septiembre de 2016.
D. ALFONSO MANUEL FERNÁNDEZ GARCÍA, Magistrado-Juez Titular del Juzgado del Primera Instancia nº 2 de Ibiza, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al Juicio de Divorcio Contencioso número 159/2016, a instancia de la procuradora D. ALBERTO VALL CAVA DE LLANO, en nombre y representación de Doña EVA PALAU JIMENEZ, con la asistencia del letrado D. MIGUEL GONZÁLEZ CONDE, contra D. WEDISON DE OLIVEIRA SANTOS, como parte demandada, declarado en situación de rebeldía procesal, procede
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
a dictar la presente resolución
FALLO
Que estimando la demanda formulada a instancia de Doña EVA PALAU JIMENEZ, contra D. WEDISON DE OLIVEIRA SANTOS, declarado en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio contraído entre
Doña EVA PALAU JIMENEZ y D. WEDISON DE OLIVEIRA SANTOS, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.
No procede hacer imposición de costas.
Firme que sea esta sentencia, líbrese oficio exhortatorio al Encargado del Registro Civil donde se encuentra inscrito el matrimonio, con testimonio de la misma, a fin de que se anote su parte dispositiva en la correspondiente inscripción.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer en este Juzgado y en el plazo de veinte días, recurso de apelación, del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial.
Así por esta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, incluyéndose el original en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de WEDISON DE OLIVERIRA SANTOS , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En EIVISSA, a treinta de septiembre de dos mil dieciséis.
EL LDO DE LA ADMÓN DE JUSTICIA JUDICAL