Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 11538
Decreto de Presidencia núm. 2016001245 de modificación del horario de la Oficina de Atención a Ciudadano del Consell Insular d'Eivissa
DECRETO PRESIDENCIA
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2-10-2015) establece, como novedad, en el artículo 30 (cómputo de plazos), en su apartado 2, que del cómputo de días hábiles se tienen que excluir los sábados.
Esta ley, de conformidad con su disposición final séptima, ha entrado en vigor al año de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el día 2-10-2016 (salvo alguna especificidad).
En nuestra Comunidad Autónoma se ha aprobado el Decreto 61/2016, de 7 de octubre, mediante el cual se modifica el Decreto 99/2015, de 18 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles para el año 2016 a efectos del cómputo administrativo, con objeto de adaptarlo al artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOIB núm. 128, de 8-10-2016), en virtud del cual se establece que a partir del día 2 de octubre de 2016 son inhábiles en todo el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears los sábados, de acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Este Consell Insular, hasta ahora, en el horario de atención al público de la Oficina de Atención al Ciudadano incluía los sábados (con horario de atención de 9h a 13h). Atendida la normativa sobrevenida se tiene que modificar este horario para excluir los sábados como día hábil.
Por otro lado, por cuestiones de organización y eficacia administrativa, se considera adecuado modificar también el horario de atención al público de los otros días (de lunes a viernes excluidos festivos), empezando a las 8:30h y finalizando a las 18:30 h.
Visto el informe propuesta de fecha 11 de octubre de 2016 y conforme con él.
Vista la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo, Formación y Vivienda de fecha 11 de octubre de 2016.
Por todo el expuesto y, en virtud de las facultades que esta Presidencia tiene conferidas,
RESUELVE
1. Establecer el horario de atención al público de la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) de la siguiente forma:
• De lunes a viernes (excluidos festivos) de 8:30h a 18:30h.
2. El presente Decreto producirá efectos desde el día 15 de octubre de 2016 (incluido).
3. Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la web de esta Corporación para general conocimiento
Eivissa, 11 d'octubre de 2016
El president
Vicent Torres Guasch
El secretari de Transparència, Bon Govern, TIC, Benestar Social, Sanitat i Participació Ciutadana
Federico Lidiano Rey Castelló