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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11514
Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. Servicio Jurídico-Administrativo de Planeamiento. Exp: PE 15/5. El Pleno del Ayuntamiento aprobó definitivamente el Estudio de Detalle en calle Miquel Rossell Alemany núm 46

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de día 29.09.2016  aprobó definitivamente condicionado el Estudio de Detalle realizado al amparo del vigente artículo 47 de las Normas del PGOU con el objeto de adaptar el edificio situado en  calle Miquel Rossell Alemany núm 46, a las normas de evacuación en caso de incendio y garantizar los accesos para el uso del inmueble del Hospital de salud mental y tratamiento de toxicomanías, presentado por “Clínica Capistrano SL”, suscrito por el Arquitecto Angel Bonmatí Armenta, Estudio de Detalle que se aprobó inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno de Palma de 27-04-2016, y dado el resultado de la información pública. La aprobación definitiva queda condicionada al otorgamiento de la licencia municipal con la cual se autorizará el uso de la edificación afectada.

De acuerdo con los artículos 70 de la Ley 7/85, de 2 de abril y 181 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la Isla de Mallorca, se publica la aprobación definitiva del instrumento de planeamiento urbanístico y se publica que las ordenanzas de este Estudio de detalle son conformes con el artículo 47 de las Normas del PGOU.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con los artículos 109 y 107.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, se puede presentar recurso contencioso administrativo, de acuerdo con los artículos 10,25,45 i ss y el resto de artículos de aplicación de la Ley  29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdic­ción contenciosa administrativa, y  ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la publicación. 

   

Palma a 5 de octubre de 2016

El jefe del Departamento
p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014 (BOIB nº  30 de  4-03-2014)
Jaume Horrach Font