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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN

Núm. 11465
Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 30 de septiembre de 2016 por la cual se enmiendan los errores observados en la Resolución de fecha 6 de septiembre de 2016, por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para la publicación y difusión de resultados de trabajos de investigación en el ámbito de los servicios sociales para el año 2016

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Texto

Identificador BDNS: 316094

Hechos

En fecha 8 de septiembre de 2016, se publicó en el BOIB nº 114, la Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 6 de septiembre de 2016, por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para la publicación y difusión de resultados de trabajos de investigación en el ámbito de los servicios sociales para el año 2016.

Después de la publicación de esta Resolución se han observado varios errores en el texto que se tienen que enmendar, dado que hay una contradicción entre los puntos 2.1 h, 6 y 8.2 c de la convocatoria.

Dado que la rectificación de errores afecta al apartado 2.1 de la convocatoria, relativo a los requisitos que tienen que cumplir las personas beneficiarias, y teniendo en cuenta lo que dispone el artículo 6.2 a del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones, se considera necesario abrir un nuevo plazo adicional de presentación de solicitudes.

Fundamentos de derecho

El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y Procedimiento Administrativo Común y el artículo 56.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Resolución

Primero. Rectificar los errores siguientes del anexo de la Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 6 de septiembre de 2016, por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para la publicación y difusión de resultados de trabajos de investigación en el ámbito de los servicios sociales para el año 2016 ( BOIB nº 114, de 8 de septiembre):

1. Punto 2.1 h del anexo de la Resolución:

Allí donde dice:

h) Haber realizado el trabajo de investigación entre el 1 de enero y la fecha de publicación de la convocatoria de esta subvención.”

Tiene que decir:

h) Haber realizado el trabajo de investigación entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2016.”

2. Punto 8 del anexo de la Resolución:

Allí donde dice:

“c) Cinco ejemplares del material objeto de la publicación.”

Tiene que decir:

“c) sin contenido.”

Segundo. Se establece un nuevo plazo para presentar solicitudes de quince días naturales a contar desde el día siguiente que se haya publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Servicios Sociales y Cooperación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa administrativa.

     

Palma, 30 de septiembre de 2016

La consejera
Fina Santiago Rodríguez