Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSPARENCIA, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 11425
Resolución de concesión de subvenciones 14/2016 al amparo de la Resolución de la Consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 17 de noviembre de 2015 por la cual se convocan ayudas a los deportistas y a los clubes deportivos de las Islas Baleares para facilitarles el transporte del material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos (BOIB núm. 188, de 29 de diciembre de 2015)
Hechos
1. Las personas y las entidades que figuran en el anexo 1 de esta Resolución han presentado a la Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes una solicitud de subvención para facilitarles el transporte del material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios del año 2016.
2. El Servicio de Administración Deportiva de la Dirección General de Deportes y Juventud ha examinado las solicitudes y está conforme con los aspectos siguientes:
3. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el anexo 1, por beneficiario, y hay crédito adecuado y suficiente a la partida presupuestaria 26501 457A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2016.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 21.4 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005), dispone que la resolución, que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones, se ha de notificar individualmente o mediante publicación en el BOIB, de acuerdo con lo que se dispone en la convocatoria.
2. La Orden del Consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2013).
3. El apartado 6.5 de la Resolución del Consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 17 de noviembre de 2015 (BOIB núm. 188, de 29 de diciembre de 2015) dispone que la resolución expresa de la Consejera de Participación, Transparencia y Cultura finaliza el procedimiento de concesión de subvención. La resolución colectiva se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares en el plazo de seis meses desde la finalización del período de presentación de solicitudes.
4. La propuesta de resolución de concesión de ayudas de la Dirección General de Deportes y Juventud de 13 de septiembre de 2016.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la concesión de subvenciones, para facilitar el transporte de material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la Península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos, a los beneficiarios que figuran en el anexo 1 de esta Resolución (con los nº de expediente 98/2016/ME, 99/2016/ME, 100/2016/ME, 101/2016/ME, 102/2016/ME y 103/2016/ME)) por el importe individual indicado; autorizar y disponer el gasto; reconocer la obligación y proponer el pago a favor de todos ellos, con cargo a la partida presupuestaria 26501 457A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2016.
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOIB.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución – que agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Transparencia, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación (o notificación), de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 4 de octubre de 2016
El secretario general
Xavier-Lluís Bacigalupe i Blanco
Resolución de la consejera de Transparencia, Cultura
y Deportes de delegación de competencias y firma
(BOIB Nº 55 de 03.05.2016)
ANEXO 1
BENEFICIARIOS DE LA SUBVENCIÓN
Nº Exp |
Solicitante |
Deporte |
Competición |
Fecha inicio competición |
Fecha fin competición |
Importe solicitado |
Importe subvención |
---|---|---|---|---|---|---|---|
98/2016/ME |
Federació Balear de Piragüisme |
Piragüismo |
Copa Balear de Kayac de Mar |
16/07/2016 |
16/07/2016 |
415,50 € |
415,50 € |
99/2016/ME |
Adelina Torres Pardo |
Hípica |
VI CSN** Ciutat de Palma |
23/07/2016 |
24/07/2016 |
580,00 € |
580,00 € |
100/2016/ME |
Adelina Torres Pardo |
Hípica |
Campeonato Illes Balears de Salto 2016 |
29/07/2016 |
31/07/2016 |
580,80 € |
580,80 € |
101/2016/ME |
Rubén Andueza Aranguren |
Hípica |
VI CSN** Ciutat de Palma |
23/07/2016 |
24/07/2016 |
387,20 € |
387,20 € |
102/2016/ME |
Rubén Andueza Aranguren |
Hípica |
Campeonato Illes Balears de Salto 2016 |
29/07/2016 |
31/07/2016 |
387,20 € |
387,20 € |
103/2016/ME |
Federació Balear de Tir Olímpic |
Tiro olímpico |
Copa SAR Princesa de Asturias |
28/07/2016 |
31/07/2016 |
296,45 € |
148,22 € |