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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 11358
Bases de la convocatoria de subvenciones para deportistas destinadas a compensar los costes derivados de los desplazamientos para la participación en competiciones oficiales durante el 2015

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Texto

En sesión ordinaria celebrada día 8 de septiembre de 2016, el Pleno del Ayuntamiento de Inca ha aprobado las bases de la convocatoria de subvenciones para deportistas destinadas a compensar los costes derivados de los desplazamientos para la participación en competiciones oficiales, durante la anualidad del 2015

De acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de subvenciones, por medio del presente se publican las referidas bases.

Inca, 7 de octubre de 2016

El alcalde
Virgilio Moreno Sarrió

BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA DEPORTISTAS DESTINADAS A COMPENSAR LOS COSTES DERIVADOS DE LOS DESPLAZAMIENTOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN COMPETICIONES OFICIALES, DURANTE LA ANUALIDAD DEL 2015

Base 1a. finalidades

La finalidad es ayudar a los deportistas locales (residentes) para alcanzar los gastos de desplazamiento, de alimentación y / o estancia con motivo de la participación en competiciones oficiales ejecutadas durante la anualidad de 2015; en ningún caso persiguen finalidades retributivas o compensatorias.

Base 2ª. objetivos

Estas bases tienen por objeto compensar los costes derivados de los desplazamientos (pasajes, manutención y pernocta) para la participación en competiciones oficiales, fuera de Mallorca, ejecutadas durante la anualidad de 2015.

Base 3ª. beneficiarios

Para obtener la condición de beneficiario deberá cumplir los siguientes requisitos:

- Ser persona física empadronada y registrada en el municipio de Inca

- Ser deportista federado.

- Haber participado en competiciones oficiales fuera de la isla de Mallorca durante el año 2015.

- Haber justificado las subvenciones concedidas y abonadas en ejercicios anteriores.

- No concurrir con ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 8, punto 2, de la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Inca.

Base 4ª. naturaleza

Las subvenciones objeto de estas bases tienen carácter discrecional, voluntario y eventual, son libremente revocables y reducibles en todo momento por las causas previstas en la legislación vigente o en estas bases. No generan ningún derecho a la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente.

Asimismo son compatibles con otras ayudas, subvenciones que pueda recibir la entidad beneficiaria para el mismo proyecto siempre que el total de las ayudas o subvenciones recibidas no supere el coste del proyecto cultural subvencionado.

El hecho de recibir una subvención implica la obligatoriedad de llevar a cabo el proyecto subvencionado. Para ejecutar la totalidad del presupuesto, la entidad beneficiaria tiene que buscar otras fuentes de financiación o bien aportar fondos propios, de acuerdo con lo establecido en la base 13ª (Justificación y pago de la subvención).

En caso de no cubrirse el total de la cuantía máxima de la subvención se procederá a reducir la cuantía solicitada proporcionalmente.

Base 5a. Crédito y partida presupuestaria

Para este fin existe crédito adecuado al Presupuesto del OA IMAF del Ayuntamiento de Inca del ejercicio 2016, a la partida presupuestaria CU 341 48902 (RC núm. asiento 000775) por un importe de 15.000,00 euros.

La cuantía máxima que se destinará con cargo al presupuesto ordinario del ejercicio de 2016 de la OA IMAF será de QUINCE MIL EUROS (€ 15.000,00). En caso de que la cantidad sea insuficiente, debido al elevado número de peticiones, se disminuirá entre las solicitudes presentadas la cuantía individualizada de manera proporcional o bien se podrá aumentar la dotación de la partida presupuestaria, mediante el acuerdo del Consejo de Administración a propuesta del presidente, sin tener que aprobar una nueva convocatoria.

Base 6ª. Publicación de la convocatoria e inicio del procedimiento

La convocatoria, sus bases y el inicio del procedimiento de concesión de subvenciones se produce de oficio. El Pleno del Ayuntamiento será órgano encargado de su aprobación. Estas serán publicadas en el BOIB, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.incaciutat.com, para que se puedan presentar las solicitudes durante el plazo establecido en la Base Novena.

Base 7ª. Solicitud y documentación

Los interesados, que cumplan los requisitos que determinen esas bases, deben presentar una solicitud para cada actividad, de acuerdo con el modelo facilitado por la OA IMAF, y acompañarla de la documentación indicada.

Documentación indicada en el documento de solicitud:

  • Solicitud de la subvención (anexo 1).
  • Fotocopia del DNI del firmante de la solicitud.
  • Fotocopia del documento que acredite la representatividad en la que actúa.
  • Fotocopia del documento que acredite la titularidad de la persona solicitante de la cuenta corriente o libreta de ahorro.
  • Datos de la entidad, bancarias y de la representante (anexo 3).
  • Declaración jurada de estar al corriente de las obligaciones tributarias y fiscales (Anexo 4).
  • Proyecto de la acción a subvencionar y datos del desplazamiento (anexo 5).
  • Presupuesto de la acción (anexo 6).
  • Declaración jurada de la persona responsable de la entidad en la que se manifiesten los importes de las ayudas solicitadas para la misma acción / fin tanto a instituciones públicas como privadas (anexo 7).
  • Declaración responsable de no estar incurso / a en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario / a señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (anexo 8).

Base 8ª. Gastos subvencionables y criterios objetivos de otorgamiento del importe

De acuerdo con lo establecido en el art. 31 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre de 2003, General de Subvenciones son gastos subvencionables aquellos:

  • Las actuaciones de locomoción, desplazamientos, manutención y pernoctación del deportista, necesarias para la participación en competiciones oficiales fuera de la isla de Mallorca entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2015. La percepción de ayuda para manutención sin pernoctación incluye: comidas fuera de Mallorca. La percepción de ayuda para manutención y pernoctación incluye: alojamiento y comidas fuera de Mallorca. La percepción de ayuda para locomoción y desplazamientos incluye: Km. en coche propio, gastos de alquiler de vehículo, peaje, pringar, transporte público ..., únicamente del deportista y no de las personas acompañantes. Se hará constar el motivo del desplazamiento, días concretos con fecha, día por día y no de forma acumulada, itinerario y kilómetros.
  • Que sean razonables y cumplan los principios de buena gestión financiera, y en especial, de rentabilidad y eficacia de costes.
  • Que no superen el valor de mercado.

No forman parte del presupuesto subvencionable ni del presupuesto del proyecto:

  • Los gastos del importe de las cuales se haya adquirido a un precio superior al valor de mercado.
  • Los gastos financieros y de gestión, los gastos notariales y de registro, los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos si no están directamente relacionadas y no son indispensables para prepararlo ni llevarlo a cabo.
  • Los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, y los gastos de procedimientos judiciales.
  • Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Los costes indirectos de gasolina, luz, teléfono e internet.

La naturaleza de las actuaciones subvencionables queda recogida en la Base Segunda de estas bases y los criterios de referencia que servirán para determinar las cuantías individuales, por conceptos subvencionables serán los siguientes:

Pasajes: hasta un máximo de 100 €. Si el importe del desplazamiento supera los € 100.00, la cantidad elegible, a efectos de justificar la subvención, será esta y no la acreditada; si fuera inferior, la que resulte de las facturas presentadas. Para acreditar los desplazamientos de avión, tren, barco u otros medios de transporte de línea regular, es necesario presentar la factura, tíquet con el detalle de los servicios contratados con el detalle de los servicios contratados y nombre de los pasajeros. son elegibles

los denominados "billetes electrónicos" que cumplan la regulación anteriormente detallada y no son elegibles los correos electrónicos, identificadores, reservas, o similares.

Manutención sin pernoctación: hasta un máximo de € 26,00 por día entero (½ día: € 13,00). Si el importe de la manutención supera los € 26,00, la cantidad elegible, a efectos de justificar la subvención, será esta y no la acreditada; si fuera inferior, la que resulte de las facturas presentadas.

Manutención con pernoctación: hasta un máximo de 65 € por día. Si el importe de la pernoctación supera los € 65,00 / día, la cantidad elegible, a efectos de justificar la subvención, será esta y no la acreditada; si fuera inferior, la que resulte de las facturas presentadas. Para computar la dieta entera habrá menos estar mínimo 9 horas fuera. Se adjuntará la factura del establecimiento hostelero.

Desplazamientos: con vehículo propio hasta un máximo de 0,19 € / km y, en vehículo de alquiler, se deberá presentar la factura o recibo. Para acreditar los desplazamientos hay que presentar la factura, tiquet, billetes con el detalle del tipo de transporte y de servicios contratados (de tren, barco u otros medios de transporte de línea regular). La percepción de los gastos de kilometraje no es compatible con el reintegro de los gastos de gasolina y combustibles.

En ningún caso la suma total podrá exceder de 900 €, el resto, será de cuenta del beneficiario.

Cuando las entidades beneficiarias sean deudoras del Ayuntamiento de Inca (o de sus Organismos Autónomos), como consecuencia de una deuda, liquidada y exigible, se podrá acordar la compensación.

Base 9ª. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes

Las solicitudes de subvenciones se dirigirán al presidente de la OA IMAF del Ayuntamiento de Inca y se presentarán, junto con la documentación que se especifica en la base séptima de estas Bases, en el Registro general Municipal o en cualquier lugar previsto en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día después de la fecha de la publicación de las bases en el BOIB y finalizará transcurridos diez (10) días hábiles posteriores a esta fecha. Durante este plazo las bases estarán publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Inca, así como en su página web, www.incaciutat.com.

Base 10ª. Procedimiento. Órganos competentes para iniciar, instruir y resolver el procedimiento

El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en las presentes bases será el de concurrencia (participación) no competitiva.

10.1. iniciación

El procedimiento de concesión de subvenciones se iniciará de oficio, mediante la aprobación simultánea por el Pleno de las bases y la convocatoria. Una vez aprobadas, éstas serán publicadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, BOIB, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.incaciutat.com

La convocatoria de estas subvenciones también se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, BDNS, de acuerdo con el art. 20.8.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Son aplicables a la instrucción y la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en los artículos 18 al 22 de la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca (publicada en el BOIB núm. 66 de día 26 de mayo de 2016)

10.2. instrucción

La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a la Concejalía de Deportes.

Las actividades de instrucción comprenderán:

a) La petición de todos los informes que se estimen necesarios para resolver o que sean exigidos por las normas que regulan la subvención. El plazo para su emisión será de diez (10) días hábiles, excepto que por parte del órgano instructor acuerde otro plazo.

b) La evaluación de las solicitudes efectuada conforme a los criterios, formas y prioridades de valoración establecidos en estas bases y convocatoria.

Para estudiar y evaluar las solicitudes, se constituye la comisión de evaluación encargada de la instrucción del procedimiento, integrada por las personas relacionadas a continuación:

Presidente:

- El concejal delegado de Alcaldía de Deportes o persona en quien delegue

Vocales:

- El Técnico de Deportes o persona en quien delegue.

- El TAE de Intervención o persona en quien delegue.

Secretaria: auxiliar administrativo / a del departamento de Deportes o persona en quien delegue (con voz, pero sin voto)

En la comisión de evaluación, le corresponde examinar las solicitudes presentadas, evaluarlas y emitir el informe que debe servir de base para elaborar la propuesta de resolución por parte de la Concejalía de Deportes, de acuerdo con los criterios de valoración y los requisitos establecidos en estas bases.

En cualquier caso, la comisión de evaluación puede realizar todas las actuaciones que considere necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, y solicitar todos los informes y la documentación que considere pertinentes para resolver.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, y la notificará a los interesados, previo acuerdo del órgano competente ; se otorgará un plazo de diez (10) días hábiles para presentar alegaciones y requerirles para que presenten la documentación que acredite la realidad de los datos afirmadas en la declaración.

Examinadas, en su caso, las alegaciones presentadas por los interesados, el órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el / la solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.

Excepcionalmente, la cuantía de la subvención se podrá prorratear entre los solicitantes, el importe global máximo destinado a subvención.

El expediente de concesión de la subvención contendrá el informe del órgano instructor en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones.

La propuesta de resolución definitiva, cuando resulte procedente de acuerdo con lo establecido en estas bases y convocatoria, se notificará a los interesados ​ que hayan sido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción que en el plazo de diez (10) días hábiles comuniquen su aceptación.

Mientras no se haya notificado la resolución de concesión, las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración.

10.3. resolución

Aprobada la propuesta de resolución definitiva, el órgano competente resolverá el procedimiento de concesión de forma motivada.

La resolución, además de expresar el solicitante o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, hará constar, de forma expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, indicando la persona solicitante tanto o relación de solicitantes a los que se desestima la subvención.

La resolución podrá incluir una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases y la convocatoria para adquirir la condición de beneficiario / a, no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos. En este supuesto, si una persona beneficiaria renunciaré de forma expresa a la subvención, el órgano otorgante acordará, sin necesidad de nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante siguiente, según el orden de puntuación, siempre que haya crédito suficiente.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis (6) meses, a contar desde la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que esta aplace sus efectos a una fecha posterior.

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de la subvención.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un (1) mes desde que se haya notificado o bien se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso administrativo de Palma en el plazo de dos (2) meses desde que se haya notificado.

Base 11ª. Obligaciones de los beneficiarios

Son obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones, de acuerdo con la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca (publicada en el BOIB núm. 66, de 26 de mayo de 2016), las siguientes:

1. Comunicar al Área de Deportes la aceptación o la renuncia de la subvención en los términos de la resolución de la concesión.

2. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto / actuación, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

3. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la subvención.

4. Someterse a las actuaciones de comprobación y control que pueda llevar a cabo la IMAF del Ayuntamiento de Inca o cualquiera de los órganos de control financiero competentes y colaborar y facilitar toda la documentación que se les requiera en el ejercicio de estas funciones de control.

5. La persona beneficiaria deberá comunicar al IMAF del Ayuntamiento de Inca la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en cualquier caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas, puede dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

6. La persona beneficiaria deberá conservar los documentos justificativos (facturas y / o cualquier otro documento de valor probatorio) de la subvención recibida para su comprobación o control a fin de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control y conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.

7. La persona beneficiaria dará la adecuada publicidad del carácter público y social de la financiación objeto de la subvención.

8. La persona beneficiaria deberá comunicar inmediatamente cualquier eventualidad que altere o dificulte el desarrollo de la actividad / actuación subvencionada.

9. La persona beneficiaria deberá acreditar en la justificación el importe, procedencia y aplicación de este fondo a las actividades subvencionables, cuando las actividades objeto de la subvención se hayan financiado con fondos propios u otras subvenciones o recursos.

10. Permitir al OA IMAF el sellado de las facturas, contratos, compromisos firmes, fotocopias compulsadas o de otros documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil incluidos en la relación clasificada de los gastos y que se presentan como justificantes de la subvención.

11. Declaración jurada, antes de que se dicte la propuesta de resolución definitiva de concesión, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (AEAT) y ante la seguridad social (TGSS) .Esta declaración deberá acreditarla cuando la cuantía de la subvención supere la cantidad de 3.000,00 €.

12. Reintegrar los fondos recibidos en los casos en que proceda por concurrir causa de reintegro.

Base 12ª. Modificación del proyecto

La persona beneficiaria deberá solicitar la autorización previa y expresa para hacer cualquier modificación del proyecto o de la actividad subvencionada. Las solicitudes de modificación sustancial deben ser motivadas y tienen que formular inmediatamente después de la aparición de las circunstancias que las justifiquen y se especificarán las repercusiones presupuestarias que impliquen.

Base 13ª. Justificación y pago

El plazo de justificación iniciará una vez comunicada la concesión de la ayuda (subvención concedida) y finalizará el 16 de noviembre de 2016.

Son aplicables a la justificación y el cobro del procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en los artículos 23 al 25 de la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca (publicada en el BOIB núm. 66 , de día 26 de mayo de 2016).

Los beneficiarios para justificar la subvención deberán presentar la cuenta justificativa integrado por la siguiente documentación:

a) Una memoria de la actuación realizada justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con los objetivos y las actividades realizadas, los resultados obtenidos, la temporalización, los medios de difusión utilizados, la evaluación y cualquier otro aspecto que pueda resultar adecuado (anexo 16).

b) Una memoria económica justificativa del coste del proyecto de las actividades realizadas, que contendrá:

El certificado de exactitud de las facturas y justificantes de gasto (anexo 10).

La cuenta justificativa de la subvención: resumen de gastos e ingresos realizados (anexo 11).

La declaración jurada de no contar con más ingresos de los que se computan en la cuenta justificativa (anexo 13).

El listado ordenado de facturas y justificantes de gastos al que aparezcan el número asignado a cada una, la fecha de emisión, la identificación del acreedor, el concepto al que corresponde, su valor y la fecha de pago (anexo 14).

La relación clasificada de gastos, ingresos y otras subvenciones obtenidas (anexo 15).

Originales y copias (a cargo de la entidad solicitante) de las facturas y justificantes de gastos originales en la organización de la acción, por un montante igual o superior al presupuesto presentado.

Una copia del material divulgativo, programas de mano, carteles, otras publicaciones, dossier de prensa, fotografías, etc., utilizados en el proyecto de actividades.

Los gastos deben haberse abonado antes de la finalización del periodo de justificación.

No se tendrán en cuenta los gastos no presupuestados con anterioridad, salvo justificación motivada del incremento; sólo en casos justificados de imposibilidad de presentar originales, se admitirán fotocopias.

Los gastos se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original y copia para compulsar. Si se han de devolver las facturas o justificantes originales, a petición de la entidad subvencionada, se tiene que reflejar con un sello la fecha de concesión de la subvención, así como el importe del justificante que se imputa a la subvención.

Las facturas originales, acreditativas del gasto subvencionado, expedidas a nombre de las personas o entidades subvencionadas y con su NIF, expresarán claramente:

Fecha de emisión, que deberá corresponder al periodo de actividades subvencionable.

Datos fiscales (nombre, domicilio, NIF, etc.) de la entidad emisora y de la entidad pagadora.

Número de la factura.

Concepto detallado por el que se expide, que deberá ser suficientemente claro.

Importe, desglosando la parte que corresponde al IVA, si procede. Si la operación está exenta de IVA, se debe mencionar en la factura.

Si la justificación de la subvención no cumple los requisitos que antes se indican, se requerirá a la entidad, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, para que subsane la falta o aporte los documentos preceptivos con la indicación de que, si no lo hace, desiste de la subvención.

El pago de la subvención se realizará previa justificación, por parte del beneficiario, de la realización de la actividad, el proyecto o el objetivo por el que se concedió la subvención.

El derecho a cobrar total o parcialmente la subvención se extinguirá en los supuestos en que no se justifique o cuando concurra alguna de las causas que den lugar al reintegro.

Base 14ª. Revocación y reintegro

14.1. Invalidez de la resolución de concesión

Son causas de nulidad de la resolución de la concesión:

a) Las indicadas en el artículo 62.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

b) La inexistencia o insuficiencia de crédito presupuestario.

Son causas de anulación de la resolución de la concesión las demás infracciones del ordenamiento jurídico, especialmente de las reglas contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de conformidad con el establecido con el artículo 63 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Cuando concurra alguno de los supuestos indicados en los artículos anteriores, el órgano otorgante procederá a su revisión de oficio o, en su caso, a la declaración de lesividad y ulterior impugnación, de conformidad con lo establecido en los artículos 102 y 103 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La declaración judicial o administrativa de nulidad o anulación implica el reintegro de las cantidades entregadas.

14.2. Causas de reintegro

Además de los casos en que se declare la invalidez de la resolución de concesión, también procederá el reintegro de las cantidades recibidas más el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención fina a la fecha que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes supuestos:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que, de haberse conocido, hubieran impedido la obtención de la subvención.

b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, la actividad, el proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.

c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente en los términos establecidos por esta Ordenanza y por las bases reguladoras o la convocatoria de la subvención.

d) Incumplimiento de las obligaciones de adoptar las medidas de difusión exigidas en las bases reguladoras.

e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero, así como de incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar la utilización que se han dado fondos recibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacionales , de la Unión Europea o de organismos internacionales.

f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como de los compromisos asumidos por estos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran a la forma de acuerdo con la que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

g) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como de los compromisos asumidos por estos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos recibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

h) La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratado de la Unión Europea, de una decisión de la que se derive una necesidad de reintegro.

i) Resto de supuestos previstos en las bases reguladoras de la subvención.

En el supuesto de que el importe de la subvención supere el coste de la actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso, incrementado con el interés de demora.

14.3. Naturaleza de los créditos a reintegrar

Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público; resultará de aplicación para su cobro lo establecido en la Ley General Presupuestaria.

El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal del dinero incrementado en un 25%, excepto que la Ley de presupuestos general del Estado establezca otro.

14.4. Procedimiento de reintegro

El procedimiento para exigir el reintegro de las subvenciones tendrá carácter administrativo y, como tal, se regirá por las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

En todo caso, en el procedimiento de reintegro se observarán las siguientes fases:

a) Acuerdo de inicio del procedimiento. Se podrá iniciar de oficio, con denuncia previa o como consecuencia del informe emitido por el órgano de control financiero de la Intervención.

El órgano competente para iniciar el procedimiento será el órgano otorgante de la subvención.

b) Trámite de alegaciones, garantizando el derecho de audiencia de la persona interesada.

c) En su caso, informe de valoración de las alegaciones.

d) Informe-propuesta emitido por el órgano de control financiero.

e) Resolución del procedimiento que pondrá fin a la vía administrativa. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de doce (12) meses desde el acuerdo de inicio.

La obligación de reintegro que en su caso se apruebe será independiente de las sanciones que, en su caso, resulten exigibles.

Base 15ª. Medidas de difusión de la financiación pública

Los beneficiarios deberán hacer constar la colaboración del Ayuntamiento de Inca en la ejecución de las acciones / actividades, toda la documentación y publicidad generada por dicho proyecto, en particular en el carteles, folletos, anuncios y otros elementos de propaganda utilizados para darlo a conocer, y los vídeos, programas informáticos o cualquier otro medio de difusión que sirva de soporte del producto resultante de la colaboración, mediante la inclusión del logotipo del Ayuntamiento de Inca (la imagen corporativa está disponible en la web municipal: http://portal.incaciutat.com/wp-content/uploads/imatge-corporativa.zip).

16. Régimen jurídico

En todo lo no previsto en estas bases reguladoras será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Reglamento general de subvención 887/2006, aprobado el 21 de julio, la Ley 30/92 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el Reglamento de servicios de las corporaciones locales de 17 de junio de 1955, el Real decreto legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca, las bases de ejecución del Presupuesto municipal para 2016 y la normativa para la concesión de subvenciones públicas, así como el resto de normativa que sea de aplicación.

17. Recursos

Contra el acuerdo de resolución de la convocatoria se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución. Sin embargo, se puede presentar, en su caso, cualquier otro recurso que sea pertinente.

De acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

18. Protección de datos de carácter personal

De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), se informa a las personas solicitantes que los datos facilitados serán incluidos en un fichero propiedad del Ayuntamiento de Inca, con la finalidad única y exclusiva de gestionar y tramitar el procedimiento de concesión de subvenciones establecido en esta convocatoria de la Concejalía delegada de Alcaldía de Entidades Sociales, de acuerdo con los principios de seguridad y confidencialidad de los datos que la normativa de protección de datos establece.

Asimismo, se informa al interesado de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos incluidos en la legislación vigente, mediante escrito presentado en el Registro del Ayuntamiento de Inca.

 

ANEXO 0
DOCUMENTACIÓN APORTADA POR EL SOLICITANTE:

____Anexo 1 - Solicitud de la subvención.

____ Fotocopia del DNI del firmante de la solicitud.

____ Fotocopia del documento que acredite la representad en la que actúa.

____ Fotocopia del documento que acredite la titularidad de la persona solicitante de la cuenta corriente o libreta de ahorro.

____Anexo 3 - Datos de la entidad, bancarias y de la persona representante.

____Anexo 4 - Declaración jurada de estar al corriente de las obligaciones tributarias y fiscales.

____Anexo 5 - Proyecto de la acción a subvencionar.

____Anexo 6 - Presupuesto de la acción.

____Anexo 7 - Declaración jurada de la persona responsable de la entidad en la que se manifiesten los importes de las ayudas solicitadas para la misma acción / fin tanto a instituciones públicas como privadas.

____Anexo 8 - Declaración responsable de no estar incurso / a en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario / a señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Nombre y apellidos________________________________________

DNI_______________

Inca,     de             de 2016

Nombre y apellidos

(Firma)

ANEXO 1
SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN

__________________________________________ (Nombre y apellidos / razón social), representado por ___________________________________________________, con domicilio en la calle / plaza ____________________ número ________________, pis_____ (población) de / de ________________________, teléfono ___________________________ y con DNI número ______________________,

EXPONE: Que, publicadas las bases reguladoras de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia para deportistas residentes en el municipio de Inca, destinadas a compensar los costes derivados de los desplazamientos para la participación competiciones oficiales realizadas durante el 2015 .

Por ello,

SOLICITO: El otorgamiento de la subvención por importe de ____________________ € para el desarrollo del proyecto de actividades denominado _________________________________________________________________, que se describe en el anexo 5, con un coste total de __________________________ €, por lo que se adjunta la documentación exigida en la base 6 de la convocatoria de subvenciones para entidades sociales sin ánimo de lucro de este ayuntamiento.

Inca,     de             de 2016

Nombre y apellidos

(Firma y sello originales)

 

ANEXO 2
ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

Sr./Sra. ______________________, Con DNI ________________, en calidad de representante legal de la entidad / asociación / sociedad ___________________________________ con CIF ________________.

Acepta la subvención concedida a ___________________________________ por un importe de _________________euros (_________, 00 €) y se compromete a justificarla en el tiempo y forma indicados en las bases.

Y para que conste a los efectos oportunos lo firma y sella en

Inca,     el             de 2016.

Sign.

ANEXO 3
DATOS DE LA ENTIDAD BANCARIA

DATOS DE LA PERSONA:

Nombre y apellidos:

NIF:

dirección:

teléfono:

E-Dirección:

DATOS bancarias O DE LA ENTIDAD DE AHORRO PARA LA ENTREGA DE Pagos:

Banco o Entidad bancaria:

Núm. De cuenta Sobre (20 UNIDAD DE DESCRIPCIÓN):

Inca,     de            de 2016

(Firma)

ANNEX 4
DECLARACIÓN  JURADA DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES Tributarias Y FISCALES

Sr./Sra..................................................................

CON DNI..................................................................

DECLARO BAJO JURAMENTO:

Estar al corriente de las Obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Inca y del resto de Obligaciones Tributarias y de la seguridad social que vengan  impuestas por la normativa Vigente, y que no esté sometida a ningún recaudatorias de reintegro de subvenciones públicas o ningún Recaudadora sancionador.

Inca,     de              de 2016

(Firma)

ANEXO 5
PROJECTO DE LA ACCIÓN / ACTUACIÓN Y DATOS DESPLAZAMIENTO

Datos personales del deportista: (nobre, fecha nacimiento, club ...)

Denominación de la actuación (prueba, competición):

Modalidad deportiva

Lugar de celebración y fechas:

Duración del desplazamiento: (núm. de días)

Descripción del desplazamiento

Presupuesto (estimación)

Pasaje _____________________________________________________________________ €

Medio:....................... Destino......................................

Desplazamientos interiores _______________________________________________________ €

Medio:.................................. Destino...........................

Descripción:...............................................................

Manutención (sin pernoctación) ___________________________________________________€

Manutención con  pernoctación (alojamiento y comidas) ___________________________€

Nombre del establecimiento / hotel:.................................. Categoría...........................................................................

Otros destacables:.........................................................

ANEXO 6
PRESUPUESTO, GASTOS E INGRESOS

PRESUPUESTO DE LA ACCIÓN DENOMINADA: __________________________________

NOMBRE DEL SOLICITANTE: ______________________________________________

NIF: ___________________________

PRESUPUESTO DE GASTOS PREVISTOS

RELACIÓN DE GASTOS PREVISTOS

CUANTÍA EN EUROS

 
 

OTROS GASTOS

CUANTÍA EN EUROS

 

TOTAL GASTOS EN EUROS

PRESUPUESTO DE INGRESOS PREVISTOS

PROPIOS

CUANTÍA EN EUROS

 
 

OTROS INGRESSOS

CUANTÍA EN EUROS

SUBVENCIÓN SOLICITADA al IMAF del Ayuntamiento de Inca

Subvenciones de otras administraciones ( especificar la Administración , el importe y el estado: a solicitar, pendiente de resolución o concedida)

 
 

TOTAL INGRESOS EN EUROS

Ayudas obtenidas y su cuantía: en caso de desconocerse, si la subvención solicitada está concedida y su cuantía, se indicará la cantidad solicitada y se añadirá la siguiente nota: "en tramitación".

Inca,     de        de 2016

(Firma)

ANEXO 7
DECLARACIÓN JURADA DE LA PERSONA SOLICITANTE EN LA QUE SE MANIFIESTAN LOS IMPORTES DE LAS AYUDAS SOLICITADAS PARA LA MISMA ACCIÓN / FINALIDAD TANTO A INSTITUCIONES PÚBLICAS COMO PRIVADAS

Sr./Sra ................................................................

Con DNI ................................................................

DECLARO BAJO JURAMENTO:

- En cuanto a la presente solicitud:

() Que NO he pedido ningún otro apoyo, ayuda o subvención para la realización de las mismas actividades / acciones, para las cuales formulo petición de ayuda.

() Que he pedido las siguientes ayudas o subvenciones que se detallan a continuación:

Entidad subvencionadora: _____________________________________________

Cuantía de la ayuda: ___________________________________________________

Concepto: ____________________________________________________________

Me compromete a comunicar a la Alcaldía / Presidencia del Ayuntamiento de Inca / OA IMAF, inmediatamente después de haber me otorgado, cualquier ayuda pública no descrita en este documento y que le sea otorgada para la ejecución de las actividades para las que ha solicitado la subvención.

Inca,     de             de 2016

(Firma)

ANEXO 8
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO / A EN LAS PROHIBICIONES PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO / A SEÑALADAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES

Sr./Sra ........................................ ........................

Con DNI .......................................... ......................

Con domicilio en ....................................... ................

Núm. de teléfono ......................................... ..............

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

Ante el órgano instructor de la subvención por concurrencia competitiva de la OA IMAF del Ayuntamiento de Inca para el desarrollo de la actividad objeto de la subvención, que no me encuentro incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003).

Inca,     de              de 2016

Nombre y apellidos

(Firma)

ANEXO 9
CERTIFICADO DE EXACTITUD DE LAS FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE LOS GASTOS

(A presentar en el plazo de justificación de la subvención)

Sr./Sra.................................................................

Con DNI ................................................................

Núm. de teléfono .......................................................

CERTIFICO:

Que las facturas, recibos y / o justificantes de gastos que se adjuntan son copias, en su caso, de los respectivos originales y que se generaron como consecuencia de la ejecución de la acción o la finalidad prevista. Los originales se encontrarán disponibles para cualquier control financiero posterior que se estime oportuno.

Inca,     de        de 2016

Nombre y apellidos

(Firma)

ANEXO 10
CUENTA JUSTIFICATIVA DE LA SUBVENCIÓN

Resumen de gastos e ingresos realizados (a presentar en el plazo de justificación de la subvención)

Acción subvencionada .................................................

Sr./Sra ................................................................

Con DNI ...............................................................

PRESUPUESTO DE GASTOS REALIZADOS Y PAGADAS

SOLO GASTOS COMPUTABLES

CUANTÍA EN EUROS

 
 
 

OTROS GASTOS NO COMPUTABLES

CUANTÍA EN EUROS

 
 
 

TOTAL DESPESES EN EUROS

PRESUPUESTO DE INGRESOS OBTENIDOS

PROPIOS

CUANTIA EN EUROS

 
 
 

OTROS INGRESOS

CUANTÍA EN EUROS

SUBVENCIÓN SOLICITADA al IMAF del Ayuntamiento de Inca

Subvenciones de otras administraciones (especificar la Administración, el importe y el estado: a solicitar, pendiente de resolución o concedida)

  
 

TOTAL INGRESOS EN EUROS

Inca,           de              de 2016

Nombre y apellidos

(firma)

ANEXO 11
DECLARACIÓN JURADA DE NO CONTAR CON MÁS INGRESOS QUE LOS computados EN CUENTA JUSTIFICATIVA. (A presentar en el plazo de justificación de la subvención)

Sr./Sra ...............................................................

Con DNI ................................................................ con domicilio en .......................................................

Núm. de teléfono .......................................................

DECLARO BAJO JURAMENTO:

Que con motivo de la subvención por concurrencia competitiva objeto de esta justificación para la acción denominada: ........................... no cuento con más ingresos de los que se computan en la cuenta justificativa.

Inca,     de             de 2016

Nombre y apellidos

(Firma)

ANEXO 12
RELACIÓN CLASIFICADA DE GASTOS REALIZADOS Y PAGADAS. (A presentar en el plazo de justificación de la subvención)

Sr./Sra ................................................................

Con DNI ................................................................

Identificación de los justificantes

Núm. orden

Núm. factura

Fecha

Proveidor

CIF/NIF

Concepto

Importe

Fecha de pago

% imputación al projecto i importe resultante

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

TOTAL

Inca,           de              de 2016

Nombre y apellidos

(Firma)

ANEXO 13
RELACIÓN CLASIFICADA DE INGRESOS. (A presentar en el plazo de justificación de la subvención)

Sr./Sra ........................................ ........................

Con DNI .......................................... ......................

Identificación de los justificantes

Núm. orden

Fecha

Concedente

CIF/NIF

Importe

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

TOTAL

Inca,     de              de 2016

Nombre y apellidos

(firma)

ANNEX 14
MEMORIA DEL PROJECTO  DE LA ACCIÓN. (a presentar en el plazo de justificación de la subvención)

Datos personales del deportista: (nombre, fecha nacimiento, club...)

Denominación de la actuación realizada (prueba, competición):

Modalidad deportiva

Lugar de celebración y fechas:

Duración del desplazamiento: (núm. de días)

Resultado/s obtenido/s

Descripción del desplazamiento

Información económica

Pasajes _______________ €

Medio: ....................... Destino....................................

Fecha y hora de salida .................... Fecha y hora retorno..........

Desplazamientos interiores.............................................. €

Medio: .................................. Destino.........................

Descripción:

Manutención (sin pernoctación) €

- Día 1. Desayuno: ...... € Comida .............. € Cena ...... ....... €

- Día 2. Desayuno: ...... € Comida .............. € Cena ...... ....... €

- Día 3. Desayuno: ...... € Comida .............. € Cena ....... ...... €

- Día 4. Desayuno: ...... € Comida .............. € Cena ....... ...... €

Manutención con pernoctación (alojamiento y comidas).................... €

Nombre del establecimiento / hotel: ............. Categoría...............

Fecha y hora de entrada .....fecha y hora de salida..... Otros destacables