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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSORCIO PARA LA PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSITCA EN SUELO RÚSTICO EN LA ISLA DE MENORCA

Núm. 11325
Aprobación del convenio de adhesión del Ayuntamiento de Ciutadella como miembro del Consorcio

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Texto

Se hace público que la Junta de Gobiernon del Consorcio para la protección de la legalidad urbanística en suelo rústico de la isla de Menorca, en sesión ordinaria de 21 de septiembre de 2016, acordó de aprobar el Conveni de adhesión del Ayuntamiento de Ciutadella como miembro del Consorcio, el cual se firmó en fecha 6 de octubre de 2016, y que dice así: 

Convenio para la adhesión del Ayuntamiento de Ciutadella al Consorcio para la protección de la legalidad urbanística en suelo rústico de la Isla de Menorca.

Ciutadella,  6 de octubre de 2016

En virtud de lo que dispone el artículo 57 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, así como el artículo 110 del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, mediante el cual se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, en relación con el artículo 6 de los Estatutos del Consorcio para la protección de la legalidad urbanística en suelo rústico de la isla de Menorca, y

REUNIDOS

De una parte, la Hble. Sra. Susana Irene Mora Humbert, interviniendo en la representación que ejerce, como presidenta por delegación del Consorcio para la protección de la legalidad urbanística en suelo rústico de la isla de Menorca, de conformidad con lo que dispone el artículo 12.a) de los Estatutos del mismo. 

Y, de otra parte, la Sra. presidenta del Ayuntamiento de Ciutadella, la Sra. Joana Gomila Lluch, interviniendo en la representación que ejerce y de conformidad con las atribuciones derivadas de los artículos 21 de la LRBRL, 24 del RD LEG 781/1986, de 18 de abril, y 41 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre. 

ACUERDAN

ÚNICO.- Formalizar el presente acuerdo de adhesión del Ayuntamiento de Ciutadella al Consorcio para la protección de la legalidad urbanística en suelo rústico de la isla de Menorca, haciendo  constar expresamente de conformidad con lo  que dispone el artículo  6 de los Estatutos del mismo, que, 

1.- La representación del Ayuntamiento de Ciutadella en el Consorcio recaerá en la persona de su Alcalde-Presidente o persona en quien este delegue, siempre que tengan la condición de miembros corporativos electos, de conformidad con lo que dispone el artículo 7 de los Estatutos del Consorcio. 

2.- Respecto al régimen de aportaciones al Consorcio por parte del Ayuntamiento de Ciutadella, este manifiesta su voluntad de adherirse al Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Menorca y las Corporaciones Locales de la isla para la creación del Consorcio para la protección de la legalidad urbanística en suelo rústico de la isla de Menorca de fecha 17/06/2005, en los estrictos terminos dispuestos en el mismo y de conformidad con lo que dispone el artículo  24.2 de los Estatutos del Consorcio.

3.- Respecto a las garantías del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la adquisición de la condición de miembro asociado (artículos 9 de los Estatutos) y a las condiciones esenciales definidoras de la participación del Ayuntamiento de Ciutadella en los órganos de gobierno del Consorcio (artículos 13 a 19 de los Estatutos), ambos requisitos se cumplen, de conformidad con los términos del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Ciutadella reunido en sesión ordinaria de fecha 21/04/2016, i que se acompaña como documentación anexa en este. 

4.- El Ayuntamiento de Ciutadella se compromete a prestar, en el ámbito de sus competencias, la cooperación y asistencia activa requerida por el Consorcio, así como la información completa solicitada por este, para  el cumplimiento de sus funciones. 

5.- Conforme al artículo 9.1.d) de los Estatutos del Consorcio, el Ayuntamiento de Ciutadella recibirá información periódica de todas las actuaciones, asuntos y acuerdos del Consorcio.

6.- En relación a los expedientes en trámite, el Ayuntamiento de Ciutadella continuará con su  tramitación hasta la conclusión de los mismos. Para los expedientes que se tengan que iniciar una vez firmado este convenio, será el Consorcio que se encargará de su tramitación. Igualmente, las denúncias que se registren en este Ayuntamiento, una vez firmado este convenio, serán remitidas  Consorcio para su tramitación. 

7.- El presente Convenio, con todos los efectos que del mismo se derivan, entrará en vigor el día de su firma.

En prueba de conformidad, firmamos este convenio en el lugar y la fecha mencionados.

   

Maó, 6 de octubre de 2016

La presidenta
Susana Irene Mora Humbert