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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 10622
Procedimiento ordinario 946/2013

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Texto

CEDULA DE NOTIFICACIÓ

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA 94/2016

Juicio Ordinario 946/2013

SENTENCIA 94/2016

En Palma de Mallorca, a 5 de septiembre de 2016

Magistrado-Juez: Doña Martina Mora Torrens

Demandante: D. PEDRO CAPO BESTARD

Abogado/a: Don Jaime Saurina Castell

Procurador/a: Don Santiago Baber Cardona

Demandado: HERENCIA YACENTE DE D. ANTONIO BAUZA MAS (en rebeldía)

Abogado/a:

Procurador/a:

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

PARTE DISPOSITIVA

Que DEBO ESTIMAR y ESTIMO íntegramente la demanda formulada por D. Santiago Barber Cardona, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D. PEDRO CAPO BESTARD (sucedido por Dª Carolina Capó Pons) contra la HERENCIA YACENTE DE ANTONIO BAUZÁ MAS, y debo CONDENAR Y CONDENO al demandado a que abone al actor la cantidad de 45.997,43 euros, cantidad que devengará el interés legal desde la interposición de la demanda y los intereses procesales del art. 576 LEC desde la fecha de la sentencia hasta su completo pago, condenando al demandado al pago de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Apelación, en el plazo máximo e improrrogable de VEINTE días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, previa consignación del depósito de 50 euros previsto en la LO 1/09.

Así por ésta, mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo Dª. Martina Mora Torrens, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Palma de Mallorca.

Publicación.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Ilustre Juez que la dictó, constituida en audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy Fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de HERENCIA YACENTE DE D. ANTONIO BAUZA MAS, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En PALMA DE MALLORCA, a siete de septiembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUDICIAL