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AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 11234
Extracto de la aprobación Junta de Gobierno 9 de septiembre de 2016, de la convocatoria de concesión de ayudas para los centros que impartan educación primaria y secundaria que tengan alumnado adherido al programa de reutilización de libros, empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, curso 16-17
BDNS (Identif: 318926)
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b) i 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de las convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas más arriba referidas. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el BOIB núm. 125 de 1 de octubre de 2016.
1. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA
La cuantía máxima de las ayudas que se podrá conceder en esta convocatoria es de 51.400,00 € con cargo a la partida 326 480 18.
2. CONDICIONES GENERALES DE LOS SOLICITANTES
Podrán acogerse a esta convocatoria los centros que impartan educación Primaria y Secundaria que tengan alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que dentro del curso 2016-2017 esté adherido al Programa de reutilización de libros de texto. Los centros que quieran acogerse a esta convocatoria tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener alumnado de Primaria o Secundaria, empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, adherido al Programa de reutilización de libros de texto.
Las ayudas se concederán según la siguiente distribución:
1) Centros de Primaria del municipio de Sant Josep:
Para el curso escolar 2016-2017, dado que en principio no se renuevan los libros de texto de ningún curso, se quiere conceder la mencionada ayuda a los centros de Primaria del municipio en función de los lotes de libros de texto de cualquier curso que hayan tenido que renovar y de los lotes nuevos de libros también de cualquier curso que se hayan tenido que comprar por aumento de ratio, incorporaciones tardías y/o ampliación de grupos.
En el caso de compra de libros por renovación de lotes, se subvencionará con 80,00 € cada lote nuevo comprado y en caso de que la compra de libros se haya llevado a cabo por ampliación de grupos, aumento de ratios o incorporaciones tardías, se dará una ayuda de 80,00 € por alumno empadronado en el municipio y adherido al Programa de reutilización de libros. En el supuesto de que se haya producido una ampliación de grupos o aumento de ratio de determinados grupos en relación con el curso anterior, se hará constar el número de niños empadronados que había el curso 15-16 en el mencionado grupo y los que hay en el actual curso 16-17. La comprobación del empadronamiento la hará de oficio el Ayuntamiento. En el caso de compra de lotes de libros a alumnado de incorporación tardía, los centros tendrán que pasar los datos de los niños de incorporación tardía.
2) Centros de Primaria de fuera del municipio de Sant Josep: 80,00 € por niño empadronado en el municipio de Sant Josep, adherido en el Programa de reutilización de libros del centro, que no haya recibido ayuda por este concepto en ninguna ocasión anterior.
3) Centros de Secundaria del municipio de Sant Josep de sa Talaia: 80,00 € por niño empadronado en el municipio de Sant Josep adherido en el Programa de reutilización del centro que curse 1º o 2º de ESO.
4) Centros de Secundaria de fuera del municipio de Sant Josep: 80,00 € por niño empadronado en el municipio de Sant Josep, adherido en el Programa de reutilización de libros del centro, que no haya recibido ayuda por este concepto en ninguna ocasión anterior.
b) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.
c) No encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. SOLICITUD, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
3.1. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o en las dependencias municipales de Cala de Bou y Sant Jordi o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJ-PAC). En este caso se tendrá que pasar aviso por fax a la Secretaría del Ayuntamiento (fax: 971 80 16 28) antes de acabar el plazo de presentación de solicitudes.
Si el último día del plazo de presentación de solicitudes fuera sábado o festivo, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
3.2. Todos los solicitantes de la subvención tendrán que adjuntar a la solicitud la siguiente documentación (originales o fotocopias compulsadas):
a) Solicitud para participar en el procedimiento de concesión de ayudas por reutilización a centros de fuera el municipio (veáse anexo 1).
b) Identificación del representante del centro que subscribe la solicitud y especificación del carácter con que lo hace, mediante fotocopia compulsada de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.
c) CIF/NIF del centre
d) Declaración del representante legal del centro de no estar inhabilitado para contratar con las administraciones públicas o para obtener la subvención, de estar facultado para actuar en nombre de la entidad y de no concurrir en ninguna de las causas del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones (véase anexo 2).
e) Factura original justificativa de haber abonado los libros de texto. En el caso de centros que no utilicen libros de texto y así lo hagan constar a la instancia, se admitirá la factura justificativa de compra de material didáctico.
En el caso de centros que no puedan acreditar la compra directa de los libros o material didáctico (únicamente en el caso de no utilizar libros de texto) porque implantan el Programa de reutilización en este curso escolar, la dirección del centro tendrá que presentar certificado en que se expliquen los compromisos adquiridos por la dirección del centro en lo que se refiere a sufragar el gasto de compra de libros dentro del curso 16-17 para formar el banco de libros del centro. Se tendrá que adjuntar a este certificado toda la documentación justificativa de que se disponga al respecto (facturas justificativas de adquisición de libros de texto, etc.).
f) Impreso de transferencia bancaria facilitada por el Ayuntamiento debidamente rellenada con los datos bancarios actualizados. En caso de haberlo presentado en otras ocasiones, no será necesario volverlo a presentar (veáse anexo 3)
g) Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local las que se obtengan en el futuro (anexo 4).
En el caso de los centros de Primaria y Secundaria de fuera del municipio y los de Secundaria del municipio de Sant Josep:
h) Certificado del centro escolar que acredite que la lista de los niños que se adjunta al certificado corresponde a alumnado adherido al Programa de reutilización (curso 16-17), empadronado al municipio de Sant Josep de sa Talaia.
i) Lista de los niños, empadronados al municipio de Sant Josep de sa Talaia, adheridos en el Programa de reutilización, en que conste el curso que realiza cada niño, su DNI (en caso de tener) y, si es posible, la fecha de nacimiento. Esta lista se adjunta al certificado
En el caso de los centros de Primaria de del municipio de Sant Josep:
j) Certificado del centro escolar que acredite:
-núm. de lotes de libros renovados.
-núm. de lotes de libros comprados por aumento de ratio en determinados grupos de niños adheridos al Programa de reutilización (en este caso se juntará al certificado la lista de los niños empadronados en el municipio de Sant Josep que componían los mencionados grupos en el curso 15/16 y la actual lista de estos grupos correspondiente al curso 16/17)
-núm. de lotes de libros comprados por incorporaciones tardías (en este caso se adjuntará al certificado la lista de los niños de nueva incorporación).
k) Listas de los niños que se adjuntan al certificado en que se hace constar el curso que realiza cada niño, su DNI (en caso de tener) y, si es posible, la fecha de nacimiento. Esta lista se adjunta al certificado
NOTA. En cualquier momento posterior al otorgamiento de la subvención, el Ayuntamiento de Sant Josep podrá requerir a sus beneficiarios que acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social. En caso de no poderlo acreditar, esto será motivo de revocación de la subvención con la consiguiente obligación del beneficiario de reintegrarla.
3. 3. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOIB.
Sant Josep de sa Talaia, 3 de octubre de 2016
El alcalde
Josep Marí Ribas