Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 11170
Modificación del régimen de dedicación parcial de los miembros de la corporación
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de día 29 de septiembre de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:
1. Tomar conocimiento del cese en el régimen de dedicación parcial del regidor Roger Anthony Andrews por jubilación a partir de día 24 de septiembre de 2016.
2. Establecer, con efectos desde el día siguiente a la fecha de este acuerdo, el siguiente régimen de dedicaciones y retribuciones:
Nombre Cargo Régimen de dedicación Retribución
Antònia Martorell Vanrell Regidora delegada Parcial (25 %) 4.796,04 €
Los importes establecidos anteriormente se corresponden con importes brutos anuales, y se percibirán en 14 pagas. El porcentaje de dedicación se calcula sobre un total de 37,5 horas semanales.
3. Dar de alta en la Seguridad Social a la persona mencionada en el apartado anterior, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales.
Lo que hacemos público para general conocimiento y efectos.
Recursos
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.
b) El recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se considere pertinente. De conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Alaró, 30 de septiembre de 2016
La alcaldesa
Aina Maria Munar Isern