Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE DEIÀ
Núm. 11138
Aprobación definitiva expediente modificación de crédito nº 4/2016: suplemento de crédito a financiar mediante bajas de otras aplicaciones presupuestarias
En cumplimiento del que se dispone por el artículo 169, por remisión del 177.2 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado a alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de fecha 2 de septiembre de 2016, sobre el expediente nº 4/2016 de modificación del presupuesto de gastos por suplemento de crédito financiado mediante bajas de otras aplicaciones presupuestarias, que se hace público con el siguiente detalle:
Las modificaciones que se acuerdan son las siguientes:
Aplicación presupuestaria |
DESCRIPCIÓN |
Consig. Inicial |
Modificación |
Consig. Defin. |
---|---|---|---|---|
0/3321/63200 |
Accesibilidad Biblioteca |
56.023,00 |
13.233,03 |
69.256,03 |
|
Total |
56.023,00 |
13.233,03 |
69.256,03 |
Recursos que tienen que financiarla:
Bajas de otras aplicaciones presupuestarias:
Aplicación presupuestaria |
DESCRIPCIÓN |
Consig. Inicial |
Baja |
Consig. Defin. |
---|---|---|---|---|
0/320/63200 |
Escalera a Escuela |
53.603,00 |
-13.233,03 |
40.369,97 |
|
Total |
53.603,00 |
-13.233,03 |
40.369,97 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud del que se dispone en el artículo 171 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción. Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Deià, 29 de septiembre de 2016.
La Alcaldesa,
Magdalena López Vallespir