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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 11001
Convocatoria de concesión de ayudas Programa de reutilización de libros curso 2016-2017

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de septiembre de 2016 aprobó la siguiente:

“Convocatoria de concesión de ayudas para los centros que impartan educación primaria y secundaria que tengan alumnado adherido al Programa de reutilización de libros, empadronado al municipio de Sant Josep de sa Talaia, curso 16-17

1. JUSTIFICACIÓN

1.1. Por orden de la consejera de Educación y Cultura, de 2 de junio de 2008, publicada en el BOIB 05-06-08, se regula la implantación del Programa de reutilización de libros de texto y material didáctico para la educación primaria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de las Islas Baleares.

1.2. Según el artículo 3.2 c) otras personas o entidades públicas o privadas podrán hacer aportaciones a los fondos de libros de los centros.

1.3. De las aportaciones mencionadas se beneficiará el alumnado adherido al Programa de Reutilización.

1.4. Por orden de la consejera de Educación y Cultura, de 24 de abril de 2009, publicada en el BOIB 29-04-2009, se regula la implantación del programa de reutilización y la creación de un fondo de libros de texto y material didáctico para el alumnado de educación secundaria obligatoria en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de las Islas Baleares.

1.5. Según el artículo 4.1 de la mencionada orden, el programa se podrá implantar a partir del curso 2009-2010 en los cursos de primero, segundo, tercero de educación secundaria obligatoria. El curso 2010-2011 se podrá implantar a cuarto de educación secundaria obligatoria.

1.6. Este Ayuntamiento, desde el curso 08-09, concede ayudas de 80,00 €, por alumno/a empadronado/da y adherido/da al programa de reutilización de libros.

1.7.  El Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, en relación con la reutilización de libros de texto para el curso 2016-2017, ofrece ayudas económicas de 80,00 por niño a los centros que tengan niños empadronados al municipio de Sant Josep de sa Talaia, distribuidas de la siguiente manera:

a)  Centros de Primaria del municipio de Sant Josep

b)  Centros de Primaria de fuera del municipio de Sant Josep

c) Centros de Secundaria del municipio de Sant Josep de sa Talaia

d)  Centros de Secundaria de fuera del municipio de Sant Josep

2. CONVOCATORIA Y OBJETO

2.1. La presente convocatoria se somete a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y a la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, aprobada definitivamente por el Pleno de 25 de febrero de 2010 ( BOIB núm. 87, de 10-06-2010), de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento que desarrolla el anterior.

En caso de haber más solicitudes que ayudas, el importe total se repartirá de forma proporcional entre todos los solicitantes que cumplan los requisitos.

2.2. Esta convocatoria se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y será publicada en el BOIB y en el BDNS.

2.3. El objetivo de esta convocatoria es la concesión de ayudas a los centros que imparten educación primaria y secundaria que tengan alumnado adherido al Programa de reutilización de libros, empadronado al municipio de Sant Josep de sa Talaia, curso 16-17

3. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA

La cuantía máxima de las ayudas que se podrá conceder en esta convocatoria es de 51.400,00 € con cargo a la partida 326 480 18.

4. CONDICIONES GENERALES DE LOS SOLICITANTES

Podrán acogerse a esta convocatoria los centros que impartan educación Primaria y Secundaria que tengan alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que dentro del curso 2016-2017 esté adherido al Programa de reutilización de libros de texto. Los centros que quieran acogerse a esta convocatoria tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

a)  Tener alumnado de Primaria o Secundaria, empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, adherido al Programa de reutilización de libros de texto.

Las ayudas se concederán según la siguiente distribución:

1) Centros de Primaria del municipio de Sant Josep:

Para el curso escolar 2016-2017, dado que en principio no se renuevan los libros de texto de ningún curso, se quiere conceder la mencionada ayuda a los centros de Primaria del municipio en función de los lotes de libros de texto de cualquier curso que hayan tenido que renovar y de los lotes nuevos de libros también de cualquier curso que se hayan tenido que comprar por aumento de ratio, incorporaciones tardías y/o ampliación de grupos.

En el caso de compra de libros por renovación de lotes, se subvencionará con 80,00 € cada lote nuevo comprado y en caso de que la compra de libros se haya llevado a cabo por ampliación de grupos, aumento de ratios o incorporaciones tardías, se dará una ayuda de 80,00 € por alumno empadronado en el municipio y adherido al Programa de reutilización de libros. En el supuesto de que se haya producido una ampliación de grupos o aumento de ratio de determinados grupos en relación con el curso anterior, se hará constar el número de niños empadronados que había el curso 15-16 en el mencionado grupo y los que hay en el actual curso 16-17. La comprobación del empadronamiento la hará de oficio el Ayuntamiento. En el caso de compra de lotes de libros a alumnado de incorporación tardía, los centros tendrán que pasar los datos de los niños de incorporación tardía.

2)  Centros de Primaria de fuera del municipio de Sant Josep: 80,00 € por niño empadronado en el municipio de Sant Josep, adherido en el Programa de reutilización de libros del centro, que no haya recibido ayuda por este concepto en ninguna ocasión anterior.

3)  Centros de Secundaria del municipio de Sant Josep de sa Talaia: 80,00 € por niño empadronado en el municipio de Sant Josep adherido en el Programa de reutilización del centro que curse 1º o 2º de ESO.

4)  Centros de Secundaria de fuera del municipio de Sant Josep: 80,00 € por niño empadronado en el municipio de Sant Josep, adherido en el Programa de reutilización de libros del centro, que no haya recibido ayuda por este concepto en ninguna ocasión anterior.

b) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.

c) No encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

5. RÉGIMEN DE LAS AYUDAS

5.1. La concesión de la subvención se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia competitiva.

5.2. Se establece como único medio de notificación de todos los actos de trámite del presente procedimiento, el tablón de anuncios del Ayuntamiento y de las oficinas municipales de Sant Jordi y Cala de Bou y la página web del Ayuntamiento (www.santjosep.org).

5.3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas estas por la Comisión de Evaluación, se expondrá, según se establece en la base 5.2, la lista provisional de admitidos para participar en el procedimiento así como las solicitudes que tengan algún defecto o tengan que ser enmendadas.

Si la solicitud y/o documentación presentada tiene algún defecto, carece de alguna documentación o se quieren hacer alegaciones, la entidad interesada dispondrá de un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista provisional, para hacer las enmiendas que correspondan. Transcurrido este plazo sin haber efectuado las enmiendas o haber adjuntado la documentación requerida, se considerará desestimada su petición, de acuerdo con lo que dispone el artículo 71.1 de la LRJ-PAC.

Una vez pasado el plazo para la enmienda de documentación o presentación de alegaciones y una vez resueltas estas, la Comisión de Evaluación publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos para participar en el procedimiento.

5.4. Sólo podrán obtener subvención aquellos centros que, reuniendo los requisitos exigidos, cumplan las condiciones señaladas en la base 4.

5.5. Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas efectuadas por cualquier otra administración pública o institución privada, si bien el total de las ayudas no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada.  

5.6. En caso de que el total de ayudas que se tengan que conceder supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas, sin perjuicio de lo establecido al artículo 34 del reglamento que desarrolla la Ley 38/2003 de subvenciones.

6. SOLICITUD, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN

6.1. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o en las dependencias municipales de Cala de Bou y Sant Jordi o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJ-PAC). En este caso se tendrá que pasar aviso por fax a la Secretaría del Ayuntamiento (fax: 971 80 16 28) antes de acabar el plazo de presentación de solicitudes.

Si el último día del plazo de presentación de solicitudes fuera sábado o festivo, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.

6.2. Todos los solicitantes de la subvención tendrán que adjuntar a la solicitud la siguiente documentación (originales o fotocopias compulsadas):

a) Solicitud para participar en el procedimiento de concesión de ayudas por reutilización a centros de fuera el municipio (veáse anexo 1).

b) Identificación del representante del centro que subscribe la solicitud y especificación del carácter con que lo hace, mediante fotocopia compulsada de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.

c) CIF/NIF del centre

d) Declaración del representante legal del centro de no estar inhabilitado para contratar con las administraciones públicas o para obtener la subvención, de estar facultado para actuar en nombre de la entidad y de no concurrir en ninguna de las causas del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones (véase anexo 2).

e) Factura original justificativa de haber abonado los libros de texto. En el caso de centros que no utilicen libros de texto y así lo hagan constar a la instancia, se admitirá la factura justificativa de compra de material didáctico.

En el caso de centros que no puedan acreditar la compra directa de los libros o material didáctico (únicamente en el caso de no utilizar libros de texto) porque implantan el Programa de reutilización en este curso escolar, la dirección del centro tendrá que presentar certificado en que se expliquen los compromisos adquiridos por la dirección del centro en lo que se refiere a sufragar el gasto de compra de libros dentro del curso 16-17 para formar el banco de libros del centro. Se tendrá que adjuntar a este certificado toda la documentación justificativa de que se disponga al respecto (facturas justificativas de adquisición de libros de texto, etc.).

f) Impreso de transferencia bancaria facilitada por el Ayuntamiento debidamente rellenada con los datos bancarios actualizados. En caso de haberlo presentado en otras ocasiones, no será necesario volverlo a presentar (veáse anexo 3)

g) Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local las que se obtengan en el futuro (anexo 4).

En el caso de los centros de Primaria y Secundaria de fuera del municipio y los de Secundaria del municipio de Sant Josep:

h) Certificado del centro escolar que acredite que la lista de los niños que se adjunta al certificado corresponde a alumnado adherido al  Programa de reutilización (curso 16-17), empadronado al municipio de Sant Josep de sa Talaia.

i) Lista de los niños, empadronados al municipio de Sant Josep de sa Talaia, adheridos en el Programa de reutilización, en que conste el curso que realiza cada niño, su DNI (en caso de tener) y, si es posible, la fecha de nacimiento. Esta lista se adjunta al certificado

En el caso de los centros de Primaria de del municipio de Sant Josep:

j) Certificado del centro escolar que acredite:

-núm. de lotes de libros renovados.

-núm. de lotes de libros comprados por aumento de ratio en determinados grupos de niños adheridos al Programa de reutilización (en este caso se juntará al certificado la lista de los niños empadronados en el municipio de Sant Josep que componían los mencionados grupos en el curso 15/16 y la actual lista de estos grupos correspondiente al curso 16/17)

-núm. de lotes de libros comprados por incorporaciones tardías (en este caso se adjuntará al certificado la lista de los niños de nueva incorporación).

k) Listas de los niños que se adjuntan al certificado en que se hace constar el curso que realiza cada niño, su DNI (en caso de tener) y, si es posible, la fecha de nacimiento. Esta lista se adjunta al certificado

NOTA. En cualquier momento posterior al otorgamiento de la subvención, el Ayuntamiento de Sant Josep podrá requerir a sus beneficiarios que acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social. En caso de no poderlo acreditar, esto será motivo de revocación de la subvención con la consiguiente obligación del beneficiario de reintegrarla.

6. 3. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOIB.

7. COMISIÓN DE EVALUACIÓN

7.1. La comisión de evaluación realizará la valoración técnica de las solicitudes.

Esta comisión es el órgano colegiado que elaborará la propuesta de resolución de concesión, la cual, a través del órgano instructor, se elevará al órgano resolutorio para las oportunas concesiones de subvenciones.

7.2. Estará formada por los siguientes miembros:

Presidencia: la concejala de Gobernación o persona en quien delegue.

Vocales:

- la concejala de Cultura o persona en quien delegue.

- uno/a técnico/a de la Concejalía de Educación.

- uno/a personal administrativo del Departamento de Educación y Cultura.

- Secretario/aria: la de la corporación o persona en quien delegue.

7.3. La comisión de evaluación tiene atribuidas las siguientes funciones:

a) Examinar las solicitudes y la documentación presentada y comprobar los datos en virtud de las cuales se tendrá que adoptar la resolución.

b) Analizar y valorar las solicitudes de acuerdo con lo establecido en las bases 4 y 6.

c) Requerir a los solicitantes la corrección o mejora de sus solicitudes.

d) Formular el informe de evaluación y elevarlo al órgano instructor.

e) Resolver cualquier duda que se presente en la interpretación y aplicación de esta convocatoria.

8. INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN

8.1. El órgano instructor del procedimiento será la regidora de Educación, que tiene atribuidas las funciones establecidas al artículo 24 de la Ley general de subvenciones.

El órgano instructor, a la vista del expediente y el informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional concediendo un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la propuesta, para que los interesados puedan presentar alegaciones, en su caso.

Finalizado este plazo y examinadas las alegaciones que, en su caso, hubieran presentado los interesados, el órgano instructor, con el informe previo de la Comisión de Evaluación, formulará la propuesta de resolución definitiva que dirigirá al órgano competente para resolver, que dictará resolución definitiva con la lista de solicitantes a los cuales se haya concedido la ayuda, la cual se notificará en conformidad con el expuesto a la base 5.2.

8.2. El órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones es el alcalde de Sant Josep de sa Talaia, sin perjuicio que pueda ser asistido por la Junta de Gobierno Local, según las atribuciones que le confiere el artículo 23.2a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y en relación con el artículo 10.4 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

El órgano competente para resolver, a propuesta del instructor, resolverá el procedimiento de concesión de las ayudas económicas según el artículo 89 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para presentación de las solicitudes a que se refiere esta convocatoria.

La resolución será pública en conformidad con el que prevé el artículo 18.2 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

9. RÉGIMEN DE RECURSOS

Contra la resolución que recaiga en este procedimiento, la cual pondrá fin a la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

- El recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictará la resolución, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

- O, directamente, el recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación del acuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Sant Josep de sa Talaia, 12 de septiembre de 2016

 

El alcalde

Josep Marí Ribas

 

ANEXO 1

SOLICITUD DE AYUDAS PARA LOS CENTROS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA CON ALUMNADO, EMPADRONADO EN EL MUNICIPIO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA, ADHERIDO AL  PROGRAMA DE REUTILIZACIÓN DE LIBROS, CURSO 16-17.

Centro:..................................................... con CIF/NIF:................... representado por:................................................... DNI:.........................................,

cargo:..........................................................., dirección a efecto de notificaciones:......................................, código postal:.........., teléfono:.....................,

fax:............................., correo electrónico: ........................................................

EXPONGO:

1. Que me he enterado de la convocatoria pública del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia de concesión de ayudas para los centros de primaria y secundaria con alumnado adherido al Programa de reutilización de libros, empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, curso 16-17.

2. Que la ayuda que solicito es para el siguiente tipo de centro (marque la opción que corresponda):

(   ) Centros de Primaria del municipio de Sant Josep

(   ) Centros de Primaria de fuera del municipio de Sant Josep

(   ) Centros de Secundaria del municipio de Sant Josep

(   ) Centros de Secundaria de fuera del municipio de Sant Josep

3. Que me comprometo a cumplir las condiciones de la mencionada subvención, de acuerdo con lo que se prevé en las bases,

SOLICITO:

Una ayuda económica por la cantidad d............................................euros, en concepto de ayudas para los centros de primaria y secundaria por niños adheridos al Programa de reutilización de libros, empadronados en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, curso 16-17.

Así mismo, adjunto:

Documentación que tienen que aportar todos los centros:

(   ) Identificación del representante del centro que subscribe la solicitud y especificación del carácter con que lo hace, mediante fotocopia compulsada de su DNI, NIF u otro documento acreditativo

(   ) CIF/NIF del centro

(   ) Declaración del representante legal del centro de no estar inhabilitado para contratar con las administraciones públicas o para obtener la subvención, de estar facultado para actuar en nombre de la entidad y de no concurrir ninguna de las causas del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones (anexo 2).

(   ) Factura original justificativa de haber abonado los libros de texto. En el caso de centros que no utilicen libros de texto y así lo hagan constar a la instancia, se admitirá la factura justificativa de compra de material didáctico.

En el caso de centros que no puedan acreditar la compra directa de los libros o material didáctico (únicamente en el caso de no utilizar libros de texto) porque implantan el Programa de reutilización en este curso escolar, la dirección del centro tendrá que presentar certificado en que se expliquen los compromisos adquiridos por la dirección del centro en lo que se refiere a sufragar el gasto de compra de libros dentro del curso 16-17 para formar el banco de libros del centro. Se tendrá que adjuntar a este certificado toda la documentación justificativa de que se disponga al respecto (facturas justificativas de adquisición de libros de texto, etc.).

(   ) Impreso de transferencia bancaria facilitada por el Ayuntamiento debidamente rellenado con los datos bancarios actualizados. En caso de haberlo presentado en otras ocasiones, no será necesario volverlo a presentar (anexo 3)

(   ) Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local las que se obtengan en el futuro (anexo 4).

Documentación que tienen que aportar los centros de Primaria y Secundaria de fuera del municipio y los de Secundaria del municipio de Sant Josep:

 (   ) Certificado del centro escolar que acredite que la lista de los niños que se adjunta al certificado corresponde a alumnado adherido en el Programa de reutilización (curso 16-17), empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia.

 (   ) Lista de los niños, empadronados en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, adheridos al Programa de reutilización, en que conste el curso que realiza cada niño, su DNI (en caso de tener) y, si es posible, la fecha de nacimiento. Esta lista se adjunta al certificado

Documentación que tienen que aportar los centros de Primaria del municipio de Sant Josep:

(   ) Certificado del centro escolar que acredite:

- núm. de lotes de libros renovados.

- núm. de lotes de libros comprados por aumento de ratio en determinados grupos de niños adheridos al Programa de reutilización (en este caso se adjuntará al certificado la lista de los niños empadronados en el municipio de Sant Josep que componían los mencionados grupos en el curso 15/16 y la actual lista de estos grupos correspondiente al curso 15/17).

-núm. de lotes de libros comprados por incorporaciones tardías (en este caso se adjuntará al certificado la lista de los niños de nueva incorporación).

(   ) Listas de los niños que se adjuntan al certificado en que se hace constar el curso que realiza cada niño, su DNI (en caso de tener) y, si es posible, la fecha de nacimiento. Esta lista se adjunta al certificado.

Y para que así conste, firmo la presente solicitud.

Sant Josep de sa Talaia, ....de...................de 2016

(firma)

ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

 

ANEXO 2

DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL CENTRO PARA LA SOLICITUD DE AYUDAS PARA LOS CENTROS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA POR ALUMNADO ADHERIDO AL PROGRAMA DE REUTILIZACIÓN DE LIBROS, EMPADRONADO EN EL MUNICIPIO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA, CURSO 16-17.

NOMBRE Y APELLIDOS _______________________

DNI núm. ____________________

CARGO DENTRO DEL CENTRO ____________________

DECLARO:

Que el centro que represento no está inhabilitado para contratar con las administraciones públicas ni tampoco para obtener subvenciones.

Que estoy autorizado para realizar solicitudes y tramitar subvenciones.

Que no concurre ninguna de las causas del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

Y para que así conste, firmo la presente declaración.

Sant Josep de sa Talaia, de  de 2016

(firma)

 ANEXO 3 (ver al final del documento)

 

ANEXO 4

Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local, las que se obtengan en el futuro.

Yo...................................................................................................con DNI nº..........................................................................en representación de la entidad................................................................................. con NIF nº ........................................................,

DECLARO:

1.   (   ) que hasta la fecha NO he obtenido subvención de otra entidad para la misma finalidad y que, en caso de recibir alguna en el futuro, me comprometo a comunicarlo a este Ayuntamiento.

2.   (   ) que se está previsto que reciba o he recibido las siguientes ayudas para la misma finalidad de otras entidades:

Entidad

Ayudas por niño concedidas o que se concederán

Observaciones

        
           
           

  (   ) que el total de las ayudas percibidas o pendientes de percibir no superarán el coste total de la actividad subvencionable.

   (   ) que en caso de recibir alguna ayuda más en el futuro, me comprometo a comunicarlo a este Ayuntamiento.

Sant Josep de sa Talaia, de  de  2016

(firma)

Documentos adjuntos