Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10838
Ejecución provisional 184/2016
D/Dª AMAGOYA CASTRO CERQUEIRO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION PROVISIONAL 0000184 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE MARIA MORENO FLORES contra la empresa MAGALLUF OCIO SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/SRA D/Dª. AMAGOYA CASTRO CERQUEIRO
En PALMA DE MALLORCA, a veinte de septiembre de dos mil dieciséis.
Por devuelto el anterior sobre con acuse de recibo negativo, con la indicación “desconocido”, que tenía por objeto citar al ejecutado para la comparecencia señalada para el próximo día 27/09/16 a las 09:15 horas, se une a los autos de su razón y acuerdo:
Se suspende la comparecencia señalada para el día 27/09/16 y se señala nuevamente para el 08/11/2016 a las 09:15 horas para la celebración de la misma, prevista en el art. 296 de la L.P.L. para que resuelva la cuestión debiendo comparecer con todos los medios de prueba que estimen necesarios.
Cítese a la parte ejecutada a través de edictos.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a MAGALLUF OCIO SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Islas Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veinte de septiembre de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA