Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10930
Corrección de erratas en el edicto 9226 (BOIB 102 de fecha 11-08-2016) en relación al
“Judici de Faltes número 14/2016”
Versión PDF
En el núm.102, de 11 de agosto de 2016, se ha detectado una errata en la publicación del Boletín Oficial de las Illes Balears del “Judici de Faltes número 14/2016”, consistente el destinatario de la citación en ambas versiones, catalana y castellana.
Per ello, de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, debe enmendarse el error por lo que se publican las siguientes correcciones:
En la versión catalana del edicto 9226, donde dice:
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a JUAN RODRIGUEZ GARCIA la SENTENCIA de 16.06.2016, con número 162/2016, bajo apercibimiento legalmente establecido.
Debe decir:
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a VANESA CRUZ PADILLA la SENTENCIA de 16.06.2016, con número 162/2016, bajo apercibimiento legalmente establecido.
En la versión castellana del edicto 9226, donde dice:
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a JUAN RODRIGUEZ GARCIA la SENTENCIA de 16.06.2016, con número 162/2016, bajo apercibimiento legalmente establecido.
Debe decir:
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a VANESA CRUZ PADILLA la SENTENCIA de 16.06.2016, con número 162/2016, bajo apercibimiento legalmente establecido.
Palma, 21 de septiembre de 2016
La Secretaria General
Teresa Suárez Genovard