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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CONSELL

Núm. 10915
Notificación paralización obras polígono 3 parcela 307

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Alcalde-Presidente en fecha 28 de junio de 2016 emitió el Decreto núm. 66, intentada sin efecto la notificación al titular del inmueble y de acuerdo con el que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como en los tablón de anuncios del municipio de su residencia:

“Visto el informe de la Policía Local de Consell, de fecha 30 de octubre de 2015, en el que se da cuenta de que estando de vigilancia detectan en la parcela 307 del polígono 3, del término municipal de Consell, la realización de actuaciones urbanísticas consistentes en “colocación de caseta de madera prefabricada y construcción de un porche de obra ante la misma” para las que carecería de la correspondiente licencia municipal de obras.

Atendido el contenido del informe técnico del arquitecto técnico municipal de 28 de junio de 2016, elaborado después de la visita de las obras, en el que describe como obras realizadas sin licencia y, por lo tanto, como supuesta infracción urbanística las siguientes: “ampliación de un almacén en unos 20 m², construcción de un soportal anejo de unos 25 m² y colocación de caseta de madera prefabricada de unos 30 m²”.

Según se constata en los archivos del Ayuntamiento, para las obras que se han ejecutado se carece de la preceptiva licencia municipal. El propietario de la parcela y promotor de las actuaciones descritas es el Sr. Manuel Granado Lara, con DNI 43.005.332-R.

Dado que dichas actuaciones se han realizado sin licencia y que no se ha presentado el correspondiente proyecto para regularizarlas, de acuerdo con el que dispone el arte. 151 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo.

 

HE RESUELTO:

PRIMERO. Incoar expediente para la adopción de medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística, respecto de las actuaciones que se han realizado sin la oportuna licencia municipal de obras contra el Sr. MANUEL GRANADO LARA, con DNI 43.005.332-R, como responsable de la ejecución de obras consistentes en ‘ampliación de un almacén en unos 20 m², construcción de un soportal anejo de unos 25 m² y colocación de caseta de madera prefabricada de unos 30 m²’, conforme a lo que disponen los artículos 150 y siguientes de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo.

SEGUNDO. Requerir al interesado que presente la correspondiente solicitud de licencia de obras en el plazo de dos meses desde la notificación de la presente resolución, advirtiéndolo que si no presenta la solicitud de licencia, se formulará propuesta de reposición de la realidad física alterada a los efectos de restablecer el orden jurídico perturbado.

TERCERO. Designar como instructor y secretaria del expediente al Sr. Joan Llompart Forteza y a la Sra. Francisca Lourdes Company Vidal respectivamente, que podrán ser recusados en los términos previstos en el arte. 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común.

QUART. Notificar al Registro de la Propiedad la incoación del procedimiento de restauración de la legalidad, para su publicidad y práctica de las anotaciones que correspondan.

QUINTO.- Dar cuenta de este Decreto a la Junta de Gobierno Local, órgano encargado de adoptar la correspondiente resolución. De acuerdo con lo que establece el artículo 151.5 de la Ley 2/2014, de Ordenación y Uso del Suelo, el plazo máximo para la notificación de la resolución es de un año a contar desde la fecha de este Decreto. El periodo de 2 meses previsto para instar la legalización y el tiempo de su tramitación suspenden el plazo de caducidad del procedimiento de restablecimiento.

SEXTO. Indicar el derecho que tienen aquellos que se consideren responsables, para formular a alegaciones y a la audiencia en el procedimiento en el plazo de 15 días, conforme con el que prevé el artículo 418. h) del Reglamento general de la Ley 2/2014, de Ordenación y Uso del sol para la isla de Mallorca.”

Lo cual se os notifica por vuestro conocimiento y efectos oportunos.

      

Consell, 19 de septiembre de 2016

         

Secretario-Interventor

Antoni Sastre Oliver