Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE CONSELL
Núm. 10814
Notificación bajas de oficio por inscripción indebida en el padrón municipal de habitantes
En base a la resolución de 9 de abril de 1997, de la Subsecretaria del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 1 de abril de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan las instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón municipal, se notifica que el Ayuntamiento dará de baja de oficio por inscripción indebida del padrón municipal de habitantes por incumplir los requisitos establecidos al art. 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las entidades Locales, las siguientes personas:
Apellidos - Nombre |
documento |
Fecha de nacimiento |
---|---|---|
Bujosa Garcias - Andres |
43061804B |
19/07/2016 |
Cass - Ellie Marta |
|
28/09/2003 |
Cass - William James |
|
12/12/2007 |
Diaz de Castro - Yunaid |
76421478E |
24/04/1987 |
Ibe - Christian Ikechukwu |
X08383632V |
15/03/1977 |
Ifediora - Sunday Ifesenachi |
Y01809747Y |
18/09/1976 |
Lopez Rejon - Esteban |
44295437J |
02/06/1976 |
Micu - Viorica-Mario |
AR643049 |
16/10/1967 |
Orellana El Arabi - Mohamed Bachir |
76441219Y |
05/11/1987 |
Perez Cabrera - Ismael |
76420156B |
13/11/1984 |
Webb - Jodie Anne |
X01953677B |
23/05/1977 |
Se concede un plazo de quince días desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Una vez transcurrido el mencionado plazo sin que se haya utilizado el derecho para presentar alegaciones o aportar pruebas, de acuerdo con el artículo 72 del vigente “Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades locales” se enviará el expediente al “Consejo de Empadronamiento”, para que emita de oportuno informe.
Lo que se anuncia en aplicación del previsto al arte. 59 de la LRJAP y PEC, atendida la imposibilidad de noticiarlo a los interesados para su conocimiento y efectos correspondientes.
Consell, a 19 de septiembre de 2016
El Alcalde
Andreu Isern Pol