Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 10765
Acuerdo del conselll executiu del Consell Insular d'Eivissa para la aprobación de la concesión a l'Associació d'Artesans Professionals d'Eivissa de una subvención para la organización de la Fira Plaça d'Art, para el año 2016
Acuerdo del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa de aprobación de la concesión a la Asociación de Artesanos Profesionales de Eivissa de una subvención para la organización de la feria Plaça d'Art 2016
En la reunión ordinaria de fecha 9 de septiembre de 2016 del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, sus miembros acordaron aprobar por unanimidad, previa declaración de urgencia, la siguiente propuesta:
"(...)
9. Propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones Institucionales en relación con la concesión a la Asociación de Artesanos Profesionales de Eivissa de una subvención para la organización de la Feria de la Plaça d'Art 2016 (exp. nº IND 008)
Habiéndose presentado la siguiente propuesta, previa declaración de urgencia:
"En fecha 31 de mayo se dispuso la incoación de expediente para la concesión de la Asociación de Artesanos Profesionales de Eivissa de una subvención para la organización de la feria Plaça d'Art 2016 por un importe de 21.000,-€.
Esta subvención está contemplada en la modificación efectuada al Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular de Eivissa para el año 2016, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) nº 82, de fecha 28 de junio de 2016.
Visto que el Decreto de Presidencia número 285, de 6 de julio de 2015, publicado en el BOIB número 103 de 10 de julio de 2015, atribuye al Departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones institucionales la gestión de las competencias propias de los consejos insulares en relación con la materia de artesanía. La competencia en materia de artesanía fue atribuida de manera efectiva, al Consell Insular d'Eivissa mediante la Ley 8/99, de 12 de abril, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca, Eivissa y Formentera (BOCAIB nº 51 de 24/04/1999).
Visto el informe propuesta de la jefa de la Sección de Industria de fecha 29 de agosto de 2016, con el visto bueno del secretario técnico de Economía, Hacienda, Industria y Comercio de otorgamiento de la subvención directa a la Asociación de Artesanos Profesionales de Eivissa por un importe de 20.488,26 €
Visto que según el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de fecha 8 de julio de 2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Ibiza, por un importe total de la convocatoria (20.488,26 €) es competencia del Consell Executiu, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:
PRIMERO.- Conceder la subvención directa de veinte mil cuatrocientos ochenta y ocho con veintiséis euros (20.488, 26 €) a la Asociación de Artesanos Profesionales de Eivissa para la organización de la Plaça d'Art.
SEGUNDO.- La aprobación de los gastos por importe de veinte mil cuatro cientos ochenta y ocho con veintiséis euros (20.488,26 €) con cargo a la partida presupuestaria 4330.48901 del ejercicio 2016.
TERCERO.- Publicar la concesión de la subvención a la Asociación de Artesanos Profesionales de Eivissa para la organización de la Plaça d'Art en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
CUARTO.- La asociación deberá justificar el total de los gastos indicados en la documentación presentada por el importe total de 38.588, 26 € IVA incluido, a partir de la notificación de la subvención concurrente y como fecha límite el 15 de octubre de 2016 incluido.
Se considerará gasto realizado aquel que ha sido debidamente pagado en el periodo subvencionable (entre el día 1 de abril de 2016 hasta la fecha límite de presentación de los gastos al Consell Insular d'Eivissa). Por este motivo, se deberá acreditar el pago de las facturas por los siguientes medios:
- En el caso que el pago se haga por trasferencia bancaria, se acompañará documentación acreditativa de la transferencia bancaria.
- En el caso que el pago se haga en efectivo, deberá de constar en la factura que se ha pagado al contado con la firma y el sello del proveedor.
En lo que hace referencia a los ingresos, y en el mismo plazo que en el caso de los gastos, se deberá presentar liquidación de los ingresos obtenidos en la realización de la actividad, indicando importe, procedencia y aplicación.
La justificación insuficiente de la subvención, comportará la reducción proporcional de la parte no ejecutada del presupuesto de gastos presentado por la Asociación y la no justificación de la subvención conllevara la revocación de la concesión.
QUINTO.- La Asociación deberá justificar, a partir de la notificación de la subvención concurrente y como fecha límite el 15 de octubre de 2016 incluido, que la ayuda del Consell Insular de Eivissa a la presente actividad subvencionada ha sido debidamente publicitada.
SEXTO.- Visto que el balance de gastos e ingresos presentado por la Asociación de Artesanos Profesionales de Eivissa, figura prevista la percepción de una cuantía económica proveniente del Ayuntamiento d'Eivissa, la Asociación deberá comunicar al citado ayuntamiento que ha sido beneficiaria de la presente subvención por parte del Consell Insular de Eivissa.
Así mismo, la Asociación deberá dar traslado a este Consell Insular del documento que acredite la subvención del ayuntamiento en el plazo máximo de 15 días desde su concesión, así como de cualquier otra administración o entidad privada del que se reciba financiamiento.
SEPTIMO.- La asociación también queda sometida a las obligaciones que se deriven del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones, y para Ley Estatal 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/20016, de 21 de julio, en todo aquello que le sea de aplicación.
El incumplimiento de las obligaciones que contrae la entidad beneficiaria puede dar lugar al régimen sancionador previsto en la Ley."
Eivissa, 21 de septiembre de 2016
El secretario técnico de Economia, Hacienda, Industria y Comercio
Sergio Sora Pascual