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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 10749
Anulación pago fraccionado Tasa de Grúa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia de los expedientes tramitados en el Departamento de Tesorería y viendo que no ha sido posible realizar la notificación administrativa de la resolución a las personas interesadas por causas no imputables a la  Administración, y después de haber intentado realizar las siguientes notificaciones:

- En la,  c/ Passatge Sta Catalina de Siena, 4 planta ET, puerta IZ (dos veces), a nombre de Gen Oli Balear Sl.  Exp. 08/16.

Y, de acuerdo con lo que dispone el artículo 59-4 de la ley 30/92 sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento  Administrativo Común, modificada per la Ley 4/1999 de 13 de enero, por el  presente edicto se notifican los siguientes Trámites de Audiencia, que dicen lo siguiente:

NEGOCIAT: DEPARTAMENT DE TRESORERIA

NÚM. 08/16

ASUNTO: ANULACIÓN PAGO FRACCIONADO.

ANULACIÓN PAGO FRACCIONADO, A NOMBRE DE GEN OLI BALEAR SL, LIQUIDACIÓN 885780, CORRESPONDIENTE A LA TASA DE GRUA EXP. 83/15.

DECRETO DE ALCALDÍA

Marratxí, 08 de agosto de 2016

Visto que en fecha 02 de marzo de 2016 se concedió el pago fraccionado de la liquidación 885780 correspondiente a la Tasa de Grúa, exp. 83/15, por un importe de 2.195,78 euros.

Al incumplir el interesado de forma reiterada con los plazos establecidos de pago de fraccionado.

Una vez publicado en el B.O.I.B. núm. 90 de fecha 16/07/2016 el trámite de audiencia donde queda constancia que en el caso de no cumplir con el mismo el pago fraccionado quedará anulado y su cobro pasará a cargo de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

En vista que a fecha de hoy no se ha procedido a cumplir con el requerimiento.

Esta Tesorería Municipal propone anular el pago fraccionado concedido en fecha 02 de marzo de 2016.

Consecuentemente, esta Alcaldía haciendo uso de las atribuciones que le otorga la normativa vigente, dicta la siguiente

R E S O L U C I Ó N

1.- Anular el pago fraccionado aprobado a nombre de Gen Oli Balear SL.

2.- Reponer el importe pendiente por parte del pago fraccionado, 2.195,78 euros, al cargo 7/2016 correspondiente a Tasa de Grúa.

3.- Notificarlo al departamento de Intervención y al interesado, a los efectos oportunos.

De conformidad con lo que se dispone en el artículo 89.3, de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:

Contra este Decreto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer el preceptivo recurso de reposición que establece el artículo 108 de la Ley Reguladora de les Bases de Régimen Local núm. 7/1985, de 2 de abril (texto modificado per la Ley 57/03 de medidas para la modernización del gobierno local, de 16 de diciembre), en relación al artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de les Haciendas Locales aprobada por RDL 2/2004, de 5 de marzo, ante el Sr. Alcalde, en el término de UN MES contando a partir del siguiente día al de la recepción del presente escrito.

El citado recurso se entenderá desestimado transcurrido otro mes sin que se notifique la resolución.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, que pone fin a la vía, podrán interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativa de Palma de Mallorca, en el término de DOS MESES, contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si fuese expreso. Si no lo fuera, el término será de SEIS MESOS contados a partir del día siguiente a aquel en que el citado recurso de reposición se entenderá desestimado de forma presunta.

No obstante podrán utilizar cualquier otro recurso si lo estiman oportuno.

Lo manda y firma, per delegación del señor Alcalde Joan Francesc Canyelles Garau, el regidor delegado de Economía y Hacienda.- Doy fe.”

   

Marratxí, a 30 de agosto de 2016

El Alcalde,
Joan Francesc Canyelles Garau