Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 23 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10203
Juicio verbal 991/2015 sobre otras materias
D./Dª. JAIME MORRO CANAVES, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 23 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento seguido a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE SANTA MARGARITA 3 DE PALMA frente a JON MONTOYA GOITANDIA, MARIA ANTONIA RIGO LLOMPART se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA
En Palma de Mallorca, a veintinueve de julio de dos mil dieciséis.
Vistos por Dª. SONIA I. VIDAL FERRER, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 23 de los de esta Ciudad, los presentes autos nº 991/15 de Juicio Verbal en reclamación de cantidad derivada de propiedad horizontal seguidos en este Juzgado a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS c/SANTA MARGARITA, nº 3 Palma representada por el Procurador JOSÉ ANTONIO CABOT y asistido por la Letrado Mª. FRANCISCA MOREY contra JON MONTOYA GOITANDIA y MARÍA ANTONIA RIGO LLOMPART en rebeldía.
FALLO
SE ESTIMA ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador JOSÉ ANTONIO CABOT en nombre y representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS c/SANTA MARGARITA, nº3 de Palma contra JON MONTOYA GOITANDIA y MARÍA ANTONIA RIGO LLOMPART y se CONDENA solidariamente a la demandada al pago de 1.640’10€, más los intereses legales desde la interposición de la demanda y al pago de las costas procesales.
Contra la presente no se podrá interponer recurso de apelación.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio en autos, para unir el original al Libro de Sentencias del Juzgado, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado.- SONIA I. VIDAL FERRER- rubricado.
Y encontrándose dicho demandado, JON MONTOYA GOITANDIA, MARIA ANTONIA RIGO LLOMPART, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a veintinueve de julio de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,