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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 10204
Procedimiento ordinario 699/2014 sobre otras materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA: 00084/2016

Procedimiento: Juicio Ordinario 699/2014

En Palma de Mallorca, a 21 de julio de 2016

Magistrado-Juez: Doña Martina Mora Torrens

 

Demandante: D. ANDREAS HORNING

Abogado/a: Doña Karin Heep

Procurador/a: Don José Antonio Cabot Llambías

 

Demandados: MARINA DE GOTMAR S.L. (en rebeldía) “BANKIA S.A.”

Abogado/a: Don Juan Riutort Pané

Procurador/a: Don Francisco Arbona Casasnovas

Objeto del juicio: Reclamación de nulidad, anulabilidad o resolución de contrato de compraventa de inmueble con subrogación en préstamo hipotecario.

PARTE DISPOSITIVA

Que DEBO DESESTIMAR y DESESTIMO íntegramente la demanda formulada por D. José Antonio Cabot LLambías, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D. ANDREAS HORNIG contra MARINA DE GOTMAR S.L. y BANKIA S.A. y ABSOLVER a las demandadas de las pretensiones ejercitadas en su contra, con imposición de costas a la parte actora.

Notifíquese la presente resolución a las partes con indicación que contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Apelación, en el plazo máximo e improrrogable de veinte días, en la forma que determina la Ley de Enjuiciamiento Civil, previa consignación del depósito de 50 euros establecido en la DA 15ª LOPJ y de la tasa correspondiente.

Así por ésta, mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo Dª. Martina Mora Torrens, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Palma de Mallorca.

Publicación.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Ilustre Juez que la dictó, constituida en audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy Fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de MARINA DE GOTMAR SL , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En PALMA DE MALLORCA, a uno de septiembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUDICAL