Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10204
Procedimiento ordinario 699/2014 sobre otras materias
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA: 00084/2016
Procedimiento: Juicio Ordinario 699/2014
En Palma de Mallorca, a 21 de julio de 2016
Magistrado-Juez: Doña Martina Mora Torrens
Demandante: D. ANDREAS HORNING
Abogado/a: Doña Karin Heep
Procurador/a: Don José Antonio Cabot Llambías
Demandados: MARINA DE GOTMAR S.L. (en rebeldía) “BANKIA S.A.”
Abogado/a: Don Juan Riutort Pané
Procurador/a: Don Francisco Arbona Casasnovas
Objeto del juicio: Reclamación de nulidad, anulabilidad o resolución de contrato de compraventa de inmueble con subrogación en préstamo hipotecario.
PARTE DISPOSITIVA
Que DEBO DESESTIMAR y DESESTIMO íntegramente la demanda formulada por D. José Antonio Cabot LLambías, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D. ANDREAS HORNIG contra MARINA DE GOTMAR S.L. y BANKIA S.A. y ABSOLVER a las demandadas de las pretensiones ejercitadas en su contra, con imposición de costas a la parte actora.
Notifíquese la presente resolución a las partes con indicación que contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Apelación, en el plazo máximo e improrrogable de veinte días, en la forma que determina la Ley de Enjuiciamiento Civil, previa consignación del depósito de 50 euros establecido en la DA 15ª LOPJ y de la tasa correspondiente.
Así por ésta, mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo Dª. Martina Mora Torrens, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Palma de Mallorca.
Publicación.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Ilustre Juez que la dictó, constituida en audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy Fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de MARINA DE GOTMAR SL , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En PALMA DE MALLORCA, a uno de septiembre de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUDICAL