Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 10513
Decreto de alcaldía de delegación genérica a la 5a teniente de alcalde del área de Economía y Recursos Humanos
DELEGACIÓN GENÉRICA EN LA QUINTA TENIENTE DE ALCALDE DEL ÁREA DE ECONOMIA Y RECURSOS HUMANOS
La alcaldía presidencia, en fecha 6 de septiembre de 2016, ha dictado la resolución que seguidamente se transcribe:
“DECRETO
Antecedentes
Visto que esta Alcaldía tiene atribuida por ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) .
Visto que en fecha 29 de abril de 2016, mediante decreto inscrito con el número 1097/2016, avocó la delegación genérica a la 5ª teniente de alcalde de l’área de Economía y Recursos Humanos, con motivo de su baja por futura maternidad.
Visto que ha finalizado el plazo de incapacidad temporal de la Sra. Sansó Jaume, es conveniente, por razones de oportunidad y conveniencia, delegar nuevamente a la 5ª teniente de alcalde, Dª Maria Antonia Sansó Jaume, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área de Economía y Recursos Humanos, así como el ejercicio de las competencias específicas sobre diversas materias, en el marco establecido en el Decreto de Alcaldía núm. 2859/2015, de 11 de noviembre, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor.
En consecuencia, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL, y 43,44,120,121 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales (ROFJEL),
RESUELVO:
Primero Dejar sin efecto el decreto de 29 de abril de 2016, inscripción núm. 1097/2016, de avocar la delegación a favor de la 5ª teniente de alcalde, Dª Maria Antonia Sansó Jaume, del ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del Área de Economía y Recursos Humanos y competencias específicas; y, de reasumir la propia alcaldía las atribuciones correspondiente al área de Recursos Humanos y delegar a la 1ª teniente de alcalde, Dª Catalina Riera Mascaró el área de Economía.
Segundo. Delegar en la 5a. Teniente de Alcalde, Da. María Antonia Sansó Jaume, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área siguiente:
- ECONOMÍA Y RECURSOS HUMANOS
a) Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a dicha área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Gestión de la actividad económica y financiera municipal.
- Nuevas tecnologías.
- Informática.
- Población.
- Catastro.
- Gestión e impulso de toda la actividad relacionada con el personal municipal.
- Gestión de los aparcamientos.
- Suministro de agua potable y aguas residuales.
Las delegaciones mencionadas comprenden tanto las facultades de dirigir los servicios correspondientes incluidos en las respectivas áreas, como las de gestionarlos en general, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos.
b) En cualquier caso, el contenido de la delegación conferida comprende el ejercicio de las competencias generales:
- Programar las políticas municipales en las materias de su competencia, así como la representación e inspección del área de la que es titular.
- Ejercer la autoridad respecto del personal de su área.
- Garantizar el cumplimiento de las ordenanzas, los reglamentos, los bandos y demás disposiciones legales que afecten al municipio, en el ámbito de las competencias del área.
- Ordenar la tramitación de los expedientes relativos a su área delegada y formular las propuestas de resolución o acuerdo que correspondan.
c) El ámbito de la presente delegación se corresponde con el área de gestión municipal señalada y las atribuciones específicas atribuidas, y se entiende sin perjuicio de las delegaciones especiales que el alcalde pueda conferir a otros concejales respecto de determinados servicios o secciones incluidos en el área delegada, así como de las delegaciones de atribuciones que se puedan resolver a favor de la Junta de Gobierno Local. En cualquier caso el decreto de delegación especial deberá especificar la dependencia y coordinación que corresponda.
d) No son objeto de delegación las competencias que la legislación reguladora de las haciendas locales y las bases de ejecución del presupuesto anual de la corporación reserva al Alcalde.
e) Se delega también la firma de las resoluciones y actos administrativos que afecten a terceros, la delegación de la que no alterará la competencia que corresponde a esta Alcaldía.
f) Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación de la 5a. Teniente de Alcalde Delegada, se publicarán en el BOIB y de ellas se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que tenga lugar.
g) La 5ª. Teniente de Alcalde Delegada queda obligada a informar a esta Alcaldía sobre la gestión y las disposiciones que dicte, y previamente, de las decisiones de trascendencia en los términos previstos en el artículo 115 del ROFRJEL.
En lo no previsto en esta resolución regirán la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, y el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en dichas normas.
Segundo. Comunicar esta resolución a los interesados a los efectos correspondientes”.
De esta resolución se dio cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el día 12 de septiembre de 2016.
Manacor, 14 de septiembre de 2016
El alcalde,
Pedro Rosselló Cerdà