Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 10475
Notificación decreto 661
Por no haberse podido efectuar la notificación en el domicilio que figura en el expediente 1989/2016 (papel 143/AG/15), se pone en conocimiento del Sr. Jorge Raul Ulanovsky la comunicación de fecha 23 de noviembre de 2015, a la que se adjuntaba la resolución que a continuación se transcribe:
Por decreto de Alcaldía núm. 661 de fecha diez de noviembre de dos mil quince se ha adoptado la siguiente resolución, que le trasladamos para su conocimiento y a efectos oportunos al objecto que, según lo dispuesto en el artículo 21.3 del Decreto 14/94. de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento de Procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, puede formular alegaciones , en el plazo de 10 días, contados a partir del recibo de la presente notificación, presentar los documentos que estime convenientes para su defensa, consultar el expediente administrativo, así como proponer pruebas, concretando los medios de los cuales pretenda valerse; significando le que, de conformidad con lo previsto en el art. 8.4 del mencionado Decreto y, una vez concluido dicho plazo para efectuar alegaciones sobre el contiendo del presente acuerdo, sin que se haya presentado ninguna alegación , este acuerdo será considerado como Propuesta de Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 13 del Decreto 14/94 de la CAIB:
DECRETO NUM. 661 de fecha diez de noviembre de 2015
DECRETO DE ALCALDÍA - Vistos los informes emitidos por parte de los Servicios Técnicos y de la Asesoría Jurídica sobre realización de las obras siguientes por las personas que se expresan: EXPEDIENTE: 143/AG/15
OBRAS: Reforma de baño y dormitorio de unos 8 m2 y construcción de pérgola.
SITUACIÓN : Pol 1 Parc. 553
PROMOTOR: Jorge Raul Ulanovsky
CONSTRUCTOR:
Señalando que ha observado las siguientes anomalías en las obras referenciadas.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley 2/2014, de Ordenación y Uso del Suelo, de 25 de marzo,
DISPONGO:
1 Designar como instructor y secretaria del expediente que se instruye por la infracción urbanística cometida al Sr. Jaume Mateu Lladó y a la Sra. Francisca Lorenzo Cifre, respectivamente. Se advierte de que podrá formular recusación contra las personas designadas por las causas previstas en los art. 28 y29 de la LRJ-PAC.
2.Indicar al promotor que en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación del acuerdo de inicio, tendrá que legalizar o restaurar a su estado originario la realidad física alterada. A tenor del artículo 151.3 de la Ley de Ordenación y Uso del Suelo, la falta de legalización o de restauración de la realidad física alterada, dará lugar a la formulación de propuesta de demolición a costa del interesado. Se procederá de la misma forma si la licencia fuere denegada por ser el otorgamiento contrario a las prescripciones de la normativa urbanística o de las ordenanzas.
3.En cas de restauración de la legalidad urbanística por los responsables antes de la resolución del presente procedimiento, tendrán derecho a la reducción del 80% de la multa que deba imponerse o a la devolución del mismo porcentaje de la satisfecha.
4.El plazo máximo para notificar la resolución expresa del presente procedimiento es de un año des de la fecha de inicio.
En cuanto a la designación de instructor y Secretario del expediente, podrá formular recusación contra las personas designadas en cualquier momento previo a la resolución del expediente, a tenor de los artículos 28 y29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y de los artículos 182 a 185 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización , Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
Sóller, 15 de septiembre de 2016
El alcalde
Jaume Servera Servera