Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE FELANITX
Núm. 10399
Modificación de créditos por crédito extraordinario
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/85 Reguladora de Bases de Régimen Local y 169.3 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 , de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez aprobado definitivamente el expediente de Modificación de créditos 09.2016 por crédito extraordinario financiado con nuevos o mayores ingresos recaudados por encima de los totales previstos en el presupuesto corriente afectados a gastos finalistas, por no haberse presentado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial, se hace público el siguiente
GASTOS
DESCRIPCIÓN |
ECON. |
MODIFICACIÓN |
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ADQUISICIÓN VIVIENDA EN C/ JUAVERT PARA APARCAMIENTO DE USO PÚBLICO |
6 |
105.000,00 € |
INGRESOS
DESCRIPCIÓN |
ECON. |
MODIFICACIÓN |
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RECURSOS PROCEDENTES DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DÉCIMA LEY 2/2014 ORDENACIÓN Y USO DEL SUELO DE LES ILLES BALEARS |
3 |
105.000,00 € |
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, los interesados legitimados a que se refiere el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que considere pertinente.
Felanitx, a 8 de septiembre de 2016
El Alcalde
Joan Xamena Galmés