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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 10397
Resolución del Presidente de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears, por la que se formula el informe de impacto ambiental del Proyecto de instalación red BT, pol. 2, parc. 56-57, en el término municipal de Mancor de la Vall, promovido por ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA SLU (Exp. 98a/2016)

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Texto

Visto el informe técnico con propuesta de resolución de día 30 de agosto de 2016, y de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 29/2009, de 8 de mayo de organización, funciones y régimen jurídico de la Comisión de Medio ambiente de las Illes Balears (adelante CMAIB) y el Acuerdo del Pleno de la CMAIB sobre la delegación de competencias del Pleno en su Presidente (BOIB núm. 168 de 11/14/2015),

RESUELVO FORMULAR:

El informe de impacto ambiental, del Proyecto de instalación red BT, pol. 2, parc. 56-57, en el término municipal de Mancor de la Vall, promovido por ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA SLU en los siguientes términos:

1. Determinación de sujeción a evaluación ambiental y tramitación

El proyecto está incluido en el anexo II de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, Grupo 2 Energía, apartado a) Líneas de transporte de energía eléctrica inferiores a 15 KV ubicadas en suelo rústico protegido, con la calificación de ANEI y ARIP, espacios protegidos al amparo de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y la fauna silvestres *, y espacios de relevancia ambiental de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, de conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO).

* Hay que entender la referencia a la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la Biodiversidad.

Por lo tanto, como proyecto incluido en el Anexo II de la Ley 11/2006, de acuerdo a lo indicado en la Circular del Conseller de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca sobre tramitación de las evaluaciones ambientales, se debe seguir la tramitación ambiental como Evaluación de Impacto ambiental Simplificada establecida en el capítulo II sección 2ª de la Ley 21/2013.

2. Descripción y ubicación del proyecto

El trazado de la línea tendrá una longitud de 5 m. Para su instalación será necesario ejecutar una zanja de 0,40 m de anchura y 1,10 m de profundidad. Estas actuaciones requerirán por tanto de la realización de movimientos de tierras y reposición del pavimento con las mismas características que el existente.

De acuerdo con la documentación presentada, la línea se ejecutará por caminos existentes consolidados y asfaltados. Por este motivo, no se producirá afección a la vegetación.

La línea discurre por un entorno con un cierto grado de antropización, ya que se trata de una zona con viviendas aisladas.

3. Consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas

De acuerdo con el artículo 46 de la Ley 21/2013, se han consultado las siguientes administraciones:

Servicio de Aguas Superficiales de la DG de Recursos Hídricos y al Ayuntamiento de Mancor de la Vall.

A día de hoy no se ha recibido respuesta por parte de las administraciones consultadas.

4. Análisis de los criterios del anexo III de la Ley 21/2013

Se han analizado los criterios del anexo III de la Ley 21/2013 de AA y no se prevé que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente, en concreto:

1. Por las características del proyecto, se trata de un proyecto de reducidas dimensiones. No se prevé la acumulación con otros proyectos, ni tampoco que se generen residuos de manera significativa. Con las medidas preventivas y correctoras propuestas se reducen los principales impactos del proyecto.

2. El proyecto se desarrolla en suelo rústico protegido- ARIP, pero el trazado de la línea discurre por un vial asfaltado, por lo tanto el proyecto no se prevé que produzca impactos significativos sobre los componentes bióticos y abióticos de la zona donde se ejecuta. Tampoco se ven afectados elementos catalogados.

3. Se trata de un proyecto de reducido ámbito, sin impactos transfronterizos, se evalúan los impactos durante la fase de ejecución y de funcionamiento y se establecen medidas preventivas y correctoras para disminuir el impacto.

Conclusiones del Informe de impacto ambiental

Primero. No sujetar a evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto "Proyecto de instalación red BT, pol. 2, parc. 56-57, en el término municipal de Mancor de la Vall, promovido por ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA SLU ", dado que no se prevé que pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente de acuerdo con los criterios del anexo III de la Ley 21/2013 y con las medidas correctoras que se incluyen en el documento ambiental presentado.

Se recuerda que antes de la autorización del proyecto se deberá contar con el informe del Servicio de Aguas Superficiales de la DG de Recursos Hídricos, ya que este se ejecuta en zona de policía de cauce.

Segundo. Se publicará el presente informe ambiental en la sede electrónica de la CMAIB y en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de EA. Además, se dará cuenta al Pleno de la CMAIB y al Subcomité de EIA.

Tercero. El informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el BOIB, no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde de la publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.4 de la Ley 21/2013.

Cuarto. El informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno, sin perjuicio de lo que, en su caso, proceda en vía administrativa o judicial ante del acto, en su caso, de autorización de proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.6 de la Ley 21/2013.

Quinto. Esta resolución se emite sin perjuicio de las competencias urbanísticas o territoriales de las administraciones competentes y de las autorizaciones o informes necesarios para la obtención de la autorización.

  

Palma, 8 de septiembre de 2016

  

El presidente de la CMAIB

Antoni Alorda Vilarrubias