Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SELVA
Núm. 10369
Aprobar la oferta de ocupación pública municipal del 2016
RESOLUCIÓN NÚM. 319/2016
Joan Rotger Seguí, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Selva (Islas Baleares), ha resuelto mediante el Decreto de Alcaldía núm. 319/2016, de 5 de septiembre de 2016, lo siguiente:
Visto el expediente tramitado por los servicios administrativos municipales por el cual se realizan las actuaciones contundentes a la aprobación de la oferta de ocupación pública municipal del 2016.
En virtud de las facultades que me han sido conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVO:
Primero.- Aprobar la oferta de ocupación pública municipal del 2016, con el siguiente detalle: Promoción interna; Personal funcionario: Escala de Administración General
- Subescala administrativo (C1)
- Una plaza
Segundo.- El plazo para la convocatoria del correspondiente proceso selectivo será de dos meses a contar de la publicación de la presente oferta de ocupación pública en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero.- Ordenar la publicación del anuncio de la convocatoria de la oferta de ocupación pública en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón municipal de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Selva (www.ajselva.net)
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.
El recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de sis meses desde el día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Selva, 5 de septiembre de 2016
El Alcalde
Joan Rotger Seguí