Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM
Núm. 10282
Anuncio convocatoria Juez o Jueza de Paz y Juez o Jueza de Paz substituto/a
De acuerdo con el artículo 5 del Reglamento del Consejo General del Poder Judicial núm. 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz, se anuncia la convocatoria pública para las provisiones de los cargos de JUEZ O JUEZA DE PAZ Y JUEZ O JUEZA DE PAZ SUSTITUTO/A de este municipio.
Las condiciones de capacidad exigibles para optar a la elección de estos cargos son las siguientes:
- Ser español, mayor de edad.
- No estar impedido físicamente o psíquicamente para ejercer las funciones judiciales.
- No haber sido condenado por delito doloso. En caso contrario, este impedimento cesa si se ha obtenido la rehabilitación.
- No haber sido procesado o inculpado por delito doloso. En caso contrario, este impedimento cesa si se ha obtenido la absolución o se ha dictado la interlocutoria de sobreseimiento.
- Disfrutar del ejercicio pleno de los derechos civiles.
- No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad y de compatibilidad previstas en la Ley 6/1985, Orgánica del Poder Judicial (artículo 389).
- Residir en este término municipal.
Junto con la solicitud los candidatos tienen que presentar un currículum vitae con los detalles más significativos de su perfil personal, académico y profesional.
Las personas interesadas que cumplan los requisitos mencionados pueden presentar sus solicitudes al Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de QUINCE DÍAS contados a partir del día siguiente que se publique este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Lo que se hace público por general conocimiento.
Binissalem, 7 de septiembre de 2016
El Alcalde,
Jeroni Salom Munar