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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 10106
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, R14 de fecha 18 de agosto de 2016, subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima, para los años 2015-2019

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Texto

Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, R14 de fecha 18 de agosto de 2016, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan para los años 2015-2019 subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima.

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de noviembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para las Inversiones en la Transformación y la Comercialización de  productos agrícolas, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 18 de agosto de 2016, firmó la siguiente resolución,

 

"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN”

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.4- Inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima

Convocatoria: IMIT 2015_1 / R14

Antecedentes

1. Con fecha de 17 de noviembre de 2015 se publicó en el BOIB núm. 169, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para Inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima.

2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 31/12/2015, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 511 solicitudes de ayuda.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4. Los interesados señalados en el Anexo I adjunto han presentado, dentro del plazo establecido y en la forma, toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria, y se ha comprobado que cumplen con los requisitos exigidos para poder ser beneficiarios de esta ayuda.

5. Las actuaciones solicitadas por los interesados cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria para que puedan ser subvencionadas.

6. Teniendo en cuenta que el crédito existente cubre la totalidad de las peticiones de esta convocatoria no hay ningún impedimento para resolver estos expedientes sin afectar lo dispuesto en los apartados séptimo y octavo de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima.

2. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

3. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

4. Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad.

5. Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

6. Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

7. Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura ya la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y los pagos al desarrollo rural.

8. Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, de la viña.

9. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

10. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

11. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.

12. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

13. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014 a 2020.

14. Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.

15. Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la Consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.

16. Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Propuesta de resolución de concesión

Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el Anexo I, que son un total de 25 expedientes y que comienza con ANTONIO BARCELO ARTIGUES y termina con SRM UNIDAD AGROPECUARIA BINIGARBA, que suma un importe total de 135.792,80 euros, relativa a la línea de ayuda "Inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima”.

2. Autorizar y disponer el gasto señalada en cada uno de los beneficiarios con cargo a los presupuestos y porcentajes de cofinanciación detallados en el Anexo I.

3. Determinar que, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios serán las indicadas en el Anexo II.

4. Notificar la resolución a cada uno de los beneficiarios del Anexo I.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Palma, 28 de julio de 2016

El/la  gestor de la línea

Francisca Juan Serra

La Jefa de la Sección I

María Ángeles Pérez Ribas

El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Isidro Cañellas Simonet

Conforme con la propuesta, dicto resolución

 

Palma, 18 de agosto de 2016

 

El vicepresidente del FOGAIBA

Mateu Ginard i Sampol

ANEXO I.
RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON DERECHO A LA CONCESIÓN DE LA AYUDA (IMIT) R14

Solicitante

NIF

Nº expediente

Importe  inversiones elegibles

% ayuda

Importe concedido

Cofinanciamiento

Plazo ejecución

Anuali-

dad

 Bancales

 Paredes Secas

 Cerramien-tos

Bordu-ras

TOTAL

FEADER

AGE

CAIB

41%

4,10%

54,90%

ANTONIO BARCELO ARTIGUES

78199370Z

IMIT2015_1/409

2.375,75

1.300,00

    3.675,75  

60%

    2.205,45  

      904,23  

      90,42  

 1.210,80  

6 MESES

2016

ANTONIO MARI FERRER

41455689Y

IMIT2015_1/412

6.665,63

1.356,55

4.260,00

  12.282,18  

60%

    7.369,31  

   3.021,42  

    302,14  

 4.045,75  

6 MESES

2016

BASILI ENRICH SEGUI

41506136Z

IMIT2015_1/435

2.242,50

    2.242,50  

60%

    1.345,50  

      551,66  

      55,17  

    738,67  

6 MESES

2016

CATALINA SOCIAS MORA

42948036K

IMIT2015_1/424

2.548,00

980

    3.528,00  

60%

    2.116,80  

      867,89  

      86,79  

 1.162,12  

6 MESES

2016

FRANCISCA BARCELO MARTORELL

78194576G

IMIT2015_1/431

2.600,00

1.175,00

    3.775,00  

60%

    2.265,00  

      928,65  

      92,87  

 1.243,48  

6 MESES

2016

FRANCISCA POL VIDAL

41326005L

IMIT2015_1/423

462,09

2.800,85

    3.262,94  

60%

    1.957,76  

      802,68  

      80,27  

 1.074,81  

6 MESES

2016

ISIDRO BELLOTA TORRES

41742026Q

IMIT2015_1/427

16.022,50

3.977,50

  20.000,00  

60%

  12.000,00  

   4.920,00  

    492,00  

 6.588,00  

6 MESES

2016

JORDI ROIG FERRER

46951462K

IMIT2015_1/437

5.135,00

    5.135,00   

60%

    3.081,00  

   1.263,21  

    126,32  

 1.691,47  

6 MESES

2016

JORGE FERRER TORRES

78290359S

IMIT2015_1/425

10.968,75

  10.968,75  

60%

    6.581,25  

   2.698,31  

    269,83  

 3.613,11  

6 MESES

2016

JOSE CARDONA JUAN

78290668W

IMIT2015_1/421

6.643,00

3.900,00

8.183,00

  18.726,00  

60%

  11.235,60  

   4.606,60  

    460,66  

 6.168,34  

6 MESES

2016

JOSEP JOAN SEGURA SIQUIER

43206105F

IMIT2015_1/416

2.149,12

245,7

    2.394,82  

60%

    1.436,89  

      589,12   

      58,91  

    788,86  

6 MESES

2016

JUAN ESCUDERO MESA

41505224E

IMIT2015_1/420

5.346,25

    5.346,25  

60%

    3.207,75  

   1.315,18  

    131,52  

 1.761,05  

6 MESES

2016

JUAN JUAN TORRES

41449054H

IMIT2015_1/434

3.503,50

2.380,00

    5.883,50  

60%

    3.530,10  

   1.447,34  

    144,73  

 1.938,03  

6 MESES

2016

JUAN SERRA RIUDAVETS

41485989S

IMIT2015_1/410

5.124,60

5.759,00

  10.883,60  

60%

    6.530,16  

   2.677,37  

    267,74  

 3.585,05  

6 MESES

2016

LLUCASALDENT MAJOR SRM

J07717390

IMIT2015_1/426

7.979,40

    7.979,40  

60%

    4.787,64  

   1.962,93  

    196,29  

 2.628,42  

6 MESES

2016

MARCOS RIBAS TORRES

41458020Z

IMIT2015_1/430

25.740,00

  25.740,00  

60%

  12.000,00  

   4.920,00  

    492,00  

 6.588,00  

6 MESES

2016

MARGARITA LLULL SUREDA

41239885B

IMIT2015_1/407

1.215,50

3.530,00

    4.745,50  

60%

    2.847,30  

   1.167,39  

    116,74  

 1.563,17  

6 MESES

2016

MARIANO CASTELLO RIBAS

41461680V

IMIT2015_1/439

11.635,00

1.700,00

  13.335,00  

60%

    8.001,00  

   3.280,41  

    328,04  

 4.392,55  

6 MESES

2016

NADAL VIDAL TOMAS

43007747R

IMIT2015_1/433

7.971,60

11.830,00

  19.801,60  

60%

  11.880,96  

   4.871,19  

    487,12  

 6.522,65   

6 MESES

2016

PEDRO PONS CARRETERO

41727005Z

IMIT2015_1/414

19.623,50

  19.623,50  

60%

  11.774,10  

   4.827,38  

    482,74  

 6.463,98  

6 MESES

2016

SEBASTIAN BARCELO MAYOL

41231841V

IMIT2015_1/411

6.240,00

    6.240,00  

60%

    3.744,00  

   1.535,04  

    153,50  

 2.055,46  

6 MESES

2016

SON ORFILA S.R.M

J07707177

IMIT2015_1/406

6.630,00

    6.630,00  

60%

    3.978,00  

   1.630,98  

    163,10  

 2.183,92  

6 MESES

2016

SON SALOMO SRM

J07978554

IMIT2015_1/419

6.082,05

    6.082,05  

60%

    3.649,23  

   1.496,18  

    149,62  

 2.003,43  

6 MESES

2016

SON VELL SRM

J07716467

IMIT2015_1/405

9.555,00

    9.555,00  

60%

    5.733,00  

   2.350,53  

    235,05  

 3.147,42  

6 MESES

2016

SRM UNIDAD AGROPECUARIA BINIGARBA

J07467004

IMIT2015_1/432

4.225,00

    4.225,00  

60%

    2.535,00  

   1.039,35  

    103,94  

 1.391,71  

6 MESES

2016

TOTAL

29.016,04

175.559,80

27.485,50

0,00

232.061,34

135.792,80

55.675,04

5.567,51

74.550,25

Con cargo a la línea FEADER  050460010441104

  ANEXO II
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

Realizar las inversiones o actividades auxiliadas en el plazo establecido en el Anexo I.

Justificar los gastos relacionados con la inversión para la recepción de los fondos comunitarios en los términos y plazos determinados en la Resolución de convocatoria.

Mantener la inversión objeto de subvención y su destino durante por lo menos cinco años contados desde la fecha de pago de la ayuda.  

Mantener los requisitos y condiciones exigibles respecto a la explotación y el beneficiario, de los cuales hace referencia el apartado tercero de esta resolución.

Cumplir las normas comunitarias aplicables a la inversión .

Someterse a las actuaciones de comprobación y a los controles que lleve a cabo la administración autonómica, estatal o comunitaria, Intervención General, Sindicatura de cuentas, o otros órganos de control interno o externo, así como facilitar toda la información que requieran estos organismos con relación a las ayudas concedidas.   

Se informa a los beneficiarios que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle Reina Constanza, núm. 4 de Palma).”

Palma, 2 de setiembre de 2016

El director gerente del FOGAIBA
Guillem Rosselló Alcina