Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
SINDICATURA DE CUENTAS
Núm. 9998
Acuerdo del Consejo de la Sindicatura, por el que se aprueba la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Jefe de Área de Auditoría de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares
El artículo 28.2 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, dispone que el personal al servicio de la Sindicatura se rige por lo que disponen esta Ley y el Reglamento de Régimen Interior; en lo que no se prevé, le es aplicable el régimen establecido con carácter general para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
El artículo 75.1 de la Ley 3/2007, de 22 de febrero, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que los puestos de trabajo adscritos a personal funcionario se han de proveer ordinariamente por los sistemas de concurso o de libre designación, mediante convocatoria pública.
Por otra parte, el artículo 79 de la Ley 3/2007 prevé las categorías de puestos de trabajos que se han de proveer por el sistema de libre designación, debido a que implican una elevada responsabilidad o requieren una confianza personal para ejercer las funciones y tienen establecido expresamente este sistema en la relación de puestos de trabajo.
El artículo 29 de la Ley 4/2004 dispone que la SCIB se estructura en áreas funcionales al frente de las cuales hay un jefe de área. Los puestos de jefe de área se proveerán entre funcionarios públicos que pertenezcan a cuerpos o escalas de características adecuadas, de acuerdo con lo que establezca la relación de puestos de trabajo.
La Relación de Puestos de Trabajo de la SCIB dispone la cobertura de puestos de trabajo de jefe de área de auditoría mediante el sistema de libre designación entre funcionarios de cualquier administración pública.
El Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por el Decreto 33/1994, de 28 de marzo, dedica el capítulo III a regular el procedimiento a seguir para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de libre designación.
De acuerdo con lo que establece la Disposición transitoria primera de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, para participar en esta convocatoria se ha de acreditar estar en posesión de un certificado de conocimiento de lengua catalana de nivel C1, o equivalente.
Dada la citada normativa legal, constituye el objeto de este Acuerdo la aprobación de la convocatoria para la provisión, mediante personal funcionario, de un puesto de trabajo de jefe de área de auditoría de la Sindicatura de Cuentas, vacante y dotado presupuestariamente.
Dado que el puesto de trabajo de jefe de área citado se adscribe al área de auditoría de la Comunidad Autónoma, se valora especialmente la experiencia en esta materia dentro de este ámbito subjetivo.
En virtud de todo ello, y de acuerdo con la competencia que le atribuye el artículo 16.k de la Ley 4/2004, el Consejo de la Sindicatura
ACUERDA
Primero. Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo de Jefe de Área de Auditoría de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, cuyas características y requisitos se señalan en el anexo I.
Segundo. Aprobar las bases que tienen que regir esta convocatoria y que se adjuntan como anexo I, así como el modelo de solicitud que consta en el anexo II.
Tercero. Ordenar que este Acuerdo se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 2 de setembre de 2016
El Síndico Mayor
Joan Rosselló Villalonga
ANEXO I
BASES
El objeto de esta convocatoria es la provisión, mediante personal funcionario, del puesto de trabajo de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, vacante y dotado presupuestariamente, que se señala:
1 JEFE DE ÁREA DE AUDITORÍA.
Características:
Grupo: A1. Complemento de destino: 30. Complemento específico: 29.807,08 euros. Observaciones: rendimiento y dificultad técnica, incompatibilidad, horario y dedicación especial, y disponibilidad y desplazamiento.
Funciones: según las directrices del Síndico correspondiente: Planificar cada fiscalización y elaborar el programa de trabajo. Dirigir, coordinar y supervisar los trabajos a desarrollar por el personal del área. Durante el proceso de fiscalización, relacionarse con los responsables técnicos de la entidad fiscalizada, así como informar al síndico de cualquier incidencia que se produzca en el desarrollo de la fiscalización y trasladarle las consultas o propuestas necesarias para obtener la información pertinente, tanto de la entidad fiscalizada, como de otras áreas u órganos de la Sindicatura de Cuentas. Redactar los anteproyectos de informe con los resultados de las fiscalizaciones. Llevar a cabo las verificaciones que considere oportunas.
Requisitos:
Grupo: A1.
Administración de procedencia: todas las administraciones. Cuerpo de procedencia: todos los cuerpos o escalas del grupo A1.
Acreditar experiencia como funcionario en alguna de las áreas siguientes: fiscalización interna o externa, intervención, tesorería, contratación administrativa, gestión presupuestaria o tributaria, o como docente universitario en áreas de derecho o economía.
Estar en posesión del certificado de conocimientos de lengua catalana de nivel C1, o equivalente.
1. La provisión del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria se lleva a cabo por el procedimiento de libre designación. La convocatoria se debe publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
2. Pueden participar en esta convocatoria los funcionarios de carrera de todas las administraciones, cualquiera que sea su situación administrativa, salvo la suspensión firme, siempre que cumplan los requisitos que dispone la Relación de Puestos de Trabajo, descritos en la base primera.
1. Los funcionarios con alguna discapacidad reconocida ante la Administración pueden instar en la solicitud la adaptación del puesto de trabajo que no suponga una modificación substancial del contexto de la organización.
2. La SCIB debe pedir a la persona interesada la información que considere necesaria, como también el dictamen de los órganos técnicos de la Administración, sobre la procedencia de la adaptación y sobre la compatibilidad de ésta con los trabajos y funciones del puesto del trabajo.
3. En la resolución que pone fin a la provisión del puesto de trabajo, debe resolverse, asimismo, sobre la adaptación solicitada del puesto, si procede.
1. Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se deben de formular en el modelo oficial que se adjunta en el anexo II.
2. El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Las solicitudes y el resto de documentación se deben presentar en el Registro General de la Sindicatura de Cuentas (c/ Sant Feliu, 8A – 07012 Palma, de lunes a viernes de 9 a 14 horas) y dirigidas al Síndico Mayor. También se pueden presentar en cualquiera de las formas que prevé el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
No se admitirán y se archivarán aquellas solicitudes registradas fuera del plazo establecido.
3. A la solicitud se debe adjuntar una copia del documento nacional de identidad, y la documentación y los certificados acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria para el ejercicio del puesto de trabajo.
Asimismo, se debe adjuntar un currículum vitae donde consten las titulaciones académicas, la antigüedad, los puestos de trabajo ocupados en la Administración Pública y en la empresa privada, los estudios y los cursos realizados y cualquier mérito que se estime oportuno poner de manifiesto. Se valorará especialmente los méritos relacionados con la fiscalización externa del sector de la Comunidad Autónoma.
Las fotocopias que se adjunten deben estar compulsadas.
4. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y la posesión de los méritos alegados será el día que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo para resolver la convocatoria es de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El Síndico Mayor puede ampliar este plazo hasta un mes más.
2. De acuerdo con el artículo 24.e de la Ley 4/2004, corresponde al Síndico Mayor la resolución de esta convocatoria así como la correspondiente adjudicación del puesto de trabajo.
3. La Resolución del Síndico Mayor de adjudicación del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido es de tres días hábiles si éste radica en la misma localidad en la que ya estaba destinado, o de un mes, si el nuevo destino radica en una localidad distinta.
En los casos en que la persona adjudicataria lo solicite y, además, lo justifique debidamente, el Síndico Mayor le puede conceder una prórroga del plazo, tal y como expone el apartado 3 de esta base.
2. El plazo para la toma de posesión comenzará a contar desde el día siguiente del cese, el cual se debe efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la adjudicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
3. El Síndico Mayor puede, excepcionalmente, prorrogar, por un plazo de hasta veinte días hábiles, la incorporación del funcionario al nuevo destino si implica cambio de localidad y se alegan y acreditan razones justificativas de la prórroga solicitada.
4. El cómputo de los plazos posesorios, en todo caso, se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que se hayan podido conceder a la persona interesada, salvo que, por causas justificadas, el órgano competente acuerde suspender el disfrute.
SÉPTIMA. NORMA FINAL
De acuerdo con lo que establece la disposición adicional primera de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, esta convocatoria y los actos administrativos que se deriven de ella, pueden ser impugnados en los casos y la forma establecida por esta Ley y el Reglamento de Régimen Interior de la Sindicatura de Cuentas y, supletoriamente, son aplicables las disposiciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y también las de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
ANEXO II
MODELO DE SOLICITUD
1. DATOS PERSONALES
Primer apellido:
Segundo apellido:
Nombre:
DNI: Fecha nacimiento:
Dirección:
Localidad: Provincia:
Teléfono:
2. DATOS PROFESIONALES
Cuerpo o escala:
Administración:
Centro directivo:
Lugar de trabajo:
Nivel: Grado consolidado:
Teléfono:
3. DISCAPACITADOS
Tipo de adaptación (si solicita adaptación de medios):
SOLICITO: tomar parte en la convocatoria de provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Jefe de Área de Auditoría, y declaro que cumplo todos los requisitos exigidos en la convocatoria y que acepto sus bases, aprobadas por el Consejo de la SCIB en fecha 2 de setiembre de 2016.
, de de 2016
SÍNDICO MAYOR DE LA SINDICATURA DE CUENTAS DE LAS ISLAS BALEARES