Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MAÓ
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE MAÓ
Núm. 5088
Divorcio contencioso 433/2015 sobre divorcio contencioso
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia, en fecha 22/04/16, se ha dictado SENTENCIA cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de don Antonio Fiol Escandell contra doña Idenilce Aparecida de Souza, en situación de rebeldía procesal y, en consecuencia, declaro la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los cónyuges litigantes el día 26 de octubre de 2002.
No se realiza especial pronunciamiento en costas procesales.
Una vez firme la presente sentencia, comuníquese al Registro Civil de Es Castell para su correspondiente inscripción.
Contra la presente resolución cabe la interposición de recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a la notificación de esta sentencia y que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Illes Balears (artículos 457 y siguientes de la LEC), siempre que se cumplan los requisitos y términos expresados en la Disposición Adicional 15º de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
Así lo acuerda, manda y firma, Don Fernando Pinto Palacios, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Maó y de su partido judicial.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Dª IDENILCE APARECIDA DE SOUZA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En MAÓ, a veintidós de Abril de dos mil dieciséis.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUDICAL