Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 9937
Notificación de resolución de expedientes por infracción administrativa en materia de pesca núm 39-44-65/2015-1603
Dado que se ha intentado por los medios establecidos la notificación personal de la resolución de expedientes por infracción administrativa en materia de pesca, Ley 3/2001, de 26 de marzo, de pesca marítima del estado y dado que no hay constancia en el expediente de su recepción por las personas interesadsa, de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con este anuncio se pone en conocimiento de las personas interesadas que se indican a continuación, que se ha dictado resolución de expedientes sancionadores por presunta infracción cometida en materia de pesca, comunicándoles que la resolución no pone fin a la vía administrativa y que contra la misma se podrá interponer recurso de alzada ante el presidente del Consell Insular d’Eivissa en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio.
Así mismo, se les comunica que la sanción impuesta se deberá hacer efectiva dentro del período voluntario establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en los siguientes plazos:
a) Las deudas notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o, si este no fuese hábil, hasta el inmediatamente hábil siguiente..
b) Las deudas notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuese hábil el inmediato siguiente..
El importe de la multa, se deberá pagar, todo indicando la siguiente referencia, Expediente sancionador PESCA 39/2012-1603, PESCA 44/2015-1603 y PESCA 65/2015-1603, respectivamente, en cualquiera de las oficinas bancarias del Banco Mare Nostrum núm. de cuenta 0487-2028-67-2000012208, o bien en la Tresoreria del Consell Insular d’Eivissa (av. d’Espanya, 49 d’Eivissa) mediante dinero de curso legal o cheque conformado no nominativo a favor del Consell Insular d’Eivissa.
El interesado tiene la posibilidad de pedir aplazo o fraccionamiento del pago, que se tendrá de ajustar a lo que se prevé en los artículos 44 al 54 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 393/2005, de 29 de julio, así como en las Bases de ejecución del Presupuesto del Consell Insular d’Eivissa para el presente ejercicio presupuestario.
Transcurridos los plazos mencionados sin haber hecho efectivo el importe de la sanción impuesta, se procederá a su exacción por la vía de constreñimiento sobre el patrimonio del obligado al pago.
Eivissa, 26 d'agost de 2016
El secretari tècnic d’Economia i Hisenda, Indústria i Comerç
Sergio Sorá Pascual
ANEXO
Núm. de expediente: 39/2015-1603
Presunto infractor: (datos personales ocultos)
Fecha de la resolución: 25/7/2016
Preceptos infringidos: Infracción del artículo 119i de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears (BOIB núm. 156 de 13 de noviembre de 2013) modificada por la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de les Illes Balears (BOIB núm. 175 de 23 de diciembre de 2014)-, en relación con el artículo 9 del Decreto 34/2014, de 1 de agosto, por el que se fijan los principios generales de la pesca recreativa y deportiva en las aguas interiores en las Illes Balears (BOIB núm. 104 de 02-08-2014) consistente en realizar la pesca recreativa submarina sin el balizamiento reglamentario y en concreto, si la boya de señalización..
Calificación de la infracción: Grave
Sanción: 151 €
Último domicilio:(datos personales ocultos)
Municipio: Santa Eulalia del Río
Núm. de expediente: 44/2015-1603
Presunto infractor:(datos personales ocultos)
Fecha de la resolución: 25/7/2016
Preceptos infringidos: Infracción del articulo 119b de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears (BOIB núm. 156 de 13 de noviembre de 2013), en relación con el artículo 2 del Decreto 69/1999, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa a las aguas interiores del Archipiélago Balear (BOIB núm. 80 de 22.06.1999) modificado por Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002), consistente en realizar la pesca recreativa sin la pertinente licencia administrativa de pesca.
Calificación de la infracción: Grave
Sanción: 151€
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: Sant Josep de sa Talaia
Núm. de expediente.: 65/2015-1603
Presunto infractor: (datos personales ocultos)
Fecha de la resolución: 4/04/2016
Preceptos infringidos: Infracción del artículo 119b de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears (BOIB núm. 156 de 13 de noviembre de 2013), -modificada por la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Illes Balears (BOIB núm. 175 de 23 de diciembre de 2014)-, en relación con el artículo 2 y 3 del Decreto 34/2014, de 1 de agosto, por el que se fijan los principios generales de la pesca recreativa y deportiva en las aguas interiores de las Illes Balears (BOIB núm. 104 de 2 de agosto de 2014), consistente en realizar la pesca recreativa sin la pertinente licencia administrativa de pesca.
Calificación de la infracción: Grave
Sanción: 151€(datos personales ocultos)
(datos personales ocultos)(datos personales ocultos) c. Cales Buiges
Municipio: Sant Feliu de Llobregat