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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

SINDICATURA DE CUENTAS

Núm. 9891
Resolución del Síndico Mayor de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, de 8 de agosto de 2016, de publicación del resultado de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 108/2015 de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2013

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Texto

Hechos

1. El día 8 de julio de 2015, el Consejo de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares acordó la aprobación del Informe 108/2015, de la Cuenta general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2013.

2. El día 21 de octubre de 2015, la presidenta del Parlamento de las Islas Baleares comunicó que se había llevado a cabo el último trámite parlamentario referente a dicho Informe, que tuvo lugar con la presentación y el debate del Informe en la sesión de la Comisión de Hacienda y Presupuestos del día 13 de octubre de 2015.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 12.3 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, regula los informes o las memorias de fiscalización y dispone su envío al Parlamento, a los sujetos fiscalizados y al Tribunal de Cuentas, y también su publicación en el BOIB después del último trámite parlamentario.

2. El artículo 32.1 del Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas establece que esta institución publicará el resultado de la fiscalización en el BOIB, cuando haya recibido la comunicación expresa de que se ha llevado a cabo el último trámite parlamentario.

Por todo ello, en uso de las competencias atribuidas por dicha Ley 4/2004 y por el Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares,

Resuelve

Publicar en el Boletín Oficial de les Illes Balears los resultados de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 108/2015 de la Cuenta general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2013, que se adjunta como anexo I.

 

Palma, a 8 de agosto de 2016

Síndico Mayor
Joan Rosselló Villalonga

 

ANEXO I
INFORME 108/2015 DE LA CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2013

I. INTRODUCCIÓN

1. PRESENTACIÓN

De conformidad con lo establecido en el art. 82 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, la Sindicatura de Cuentas es el órgano al que corresponde la fiscalización externa de la actividad económica, financiera y contable del sector público de las Islas Baleares.

La Ley 4/2004, de 2 de abril, de la SCIB, regula esta institución y, en su artículo 12, especifica que el resultado de la fiscalización se expondrá mediante informes o memorias que se elevarán al Parlamento y publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y hace referencia a su contenido fundamental

En los programas de actuaciones de la SCIB para los años 2014 y 2015 se han previsto la elaboración y la aprobación del Informe de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2013.

Se trata de un informe de carácter general, que hace referencia al examen y la comprobación de una cuenta de rendición periódica obligatoria, cuyo ámbito temporal comprende un ejercicio completo, realizado por el Área de Auditoria de la Comunidad Autónoma.

Además de las incidencias que se detallan al final de cada apartado, el Informe contiene un total de 59 recomendaciones para la mejora de la gestión económico-financiera: 3 de carácter general en el apartado introductorio, 26 en Administración General, 26 en el Servicio de Salud (IBSALUT) y 4 en la Agencia Tributaria (ATIB).

Al Informe se han adjuntado los anexos, que contienen 80 tablas y 71 fichas individualizadas para cada una de las entidades analizadas, con sus datos más relevantes. Además, se han adjuntado las alegaciones formuladas.

Este Informe no incluye la revisión de las subvenciones y los contratos de la Comunidad Autónoma correspondientes al ejercicio 2013, dado que serán objeto del Informe de las Subvenciones y Contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondientes a los ejercicios 2013 y 2014, previsto en el Programa de Actuaciones de la Sindicatura de Cuentas para el año 2015, que aprobó el Consejo de la SCIB el día 18 de diciembre de 2014.

2. MARCO NORMATIVO

En el marco de las normas generales de la Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978, el Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, la CAIB está sujeta directamente a lo que dispone el Texto Refundido de la Ley de Finanzas de la Comunidad Autónoma, a la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la CAIB, a las leyes de presupuestos anuales y a los decretos de desarrollo, así como al Plan General de Contabilidad Pública de la CAIB, aprobado por la Orden del Consejero de Hacienda, Presupuestos, Energía e Innovación Tecnológica, de 20 de diciembre de 1999, además de diversos decretos y órdenes específicos que resulten de aplicación, y que se detallan en el anexo I.1 del tomo de anexos que se adjunta a este Informe.

Además, la aprobación de diferentes acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) y de la Comisión Delegada del Gobierno para los Asuntos Económicos (CDGAE), por el que se adoptan compromisos en materia de reordenación y racionalización del sector público instrumental autonómico, el mecanismo extraordinario de financiación para el pago de los proveedores de las comunidades autónomas, así como la aprobación de normas que regulan el Fondo para la financiación de pagos a proveedores, para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad, o para regular el acceso al Fondo de liquidez autonómico (FLA), han afectado directamente la actividad económico-financiera de la CAIB en el año 2013.

3. OBJETIVOS GENERALES Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN

A. OBJETIVOS GENERALES

Para la fiscalización de la Cuenta General de la CAIB correspondiente al ejercicio 2013, los objetivos establecidos en las Directrices Técnicas de Fiscalización son los siguientes:

El examen y la comprobación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para verificar la adecuación a la normativa aplicable, así como la adecuación de las cuentas examinadas a los principios contables y la verificación de que la contabilidad refleja de manera fiel la realidad económico-financiera.

El examen y la comprobación de las modificaciones de crédito del presupuesto, para verificar la adecuación de las modificaciones tramitadas al ordenamiento jurídico vigente y su justificación.

El análisis y la evaluación de la situación del patrimonio de la CAIB, mediante el análisis del inventario de bienes y derechos, y de los datos de la contabilidad legalmente establecida, y que abarca, en todo caso, la tesorería, los empréstitos y cualquier otra forma de endeudamiento.

El examen del movimiento y de la situación de los avales concedidos por la Comunidad Autónoma.

El examen del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública.

La realización de una consolidación de la liquidación presupuestaria final del sector público autonómico.

Como consecuencia de los objetivos anteriores del Informe, se expresa la opinión financiera y de cumplimiento de legalidad sobre la Cuenta de la Administración General de la CAIB y sobre las cuentas anuales del IBSALUT y de la ATIB.

B. ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN

a. ADMINISTRACION GENERAL, IBSALUT Y ATIB

El alcance del trabajo realizado ha sido el siguiente:

Análisis de la adecuación a la normativa de aplicación, en cuanto al plazo de presentación, a la estructura y al contenido de las cuentas; así como la adecuación de la actividad económica, financiera y contable al ordenamiento jurídico vigente.

Examen y comprobación del presupuesto inicial y de las modificaciones de crédito aprobadas durante el ejercicio 2013.

Grado de ejecución del presupuesto de ingresos, así como su correcta imputación presupuestaria, el cumplimiento de la normativa legal y contable en la tramitación de los expedientes y el registro de las transacciones.

Grado de ejecución y de realización del presupuesto de gastos, para contrastar los objetivos logrados y las actividades realizadas con relación a los inicialmente previstos, además de la correcta imputación presupuestaria de los gastos, fiabilidad de los controles internos, y cumplimiento de la normativa legal y contable en la tramitación de expedientes y el registro de las transacciones.

Estructura y contenido del estado de endeudamiento de la CAIB y del IBSALUT, coherencia con los datos presupuestarios y contables, y sujeción a la normativa legal vigente sobre autorizaciones, límites o vinculación a la inversión de las operaciones efectuadas durante el ejercicio 2013, entre otros aspectos.

Comprobación de si los gastos de carácter plurianual son objeto de contabilización separada e independiente; si su contenido y su tramitación se ajustan a la normativa vigente, y si se realiza el seguimiento de su aprobación, así como la correcta contabilización de su ejecución en el período correspondiente.

Examen del movimiento y la situación de los avales concedidos por la Comunidad Autónoma, determinando si la concesión por parte de la entidad fiscalizada se ajusta a la legalidad vigente, así como el riesgo asumido como consecuencia de esta concesión.

Análisis de las cuentas de integración de las fundaciones hospitalarias de Inca, Manacor y Son Llàtzer y de GESMA (Gestión Sanitaria de Mallorca) dentro del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Adecuación de las cuentas examinadas a los principios contables que les son de aplicación, y verificación de que la contabilidad refleja de manera fiel la realidad económico-financiera, circunscrita a la normativa de carácter económico-financiero y, concretamente, al Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, de aprobación del Texto refundido de la Ley de Finanzas de la CAIB, al Decreto 75/2004 que la desarrolla y a las diferentes leyes de presupuestos aprobadas, y en vigor, durante el ejercicio 2013.

No son objeto de este Informe los controles de eficacia, eficiencia y economía, ya que solamente se pueden efectuar sobre cada centro de gestión individualizada y sobre programas específicos, por lo que los contenidos de la Cuenta General no son los más adecuados para llevar a cabo estos tipos de control. Aunque, en el transcurso de la fiscalización se han observado carencias, errores o irregularidades en la gestión que indiquen que se ha llevado a cabo sin tener en cuenta estos criterios, se hacen constar estas incidencias y se han emitido las recomendaciones correspondientes.

b. SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL

En cuanto al sector público instrumental, se recogen las opiniones que figuran en los informes de las auditorías financieras y de cumplimiento de legalidad de las entidades dependientes y vinculadas de la CAIB, y se indica explícitamente en el Informe las entidades que no han presentado sus cuentas anuales y el informe de auditoría realizado por profesionales externos, cuyas auditorías hayan sido contratadas, o no, por la Intervención General.

Dado que estos informes no son objeto de revisión por parte de la SCIB (únicamente realiza una revisión formal y un análisis general de las cuentas anuales) no se asumen como propias las opiniones y las salvedades que en ellos se manifiestan.

El alcance del trabajo, por tipología de entidades, es el siguiente:

Entidades dependientes (entidades participadas por la CAIB en más del 50 %):

Descripción del proceso de reestructuración del sector público instrumental de la CAIB durante el año 2013 y verificación formal del cumplimiento de la Ley 7/2010. No se analiza el grado de eficiencia y eficacia en relación con la optimización del sector público instrumental.

Resumen de las cuentas anuales y, en su caso, de la opinión financiera y de legalidad de los auditores externos.

Análisis de los derechos de cobro de las entidades respecto de la CAIB.

Análisis de las transferencias, las subvenciones y las aportaciones recibidas de la CAIB y de las facturaciones realizadas por las entidades a la CAIB.

Análisis de la deuda financiera a corto y a largo plazo.

Elaboración de fichas sobre las cuentas anuales rendidas, que incluyen un resumen de las cuentas anuales y, en su caso, de la opinión financiera y de legalidad de los auditores externos.

Entidades vinculadas (entidades participadas por la CAIB entre el 20 % y el 50 %):

Informe sobre la rendición de las cuentas anuales y de los informes de auditoría por parte de las entidades vinculadas.

Resumen de las cuentas anuales y, en su caso, de la opinión financiera y de legalidad de los auditores externos.

Análisis de las aportaciones de la CAIB correspondientes al 2013.

Elaboración de fichas sobre las cuentas anuales rendidas, que incluyen un resumen de las cuentas anuales y, en su caso, de la opinión financiera y de legalidad de los auditores externos.

Otras entidades relacionadas (entidades participadas por la CAIB con un porcentaje inferior al 20 %):

Aunque no sean objeto del trabajo de fiscalización, el Informe contiene una relación de dichas entidades, a 31 de diciembre de 2013. Se enuncian en el siguiente apartado I.4 «Ámbito subjetivo».

4. ÁMBITO SUBJETIVO

El Informe de la Cuenta General de la CAIB correspondiente al ejercicio 2013 mantiene los criterios de clasificación de los entes del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma seguidos en el Informe correspondiente al ejercicio 2012, al efecto de adaptarlos al contenido de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la CAIB y, en los aspectos que no regule esta Ley, a la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, de aprobación de las normas para la formulación de las cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), publicadas en el BOE núm. 185, de 3 de agosto de 2013.

De acuerdo con los criterios y las definiciones de la Ley 7/2010 y de la Orden HAP/1489/2013, la SCIB ha clasificado las entidades que forman el ámbito subjetivo de este Informe, de acuerdo con las siguientes tipologías:

a) Entidades dependientes (definidas de acuerdo con la Ley 7/2010):

Entidades públicas empresariales: Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI), Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental (ABAQUA), Agencia de Turismo de las Islas Baleares (ATB), Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM), Instituto Balear de la Naturaleza (IBANAT), Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares (IDI), Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales (IBISEC), Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares (EPRTVIB), Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), Puertos de las Islas Baleares y Instituto Balear de la Juventud (IB-Jove).

Sociedades mercantiles: Servicios de Mejora Agraria, SA (SEMILLA), Servicios de Información Territorial de las Islas Baleares, SAU (SITIBSA), Televisión de las Islas Baleares, SA (TVIB, SA), Radio de las Islas Baleares, SA (RIB, SA), Gestión de Emergencias de las Islas Baleares, SAU (GEIBSA), Multimedia de las Islas Baleares, SAU.

Fundaciones: Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares (CSMDIB), Fundación Instituto Socioeducativo s’Estel, Fundación para el Deporte Balear (Illesport hasta el 2012), Fundación Robert Graves, Fundación Teatro Principal de Inca, Fundación para la Escuela Superior de Arte Dramático de las Islas Baleares (ESADIB), Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Islas Baleares, Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares, Fundación de Investigación Sanitaria de las Islas Baleares Ramon Llull, Fundación Santuario de Lluc, Fundación Balear de Innovación y Tecnología (F. BIT).

Consorcios: Centro Baleares Europa (CBE), Consorcio Escuela de Hostelería de las Islas Baleares, Consorcio para la Recuperación de la Fauna de las Islas Baleares (COFIB), Consorcio para la Música de las Islas Baleares “Orquesta Sinfónica de las Islas Baleares Ciudad de Palma”, Instituto de Estudios Baleáricos, Consorcio Agencia de Calidad Universitaria de les Islas Baleares (AQUIB), Consorcio del Museo Joaquim Torrents Lladó, Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares, Consorcio Plan D – Llucmajor, Consorcio Parque de las Estaciones, Consorcio Formentera Desarrollo, Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares, Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias (COFIU), Consorcio Velódromo Palma Arena, Consorcio para el Desarrollo de Actuaciones de Mejora y Construcción de Infraestructuras en el Territorio de la Entidad Local Menor de Palmanyola, Consorcio para la Mejora de las Infraestructuras Turísticas y el Fomento de la Desestacionalización de la Oferta Turística de la Isla de Mallorca (Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos), Consorcio de Aguas de las Islas Baleares, Consorcio de Transportes de Mallorca (CTM) y Consorcio para la Protección y Acogida de las Personas Disminuidas Psíquicas profundas de las Islas Baleares (APROP).

La Universidad de las Islas Baleares (UIB), a pesar de ser una entidad dependiente de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, no forma parte del ámbito subjetivo de este Informe, ya que es objeto de un informe específico que elabora anualmente la SCIB.

b) Entidades vinculadas (definidas de acuerdo con la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio): la CAIB participa en su patrimonio o forma parte de sus órganos de gobierno en un porcentaje comprendido entre el 20 % y el 50 %. Son las siguientes:

Sociedades mercantiles: Gestión Urbanística de Baleares, SA (GESTUR), Plantas Disecadas, SA (PLANDISA) y Palacio de Congresos de Palma, SA.

Fundaciones: Fundación Juegos Mundiales Universitarios Palma 1999, Fundación para la Práctica Jurídica, Fundación Museo de Arte Moderno y Contemporáneo de Palma Es Baluard, Fundación Menorquina de la Ópera, Fundación del Museo y Centro Cultural de Formentera, Fundación Cultural Coll Bardolet, Fundación Centro de Innovación para Tecnología Aplicada al Turismo (ITAT).

Consorcios y otros tipos de entidades: Consorcio para la Rehabilitación Integral de Barrios (RIBA), Consorcio Mirall Palma Ensanche, Consorcio Plan Mirall Sa Pobla (Consorcio Local CAIB-Ayuntamiento de Sa Pobla), Consorcio Movilidad para Eivissa, Consorcio Acantilados del Puerto de Maó, Consorcio Urbanístico para la Mejora y Embellecimiento de la Playa de Palma, Consorcio para el Desarrollo Deportivo de Ciutadella, Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Sistema de Observación Costera de las Islas Baleares (SOCIB), Consorcio para la Reconversión Territorial y Paisajística de Determinadas Zonas de la Isla de Eivissa, Consorcio Museo de Arte Moderno y Contemporáneo de Palma, Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad, Consorcio Castillo de San Carlos, Consorcio Ciudad Romana de Pollentia, Consorcio Sierra de Tramontana Patrimonio Mundial, Organización de Productores Pesqueros de Mallorca, Consorcio de Gestión Sociosanitaria de Eivissa, Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación, Fondo Menorquín de Cooperación y Fondo Pitiuso de Cooperación.

c) Otras entidades relacionadas (definidas de acuerdo con la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio) que no se encuentran en ningún grupo anterior y en las que la CAIB participa en su patrimonio o forma parte de sus órganos de gobierno, con menos de un 20 %.

Sociedades mercantiles y agrarias de transformación: ParcBIT Energía y Otros Servicios, SCL, Fruita Bona Hortofrutícola, SAT núm. 9198, Perlanova Artesanía Balear, SA, Esplet, SAT núm. 9543, Mediterránea Print Out, SL, ISBA, Sociedad de Garantía Recíproca (ISBA, SGR).

Fundaciones: Fundación Jardín Botánico de Sóller, Fundación Área de Creación Acústica (ACA), Fundación Enciclopedia de Menorca, Fundación CENATIC (Centre Nacional de Referencia de Aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación), Fundación Cátedra Iberoamericana en la Universidad de las Islas Baleares, Fundación Turística y Cultural de las Islas Baleares (FUNDATUR) y Fundación Teatro del Mar.

Consorcios: Consorcio del Museo Militar de Menorca y Patrimonio Histórico Militar del Puerto de Maó y Cala Sant Esteve, Consorcio Trofeo SAR Princesa Sofia-Mapfre, Consorcio para la Presencia y la Promoción del Alberguismo Juvenil (REAJ), Consorcio CIBER del Área de Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición (COBEROBN) y Consorcio CIBER del Área de Enfermedades Respiratorias (CIBERES).

5. METODOLOGÍA

La metodología aplicada para la fiscalización de los estados financieros y presupuestarios ha consistido en la revisión de los procedimientos administrativos y de control interno; en la realización de pruebas selectivas sobre partidas presupuestarias u operaciones concretas, y en el examen de la documentación justificativa, de los registros y de los antecedentes que se han considerado necesarios en cada circunstancia.

Además, el Área de Gastos de Personal, por lo que respecta a la gestión de la nómina de la Administración general de la CAIB, del personal docente no universitario y del IBSALUT, ha sido objeto de una auditoría de sistemas de información.

6. RENDICIÓN DE CUENTAS

La CAIB ha rendido a la SCIB la Cuenta General del ejercicio 2013 dentro del plazo previsto en los art. 92 del TRLF y 11 de la LSCIB, conforme al Plan de Contabilidad Pública de la CAIB vigente desde el año 1999. Este Plan no está adaptado al nuevo Plan General de Contabilidad Pública, aprobado por el Ministerio de Economía y Hacienda en el año 2010 (Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril).

La Cuenta General de la Comunidad Autónoma está formada, de acuerdo con los art. 92 y 93 del TRLF (según la redacción de la disposición final tercera de la Ley 7/2010, del sector público instrumental de la CAIB), por la Cuenta de la Administración de la CAIB y de sus entidades autónomas, las cuentas anuales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, las cuentas anuales de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares, las cuentas anuales de las entidades públicas empresariales de la CAIB, las cuentas anuales de las sociedades mercantiles públicas que dependen de la CAIB, las cuentas anuales de las fundaciones del sector público autonómico y las cuentas anuales de los consorcios.

La Cuenta General de la CAIB 2013, aprobada por el Consejo de Gobierno del día 1 de agosto de 2014, no incorpora la totalidad de las cuentas anuales de los entes del sector público instrumental que deben formar parte de ella (art. 94.2 TRLF). De acuerdo con los criterios adoptados por la SCIB los siguientes consorcios son entidades dependientes de la CAIB y, por lo tanto, deberían haberse integrado en la Cuenta General: Consorcio para la Música de las Islas Baleares "Orquesta Sinfónica de las Islas Baleares Ciudad de Palma", Consorcio para la Protección y Acogida de las Personas Disminuidas Psíquicas Profundas de las Islas Baleares (APROP), Consorcio Plan D–Llucmajor, Consorcio Formentera Desarrollo y Consorcio Velódromo Palma Arena.

Por otro lado, debemos señalar que la modificación del TRLF introducida por la Ley 7/2010, del sector público instrumental de la CAIB, establece la inclusión de los consorcios en la Cuenta General, aunque la disposición final décima de la Ley 15/2012, de Presupuestos Generales de la CAIB para el año 2013, difiere su inclusión en el ejercicio 2014. A pesar de ello, la Cuenta General CAIB 2012 ha incluido 14 consorcios.

A fecha de cierre de los trabajos para la elaboración del Informe, no han sido remitidas a la SCIB las cuentas anuales correspondientes a 19 de las 94 entidades que constituyen el ámbito subjetivo. De estas 19 entidades que no las han rendido, 1 es independiente (Consorcio Formentera Desarrollo), 10 son vinculadas y las otras 8 son otras entidades relacionadas. En consecuencia, no es posible evaluar el efecto que podría tener la información contenida en las mencionadas cuentas anuales sobre la Cuenta de la Administración de la CAIB.

La relación de entidades, por tipo de información rendida, figura en el anexo I.2 del tomo de anexos.

7. TRÁMITE DE ALEGACIONES

El resultado de las actuaciones practicadas se comunicó al Presidente de la Comunidad Autónoma, para que se pudieran formular las alegaciones y presentar los documentos y los justificantes que se consideraran oportunos, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 del Reglamento de régimen interior de la SCIB.

Las alegaciones formuladas por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se recibieron el día 11 de junio de 2015 y forman parte del presente Informe.

Las alegaciones han sido analizadas y evaluadas, y se ha suprimido o modificado el texto del Informe cuando su contenido ha sido aceptado por la Sindicatura. Cuando no se ha alterado el Informe ni se ha emitido opinión sobre el contenido de las alegaciones, es que éstas o son explicaciones que confirman los hechos y las valoraciones expuestas, o no se han justificado de forma adecuada los criterios o las afirmaciones mantenidas en la alegación, o se trata de supuestos en que se manifiesta la voluntad de subsanar la deficiencia en el futuro.

RECOMENDACIONES

Adoptar las medidas oportunas para que sean incorporadas a la Cuenta general y rendidas en plazo a la SCIB a través del órgano de control interno las cuentas anuales de las empresas, las fundaciones y los consorcios en los que, siendo mayoritaria la participación pública y, dentro de ésta, la participación de la CAIB es la más importante.

Prestar atención para que se remitan las cuentas anuales de todo el resto de entidades que forman parte del sector público instrumental autonómico en el plazo y la forma establecidos por la SCIB.

Adaptar y actualizar el Plan General de Contabilidad Pública de la CAIB aprobado por la Orden del Consejero de Hacienda, Presupuestos, Energía e Innovación Tecnológica, de 20 de diciembre de 1999, a los principios establecidos en el Plan General de Contabilidad Pública aprobado por la Orden 1037/2010 del Ministro de Economía y Hacienda, de 13 de abril de 2010.

II. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, REGLA DE GASTO Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA

1 MARCO GENERAL

Según el artículo 16 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, una vez aprobados, por el Gobierno del Estado, los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de administraciones públicas, el Ministerio competente debe formular una propuesta de objetivos de estabilidad presupuestaria i de deuda pública individual para cada una de las Comunidades Autónomas, que debe ser aprobada por el Gobierno de las IB, con el informe previo del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF).

El artículo 17 atribuye a la Administración General del Estado la elaboración de un informe sobre el grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto del ejercicio inmediatamente anterior. El 11 de abril y el 24 de octubre de 2014 el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas aprueba el informe provisional y el definitivo, respectivamente, del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto correspondiente al ejercicio 2013.

2. GRADO DE CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA

En cumplimiento del art. 16 de la LOEPSF, en el Consejo de Ministros de 30 de agosto se fijan los objetivos individuales de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para cada una de las comunidades autónomas de régimen común. En cuanto al caso particular de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, el objetivo individual de estabilidad presupuestaria es del 1,47 % del PIB regional. El informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de 24 de octubre de 2014, sobre el grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto del ejercicio 2013, determina que el déficit de la CAIB en el año 2013, calculado de acuerdo con la nueva metodología del SEC-2010, pasa a ser del 1,21 % del PIB regional (324 millones de euros en términos absolutos).

La Comunidad Autónoma cumple, por tanto, el objetivo de estabilidad presupuestaria en el año 2013.

3. GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LA REGLA DE GASTO

El ejercicio 2013 es el primero en el que se establece el cumplimiento de la regla de gasto para los subsectores de las administraciones públicas, con la excepción del fondo de la Seguridad Social.

La tasa de referencia de crecimiento del PIB a medio plazo de la economía española para el 2013, calculada por el Ministerio de Economía y Competitividad (de acuerdo con la metodología utilizada por la Comisión Europea), es del 1,7 %; esta es la variación máxima de gasto computable a efectos de verificar el cumplimiento de la regla de gasto para este ejercicio.

Según el informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de 24 de octubre de 2014, la regla de gasto se cumple en todos los subsectores de la Administración Pública. Según este informe la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares cumple la regla de gasto, ya que la tasa de variación del gasto del 2013 (3.783 millones de euros) respecto de la del 2012 (3.990 millones de euros) es del -5,2 %.

4. GRADO DE CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE DEUDA PÚBLICA

Según los datos del Banco de España, la deuda de la CAIB, a 31 de diciembre de 2013, en términos SEC-2010, es de 6.884 millones de euros, que representan el 25,8 % del PIB regional, con una desviación de 0,6 puntos porcentuales por debajo del límite máximo del 26,4 %.

La CAIB cumple, por tanto, el objetivo de deuda pública.

Los 6.884 millones de euros de deuda de la CAIB, a 31 de diciembre de 2013, según los datos del Banco de España no incluyen las operaciones de carácter comercial por esta institución, que son: los contratos de cesión de derechos de crédito, por un importe de 399.497 miles de euros; las operaciones de gestión de pagos (confirming), por un importe de 5.986 miles de euros, y las operaciones de arrendamiento financiero, por un importe de 5.342 miles de euros.

Así, a 31 de diciembre de 2013, la deuda total de la CAIB, teniendo en cuenta las operaciones comerciales que no computan según los datos del Banco de España, es de 7.295 millones de euros. Debemos tener en cuenta que este importe no incluye el endeudamiento de las entidades del sector público instrumental de la CAIB que no computan déficit en el año 2013, según los criterios del SEC-2010.

Por otro lado, y en aplicación del art. 21 de la misma norma, la CAIB presenta el Plan Económico-financiero 2013 (PEF), considerado idóneo por el Acuerdo 9/2013, de 31 de julio, del Consejo de Política Fiscal y Financiera. A partir de este momento, no es necesaria la autorización previa del Estado para concertar operaciones de endeudamiento a corto plazo en los términos previstos por la normativa vigente.

En cuanto a la programación anual de endeudamiento, debemos mencionar que el Programa anual de endeudamiento (PAE), como se conocía en ejercicios anteriores, mediante acuerdo entre la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos y la CAIB, pasa a formar parte de los planes económico-financieros que la Comunidad Autónoma deberá presentar, en su caso, a partir del ejercicio 2013.

III. PRESUPUESTO CONSOLIDADO Y EJECUCIÓN

El art. 39 del Texto Refundido de la Ley de Finanzas de la CAIB (TRLF) prevé que debe adjuntarse al Anteproyecto de la Ley de Presupuestos Generales de cada año, entre otros, un estado consolidado de los anteproyectos de presupuestos de la Administración General de la CAIB, del IBSALUT, de la ATIB, de las entidades públicas empresariales, de las sociedades mercantiles públicas, de las fundaciones del sector público y de los consorcios. A pesar de esto, la disposición adicional décima de la Ley 15/2012, de presupuestos Generales de la CAIB para el ejercicio 2013, establece, en relación con los consorcios, que lo dispuesto en el TRLF no debe aplicar hasta el ejercicio presupuestario 2014.

En la documentación complementaria de los PGCAIB del 2013 se incluye un estado consolidado de los presupuestos de los capítulos 1-7, aunque la Cuenta General de la CAIB 2013 no elabora una consolidación de la ejecución del presupuesto. Sobre esta base, la Sindicatura de Cuentas elabora una liquidación consolidada, tomando los datos de los presupuestos liquidados que constan en la Cuenta General de la CAIB y la información rendida por las entidades. Los gastos de las empresas públicas y fundaciones representan el 12 % del total del gasto consolidado (15 % el año pasado).

La necesidad de financiación, a 31 de diciembre de 2013, en virtud de la consolidación efectuada por la SCIB, es de 285.337 miles de euros.

La comparación de la liquidación presupuestaria consolidada del ejercicio 2013 con la del 2012 pone de manifiesto que las variaciones más significativas se producen en el capítulo 1 «Impuestos directos» y el capítulo 2 «Impuestos indirectos», con una reducción de 258.624 miles de euros y 405.464 miles de euros (23,6 % y 18,51 %), respectivamente; en el capítulo 4 «Transferencias corrientes», con una reducción de 562.617 miles de euros (un 103,1 %), y en el capítulo 9 «Pasivos financieros», con una reducción de 393.483 miles de euros (23,49 %).

En cuanto a la liquidación de los gastos, las variaciones más significativas se producen en el IBSALUT, y en las entidades dependientes que se han integrado en él con efectos de 1 de enero de 2013, por lo que corresponde al capítulo 2 «Gasto corriente en bienes y servicios». En conjunto, se ha producido un descenso en este capítulo de 288.840 miles de euros, derivado en parte del hecho de que en el año 2012 se habían imputado al presupuesto gastos devengados en ejercicios anteriores por importe de 254.462 miles de euros. En el capítulo 4 «Transferencias corrientes», el descenso se produce principalmente en la liquidación del presupuesto de la Administración de la CAIB. En el capítulo 8 «Activos financieros», el descenso es debido, principalmente, al hecho de que durante el ejercicio 2013 no se han liquidado, mediante el presupuesto, los mecanismos extraordinarios de pago a proveedores.

IV. ADMINISTRACIÓN GENERAL

1. OPINIÓN FINANCIERA Y DE LEGALIDAD

Alcance

1. La Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares ha fiscalizado la Cuenta General de la Administración de la CAIB y de sus entidades autónomas, la cual comprende el estado de liquidación del presupuesto y el resultado del ejercicio 2013, el balance del ejercicio, la cuenta del resultado económico-patrimonial y la memoria. La Intervención General de la CAIB es responsable de la formación de la Cuenta (de acuerdo con el marco normativo de información financiera de aplicación y que se indica en el apartado I.2 de este Informe), que ha sido aprobada por el Consejo de Gobierno, en sesión de día 1 de agosto de 2014. Excepto por las limitaciones mencionadas en los párrafos 2-8 siguientes, el trabajo de fiscalización se ha efectuado de acuerdo con los objetivos y el alcance que se mencionan en el apartado I.3 de este Informe.

Limitaciones al alcance

2. La CAIB no consolida el estado de liquidación del presupuesto y del resultado del ejercicio, el balance y la cuenta del resultado económico-patrimonial de la Cuenta de la Administración de la CAIB con las cuentas anuales de las entidades que forman parte de su perímetro de consolidación. A pesar de que la normativa vigente no exige la presentación de los estados consolidados, esta información es muy relevante por los efectos que puede tener en la Cuenta de la Administración General de la CAIB.

3. A la fecha del cierre de los trabajos para la elaboración del Informe, no han sido remitidas a la SCIB las cuentas anuales correspondientes a 19 de las 94 entidades que constituyen su ámbito subjetivo. De estas 19 entidades que no han rendido, 1 es dependiente, 10 son vinculadas y las otras 8 son otras entidades relacionadas. En consecuencia, no es posible evaluar el efecto que podría tener la información contenida en las cuentas anuales mencionadas sobre la Cuenta de la Administración de la CAIB.

4. No se ha obtenido respuesta de las entidades financieras para confirmar la deuda pendiente de 9 préstamos para FFPP y 2 préstamos del FLA que, a 31 de diciembre de 2013 y según datos contables y cuadros de amortización de los contratos subscritos, ascienden a 394.911 miles de euros y 1.517.975 miles de euros, respectivamente. Por otro lado, no se han recibido las respuestas a la circularización bancaria de las siguientes entidades: Deutsche Bank y DKV Deutsche Frankenversocherung AG.

5. De acuerdo con la normativa contable (Orden EHA/3362/2010, de 23 de diciembre, de aprobación de las Normas de adaptación al Plan General de Contabilidad de las empresas concesionarias de infraestructuras públicas), el activo deberá estar contabilizado por el sujeto que disponga de su control, con independencia de la propiedad. En este sentido, la CAIB controla los activos derivados de los contratos de las concesiones de explotación de las obras de desdoblamiento de la carretera Eivissa-Sant Antoni y del nuevo acceso al aeropuerto de Eivissa y, por tanto, el coste de las infraestructuras debería figurar en el activo del balance de situación y su financiación debería figurar en el pasivo. La SCIB no dispone de los datos necesarios para la cuantificación del coste del activo y de la financiación que se debería registrar.

6. De acuerdo con la información remitida por la Abogacía de la CAIB, existen riesgos por litigios pendientes de sentencia firme en concepto de responsabilidad patrimonial y de otros, por importe de 409.076 miles de euros. Los importes a los que deberá hacer frente la CAIB en el futuro, como consecuencia de estos litigios, son de difícil cuantificación objetiva. Aunque pueden resultar significativos para la Comunidad Autónoma, no se ha dotado ninguna provisión.

7. En cuanto a la circularización realizada en el área de acreedores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de los saldos de 14 de los 55 acreedores circularizados, por un importe total de 11.455 miles de euros, que representa el 21,8 % del saldo circularizado, y no se ha podido verificar la razonabilidad de los mencionados saldos mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos.

8. Para el cálculo del resultado presupuestario, la Administración de la CAIB no realiza ningún tipo de ajuste en lo que se refiere a gastos financiados con remanente de tesorería, ni a desviaciones de financiación, positivas o negativas, por lo que se refiere a financiación a gastos con financiación afectada. La financiación afectada no es objeto de seguimiento por la Administración General de la Comunidad Autónoma, por lo que no se puede determinar cuál es el remanente de tesorería afectado a la cobertura de gastos concretos, ni tampoco cuál es el remanente incondicionado de libre disposición. La memoria de la Cuenta General de 2013 no contiene ningún epígrafe con la información requerida sobre los gastos con financiación afectada.

Salvedades con efecto presupuestario

9. El artículo núm. 31 de la Ley Orgánica 2/2012 dispone que el Estado, las comunidades autónomas y las corporaciones locales incluirán en sus presupuestos una dotación diferenciada de créditos, con el título de fondos de contingencia, que se destinará a atender necesidades de carácter no discrecional y no previstos en los presupuestos inicialmente aprobados, que se puedan presentar durante el ejercicio presupuestario. Además, este fondo tiene por objeto preservar el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria e impedir que la tramitación de estas modificaciones presupuestarias provoque desviaciones entre las cifras totales de ingresos y gastos del presupuesto. El Fondo de contingencia solamente ha podido cubrir 2.180 miles de euros, un 3,39 % del total de ampliaciones de crédito y un 0 % de las incorporaciones aprobadas en 2013.

10. La generación de crédito núm. 1600005304, por el importe de 3.137 miles de euros, incumple el principio presupuestario de anualidad que figura en el artículo 5.1.a) del TRLF.

11. La totalidad de las incorporaciones de crédito, 106.785 miles de euros, se financian, de acuerdo con los art. 6 y 8 del Decreto 75/2004, con cargo al remanente íntegro de tesorería, aspecto permitido por el TRLF, visto su carácter finalista. A pesar de ello, la aprobación de estos expedientes incrementa el volumen de obligaciones que pueden ser imputadas al ejercicio 2013, sin disponer de ningún nuevo recurso concreto que pueda afectar a su financiación, lo que produce, por lo tanto, una desviación negativa en el cálculo del resultado del ejercicio. En este sentido, la Intervención General señala la conveniencia de utilizar la facultad que otorga el art. 59 del TRLF de declarar indisponibles los créditos del presupuesto de gastos que se determinen.

Salvedades con efecto patrimonial

12. La Comunidad Autónoma no refleja en el pasivo del balance de situación deudas con sus empresas públicas, por un importe de 500.059 miles de euros, que éstas sí que reconocen en su activo como derechos de cobro respecto de la CAIB. Un importe de 490.809 miles de euros corresponden a compromisos que la CAIB tiene formalizados mediante expedientes de gasto plurianual.

13. La CAIB no ha contabilizado la ampliación del plazo para el reintegro de las liquidaciones negativas del sistema de financiación correspondientes a 2008 y 2009, que establece la disposición adicional trigésimo sexta de la Ley 2/2012 de PGE. En consecuencia, se debe incrementar la deuda a largo plazo (74.568 miles de euros) en contrapartida a los resultados del ejercicio y a los resultados de ejercicios anteriores.

14. La CAIB ha reconocido un total de 368.250 miles de euros en el epígrafe «Deudas con entidades de crédito», derivadas de los bienes y los servicios ya devengados con pagos a cargo de ejercicios futuros. De la revisión de su composición, se ha comprobado que se trata de diversos compromisos de pagos plurianuales con entidades públicas de la CAIB, entidades locales, Obispado y otros. La totalidad del saldo se debería haber clasificado en «Otras deudas» y no en «Deudas con entidades de crédito», por un importe de 314.889 miles de euros a largo plazo y 53.361 miles de euros a corto plazo.

Salvedades con efecto presupuestario y patrimonial

15. El remanente de tesorería está condicionado, como mínimo, por el tratamiento dado a los anticipos concedidos a los consejos insulares para los años 2009, 2010 y 2011 a cuenta del Fondo Interinsular de Financiación de servicios (o del fondo que lo sustituya, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2014, de 17 de junio, del sistema de financiación definitivo de los consejos insulares), por importe de 121.000 miles de euros. Si se hubieran imputado al presupuesto de gastos los anticipos a los consejos insulares, el remanente de tesorería ajustado pasaría a ser negativo por importe de 1.007.086 miles de euros.

Opinión

16. Excepto por los efectos de los ajustes que podrían haberse considerado necesarios si se hubieran podido completar los procedimientos descritos en los párrafos 2-8 anteriores, y salvo por los efectos de las excepciones descritas en los párrafos 9-15 anteriores, la Cuenta de la Administración de la CAIB presenta, en general, la información de acuerdo con los principios contables y la normativa legal de aplicación.

Con independencia de lo que se indica en los párrafos anteriores, es necesario resaltar las incidencias detalladas en cada uno de los siguientes apartados del Informe, incidencias que, por otro lado, deben ser tenidas en cuenta y, en su caso, corregidas por los órganos responsables.

2. PRESUPUESTO INICIAL Y MODIFICACIONES

Los presupuestos iniciales para el ejercicio 2013 ascienden a 3.574.247 miles de euros (3.530.899 miles de euros para la Administración General y 43.347 miles de euros para las entidades autónomas), lo que supone un decremento del 2,74 % sobre el inicial del año 2012.

Para su financiación, están previstos ingresos por un importe de 2.862.673 miles de euros y un endeudamiento a largo plazo de 711.574 miles de euros.

El escenario presupuestario inicial se completa con los siete apartados de créditos ampliables recogidos en la Ley de Presupuestos Generales de la CAIB para el ejercicio 2013. Durante el ejercicio 2013, se ha producido la revocación del carácter ampliable de las partidas de la sección «34. Deuda pública», mediante resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos de 31 de octubre de 2013. Es necesario mencionar que se han tramitado 24 expedientes de ampliaciones de crédito, por un importe de 64.322 miles de euros, de los que 2.180 miles de euros se han financiado mediante la aplicación del Fondo de contingencia.

Durante el ejercicio fiscalizado, se han tramitado 317 expedientes de modificación de créditos que han incrementado los créditos iniciales en 201.287 miles de euros (un 5,63 %), y que han dado como resultado un crédito definitivo de 3.775.534 miles de euros (5.976.755 miles de euros en el ejercicio 2012). Entre estos expedientes, es necesario destacar que todos los de incorporación de créditos corresponden a la incorporación de remanentes de crédito de fondos finalistas. De los 106.785 euros incorporados en el ejercicio 2013, 92.991 miles de euros corresponden al fondo finalista «31201. Inversiones estatutarias». El nivel de ejecución de los gastos asociados a estas inversiones es de un 24,93 % (23.671 miles de euros). El expediente más significativo, por importe de 55.656 miles de euros, ya figuraba en el Informe de 2012 y corresponde a los convenios estatutarios firmados por la CAIB con el Consorcio de la Playa de Palma y con los Consejos Insulares de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera.

Las modificaciones de crédito se han financiado con recursos propios (12.930 miles de euros), aportaciones públicas (19.430 miles de euros) y remanente de tesorería (168.928 miles de euros).

Se han analizado 65 expedientes de modificación de crédito, por un valor absoluto de 275.483 miles de euros, lo que supone un grado de cobertura del 88,41 %. 

Incidencias

El artículo núm. 31 de la Ley Orgánica 2/2012 establece que «el Estado, las Comunidades Autónomas y las corporaciones locales incluirán en sus presupuestos una dotación diferenciada de créditos, con el título de Fondos de contingencia, que se destinará a atender necesidades de carácter no discrecional y no previstas en los presupuestos inicialmente aprobados, que se puedan presentar durante el ejercicio presupuestario», y tiene por objeto preservar el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria, impidiendo que la tramitación de estas modificaciones presupuestarias provoque desviaciones entre las cifras totales de ingresos y gastos del presupuesto. El Fondo de contingencia solo ha podido cubrir 2.180 miles de euros, un 3,39 % del total de ampliaciones de crédito y un 0 % de las incorporaciones aprobadas en 2013.

La totalidad de las incorporaciones de crédito, 106.785 miles de euros, se financian, de acuerdo con el art. 6 y en relación con el art. 8 del Decreto 75/2004, con cargo al remanente íntegro de tesorería, aspecto permitido por el TRLF, visto su carácter finalista. A pesar de ello, la aprobación de estos expedientes incrementa el volumen de obligaciones que pueden ser imputadas al ejercicio 2013, sin disponer de ningún nuevo recurso concreto que se pueda afectar a su financiación, lo que produce, por tanto, una desviación negativa en el cálculo del resultado del ejercicio. En este sentido, la Intervención General señala la conveniencia de utilizar la facultad que otorga el art. 59 del TRLF de declarar indisponibles los créditos del presupuesto de gastos que se determinen.

El Consejo de Gobierno de 7 de marzo de 2014 autoriza la firma del Convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Palma para compensar los costes derivados de la Ley de capitalidad correspondientes a los años 2011, 2012 y 2013, que, finalmente, se firmó el 16 de abril de 2014 y establece que la contabilización se realice con efectos contables de 31 de diciembre de 2013. Visto el mencionado Acuerdo, el 20 de marzo de 2014 inicia su tramitación el expediente de generación de crédito núm. 1600005304, por importe de 3.137 miles de euros, con el objeto de habilitar crédito por importe de 3.137 miles de euros para financiar parte de las inversiones correspondientes al ejercicio 2013 derivadas del artículo 142.a) de la Ley de Capitalidad de Palma de Mallorca. En este expediente se han detectado las siguientes anomalías:

  • Incumplimiento del principio presupuestario de anualidad que figura en el art. 5.1.a del TRLF.
  • Se está generando crédito sobre una partida que previamente ya ha reconocido el ingreso. Visto que el derecho se reconoció contablemente el 01/08/13, por importe de 3.137 miles de euros, esta previsión no figuraba en el presupuesto inicial de ingresos.
  • Mediante esta modificación se pretende compensar el cobro al Ayuntamiento de Palma del subarrendamiento del parque de bomberos, con el pago derivado del crédito generado. Sin perjuicio de que el ingreso que permite generar el crédito es el derivado de la propia liquidación del alquiler del parque de bomberos, y que ya había sido reconocido el 01/08/13, la compensación de pagos exige que se trate de créditos recíprocos, líquidos y exigibles. La transferencia de capital al Ayuntamiento de Palma no cumple con los mencionados requisitos, visto que las inversiones a ejecutar no han sido definidas por el Consejo de Capitalidad y, en consecuencia, no procede su tramitación como obligaciones reconocidas.

El crédito generado mediante el expediente núm. 1300003206, por importe de 1.512 miles de euros, se distribuye en 10 partidas de gasto diferentes, sin que figure en ningún documento del expediente la motivación de los criterios en que se basa la imputación diferenciada de los gastos.

El expediente de incorporación de crédito núm. 1300021805, aprobado el 18 de diciembre de 2013, por importe de 3.165 miles de euros, incluye 204 miles de euros que se ejecutaron en 2012 y 81 miles de euros que han sido ejecutados en el ejercicio 2013, ambos pendientes de reconocer contablemente. Al cierre del ejercicio continúa sin figurar ningún reconocimiento de obligación en la partida presupuestaria, cuando al menos deberían constar en él por valor de 285 miles de euros.

Los expedientes de modificación núm. 1300010610 y núm. 1300016055, que afectan a la partida presupuestaria G/541A01/62200/11 y FF31108, han incorporado crédito por un valor total de 4.453 miles de euros, correspondientes a la financiación del contrato de obras del Complejo Balear de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (edificio R+D+I) ubicado en el Parc Bit, y que está financiado por el FEDER al 50 %. Este proyecto también se encuentra incluido en el fondo finalista «31201. Inversiones estatutarias», por valor de 7.900 miles de euros, y no se hace referencia a este hecho en la memoria de los expedientes de modificación. De la documentación de que dispone la SCIB se puede deducir la existencia de una financiación externa superior al 100 % de la obra entre los fondos FEDER y las inversiones estatutarias.

RECOMENDACIONES

Elaborar unos presupuestos iniciales suficientes y ajustados a las necesidades reales de gasto de manera que no se produzcan modificaciones de créditos de carácter recurrente durante diversos ejercicios.

Asegurarse de que todos los créditos que se amplían, los que se generan y los que se incorporan tienen la cobertura económica necesaria para su financiación.

3. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

A. EJECUCIÓN DE INGRESOS

Sobre unas previsiones definitivas de 3.775.534 miles de euros, se han reconocido derechos por un total de 3.986.656 miles de euros, lo que supone un nivel de ejecución del 105,59 %, porcentaje superior al del ejercicio 2012, que fue del 94,01 %.

En 2013, mediante la Instrucción 1/2013 de 18 de marzo, dictada por el Viceinterventor General y el Director General de Presupuestos y Financiación, se modifica la manera de contabilizar el Fondo de Suficiencia y el Fondo de garantía de los servicios públicos fundamentales incluidos en el sistema de financiación autonómico. Esta modificación afecta de forma significativa al volumen del presupuesto de ingresos y gastos, visto que tanto los importes del ejercicio en curso como los derivados de la liquidación definitiva del ejercicio correspondiente se contabilizan a partir de 2013 como devolución de ingresos del capítulo 4.

Entre las variaciones más significativas por capítulos entre los ejercicios 2013 y 2012, es necesario destacar las siguientes:

En primer lugar, la reducción de los derechos reconocidos en el subconcepto «10000. Impuesto sobre la renta de las personas físicas» por el importe de 302.527 miles de euros, consecuencia de la diferencia en la liquidación definitiva del sistema de financiación autonómico de 2011 (que se contabiliza en 2013) respecto de la de 2010 (que se contabiliza en 2012). Esta disminución ha quedado parcialmente compensada por la supresión de la bonificación autonómica del 100 % del impuesto de patrimonio, regulada en la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, que ha implicado un aumento de 44.770 miles de euros en el subconcepto «11100. Impuesto extraordinario sobre el patrimonio de las personas físicas».

Además, en el capítulo 2 «Impuestos indirectos» se produce un decremento de los derechos reconocidos de 405.464 miles de euros, motivado básicamente por el decremento en el art. «21. Sobre el valor añadido», por el importe de 358.907 miles de euros; y el decremento en el art. «22. Sobre consumos específicos», por el importe de 83.542 miles de euros.

En cuanto al capítulo 4 «Transferencias corrientes», se han reducido los derechos reconocidos netos del concepto «400. Transferencias corrientes de la Administración General del Estado» en 575.982 miles de euros (-122,9 %) respecto del ejercicio 2012, ya que el ejercicio 2013 ha sido el primer año en que los ajustes negativos a efectuar en aplicación del Fondo de garantía y del Fondo de suficiencia se han presupuestado y reconocido directamente en el presupuesto de ingresos.

Finalmente, en el capítulo 9 «Pasivos financieros» se produce una reducción de 400.611 miles de euros (un 24,01 %) en los derechos reconocidos. Los derechos reconocidos netos de 2013 derivan de las operaciones concertadas mediante el Fondo de Liquidación Autonómico, por el importe de 1.046.306 miles de euros; el Fondo de Financiación de pago a proveedores, por importe de 155.202 miles de euros, y a operaciones concertadas con entidades de crédito, por el importe de 66.666 miles de euros.

La financiación, por tipología de recursos y en términos de derechos reconocidos netos, es la siguiente: recursos percibidos incondicionados, 2.506.777 miles de euros; recursos percibidos condicionados, 135.267 miles de euros, y recursos propios, 1.344.612 miles de euros. Todo ello suma un total de 3.986.656 miles de euros.

El importe total de los tributos incluidos en el sistema de financiación es de 2.001715 miles de euros, mientras que, en el ejercicio anterior, este importe fue de 1.968.698 miles de euros.

El resultado final neto de la liquidación definitiva del sistema de financiación autonómico 2011 es positivo en 527.247 miles de euros.

La recaudación líquida ha sido de 3.917.955 miles de euros, que suponen un 98,28 % de los derechos reconocidos.

Incidencias

De acuerdo con los principios contables públicos, el reconocimiento del derecho debe realizarse cuando se produzca el incremento del activo. No obstante, en la cuenta «55400105. IPA ingresos directos» figuran registrados 13.126 miles de euros derivados de diversas transferencias recibidas y no aplicadas al presupuesto, con el objeto de generar crédito en el siguiente ejercicio.

En estos 13.126 miles de euros, figuran 7.900 miles correspondientes a la aportación finalista derivada de las inversiones estatutarias para financiar el Complejo Balear de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (Edificio R+D+I), que ya se desaplicaron en ejercicios anteriores (2010 y 2012) y se han aplicado y vuelto a desaplicar en 2013. Además, en 2013, se han contraído directamente en el presupuesto de ingresos sin haber efectuado ninguna modificación para habilitar crédito en el presupuesto de gastos, hecho que no permite la ejecución de la obra en el ejercicio.

En base a la regulación que figura en el art. 64.3 del Decreto 75/2004, la CAIB minora del subconcepto «39100. Recargo de apremio» 2.039 miles de euros, correspondientes al coste del servicio de recaudación en vía ejecutiva de la zona 1 de los ejercicios 2011, 2012 y 2013 (hasta el 31 de octubre). Esta práctica vulnera el principio contable de no compensación de ingresos y gastos.

B. EJECUCIÓN DE GASTOS

Sobre un crédito definitivo de 3.775.534 miles de euros, se han reconocido obligaciones por un total de 3.579.917 miles de euros, lo que supone un nivel de ejecución del 94,82 %, porcentaje parecido al del ejercicio 2012, que fue del 94,17 %.

De la comparación de los datos de los ejercicios 2013 y 2012 se desprende que el presupuesto ejecutado disminuye en 2.048.403 miles de euros (36,39 %). Una parte significativa de esta reducción es consecuencia de la nueva forma de recoger contablemente los ajustes del Fondo de garantía y del Fondo de suficiencia, que, a partir de 2013, no se reflejan en el presupuesto de gastos, sino que figuran directamente como devolución de ingresos.

Es necesario destacar la reducción del capítulo 1 «Gastos de personal» en 1.418 miles de euros respecto al ejercicio anterior, aunque en el año 2013 se ha recuperado la paga extra que fue suprimida en 2012. Por otro lado, el capítulo 4 «Transferencias corrientes» se ha reducido en 1.910.912 miles de euros (51,63 %) como consecuencia de la modificación en la forma de contabilizar el sistema de financiación, regulada en la Instrucción 1/2013, de 18 de marzo, de la Intervención General de la CAIB.

Finalmente, es necesario señalar que los capítulos 3 y 9 se han mantenido prácticamente en los mismos niveles que en el 2012. Así el capítulo 3 «Gastos financieros» ha aumentado en 2.010 miles de euros (0,90 %). Esta estabilidad en el volumen de gasto es consecuencia del equilibrio entre la reducción del coste de la financiación y el aumento significativo en el volumen de la deuda, derivado de los mecanismos extraordinarios de financiación instrumentados en el año 2013 (FLA y segunda y tercera fase (tramo I) del MPP), mientras que el volumen de deuda a devolver, recogido en el capítulo 9 de gastos, únicamente ha aumentado un 0,95 % (4.556 miles de euros).

La gestión de la nómina del personal de la Administración General de la CAIB y del personal docente no universitario ha sido objeto de una auditoría de sistemas de información por parte de la SCIB, en la que se ha verificado la integridad de la información contable asociada a los gastos de personal, mediante un proceso de tratamiento masivo de datos. En la auditoría no han surgido incidencias significativas en el ámbito de la fiscalización de la Cuenta de la Administración General de la CAIB correspondiente al ejercicio 2013. Se han elaborado los diferentes cuadros que figuran en el Informe sobre la distribución de la media de personal tanto de la Administración General como del personal docente no universitario adscrito a los centros públicos de la Consejería de Educación, también consta el número total de perceptores clasificados por tramos de sueldo bruto (excluyendo el coste de Seguridad Social a cargo de la CAIB).

En cuanto a la clasificación funcional, es necesario destacar que el 54,44 % del total de las obligaciones reconocidas se reparten entre las funciones «41.Sanidad» (33,64 %) y «42. Educación» (20,81 %). En cuanto a los datos de 2012 (31,66 % y 13,45 %, respectivamente), se produce un aumento de los porcentajes en las funciones de sanidad y educación. Sin embargo, los porcentajes de 2012 están desvirtuados como consecuencia de la aplicación presupuestaria del mecanismo de pago a proveedores.

Los pagos realizados han ascendido a 2.743.648 miles de euros, que suponen un 76,64 % de los créditos ordenados, porcentaje inferior al del ejercicio 2012, que fue del 84,07 %. Este bajo nivel de pagos es consecuencia, entre otros, del hecho que 354.650 miles de euros de obligaciones reconocidas (un 9,91 % de las OP del ejercicio 2013) se han contabilizado dentro de los primeros meses de 2014 y, por lo tanto, están pendientes de pago al cierre del ejercicio 2013.

De las obligaciones reconocidas en los capítulos 2, 4, 6 y 7, se ha seleccionado una muestra de 20 expedientes administrativos de gasto. A partir de la fiscalización de la mencionada muestra, se han detectado las incidencias que se detallan en el apartado correspondiente.

Incidencias

La CAIB ha informado a la SCIB de la existencia de gastos devengados durante el ejercicio 2013, en concepto de convenios o subvenciones, por importe de 7.819 miles de euros, de los que se ha diferido la imputación al presupuesto del ejercicio 2014. De esta cantidad, la parte más significativa corresponde al SOIB, por un importe de 7.050 miles de euros.

Los importes de las obligaciones reconocidas por las anualidades de las concesiones de explotación derivadas de las obras de desdoblamiento de la carretera Eivissa-Sant Antoni y del nuevo acceso al aeropuerto de Eivissa han sido de 13.300 y 8.452 miles de euros, respectivamente, y han sido imputados al capítulo 6 del presupuesto de gastos. Vista la naturaleza de los contratos de concesión, estos importes deberían haberse registrado en el capítulo 2 como gasto corriente.

En los capítulos 6 y 7 del presupuesto de gastos se registran los pagos realizados a los consejos insulares, a las entidades locales y a empresas públicas derivados de los convenios de financiación de obras, financiadas mediante operaciones de cesión de crédito. En cuanto a los importes pagados, correspondientes a la carga financiera de la operación de endeudamiento concertado, deberían imputarse al capítulo 3 del presupuesto de gastos; esto solamente se lleva a cabo en los contratos de cesión de crédito firmados para la financiación de las obras de institutos y escuelas públicas, mientras que la carga financiera correspondiente a cesiones de créditos formalizadas para la financiación de otro tipo de obras se registra en los capítulos 4 y 7 del presupuesto.

El importe de 19.118 miles de euros, correspondiente a la ejecución de la sentencia judicial firme a favor de Playas de Mallorca, S.L., ha sido imputado al capítulo 6 del presupuesto de gastos. Al tratarse de una indemnización, se debería haber registrado en el subconcepto «226. Gastos diversos» un importe de 13.534 miles de euros y en el subconcepto «352. Intereses de demora» un importe de 5.584 miles de euros.

En la revisión de los 20 expedientes de gasto que integran la muestra, se han detectado las siguientes incidencias:

  • En los expedientes núm. CONTB/2013/1300004194 y núm. CONTB/2013/1300023121, el informe de fiscalización previa está sin firmar.
  • En el expediente núm. CONTB/2013/1200006675, se transfiere crédito a la ATB, por importe de 100 miles de euros, en una AD de 1.300 miles de euros, con el objeto de financiar el Proyecto de escaparate virtual. El mencionado proyecto forma parte del Convenio núm. 21 firmado con el Estado para financiar inversiones estatutarias y el crédito de este convenio ya se había transferido íntegramente a la mencionada entidad en el ejercicio 2011.
  • En el expediente núm. CONTB/2013/1600004893, derivado de la ejecución del Convenio de carreteras con el CIME, la anualidad correspondiente a 2013 no se presupuestó conforme a la adenda del convenio vigente, por importe de 2.950 miles de euros, sino por un importe de 1.622 miles de euros. El mes de octubre de 2013 se firmó una nueva adenda en la que se modifica la anualidad del convenio correspondiente a 2013 para adecuarla a la cantidad previamente presupuestada.
  • En el expediente núm. CONTB/2013/1300021031 no consta el informe de 7 de febrero de 2014, mencionado en el documento contable ADOP.
  • En los expedientes núm. CONTB/2013/1800004562, núm. CONTB/2013/310000282 y núm. CONTB/2013/1800009551 se incumple el plazo de pago establecido en el art. 222.4 del TRLCSP, de acuerdo con la nueva redacción de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de ocupación.
  • En el expediente núm. CONTB/2013/1300004194 se incumple el plazo de pago establecido en el art. 216.4 del TRLCSP, modificado por el punto. 1 de la disposición final séptima de la Ley 11/2013, de 26 de julio.

RECOMENDACIONES

Realizar las anotaciones contables pertinentes, de acuerdo con los principios presupuestarios, para corregir las incidencias expuestas en los apartados anteriores y procurar su detección y rectificación en ejercicios posteriores.

4. ENDEUDAMIENTO, GASTOS PLURIANUALES Y AVALES CONCEDIDOS

1. ENDEUDAMIENTO

Al cierre del ejercicio 2013, el endeudamiento vivo de la Administración de la CAIB es de 5.346.082 miles de euros, lo que supone un incremento del 17,60 % respecto al ejercicio anterior.

Mediante el RDL 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y de la creación de ocupación, se aprueba la segunda fase del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales y las comunidades autónomas. Al amparo de esta normativa, la CAIB firma tres operaciones con entidades de crédito, por un importe total de 38.295 miles de euros. Posteriormente firma dos contratos de préstamo en el marco del tramo I de la tercera fase del mencionado mecanismo, con un total pendiente de pago, a 31 de diciembre de 2013, de 116.912 miles de euros.

El Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) posibilita la firma de un contrato con el ICO por un máximo a disponer de 1.054.482 miles de euros. A 31 de diciembre de 2013, el importe subscrito es de 1.046.306 miles de euros.

La estimación de los futuros vencimientos del endeudamiento a largo plazo de la CAIB es de 6.691.060 miles de euros, de los que 5.346.082 miles de euros corresponden a amortizaciones y 1.344.978 miles de euros, a intereses. Por otro lado, en el año 2013, tiene concertadas operaciones a corto plazo para cubrir necesidades transitorias de tesorería, por un importe límite de 484.522 miles de euros (388.500 miles de euros, a 31 de diciembre de 2012). A 31 de diciembre, el importe depositado es de 344.764 miles de euros.

Así el incremento porcentual de la deuda viva de la Comunidad Autónoma en el año 2013 (incluidas las operaciones de tesorería a corto plazo) respecto del año anterior es del 15,40 %.

Los gastos financieros por intereses del endeudamiento han ascendido a 225.927 miles de euros, en el año 2013, mientras que los gastos por comisiones han ascendido a 3.307 miles de euros, y otros gastos por intereses de demora, ejecuciones de sentencias, regularizaciones con proveedores, etc., han ascendido a 11.711 miles de euros.

Incidencias

Las previsiones de vencimientos del endeudamiento tienen puntas muy importantes en los ejercicios que concentran tanto las amortizaciones de principal como los intereses (ejercicios 2014-2020), lo que cuestiona la sostenibilidad económica y presupuestaria de la CAIB, a la vista del volumen de recursos que deben destinarse al servicio de la deuda.

La CAIB tiene clasificados en el epígrafe «III. Acreedores. 2. Otros acreedores no presupuestarios» del pasivo a corto plazo un total de 5.918 miles de euros que corresponden a la financiación del confirming por la entidad financiera, una vez vencidos los plazos de pago a los acreedores. Esta deuda debería clasificarse como deuda con entidades de crédito a corto plazo.

No se ha obtenido respuesta de las entidades financieras para confirmar la deuda pendiente de 9 préstamos para FP y 2 préstamos del FLA, que, a 31 de diciembre de 2013 y según datos contables y cuadros de amortización de los contratos suscritos, ascienden a 394.911 miles de euros y 1.517.975 miles de euros, respectivamente. El detalle de los mencionados préstamos figura en el Informe.

2. GASTOS PLURIANUALES

A 31 de diciembre de 2013, los datos generales de gasto con cargo a ejercicios futuros, distinguiendo por fases de ejecución, son los siguientes: reservado, 3.052.420 miles de euros; autorizado 2.985.341 miles de euros, y dispuesto, 2.967.848 miles de euros. Estos importes incluyen los expedientes de gasto tramitados anticipadamente antes del 1 de enero de 2014.

Durante el ejercicio 2013, se han dado de alta un total de 1.291 nuevos documentos contables de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. Por otro lado, se han modificado las anualidades de 109 expedientes iniciados en ejercicios anteriores y se han cancelado 588 expedientes de ejercicios anteriores, por un importe total de 849.722 miles de euros, que tenían previstos pagos posteriores al 2013.

Globalmente, el importe total de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros experimenta, en el año 2013, un incremento del 55,85 % respecto al ejercicio 2012.

A efectos de este Informe, se ha analizado una muestra de 40 expedientes de gasto plurianual, que suma 1.506.955 miles de euros y representa el 51 % del importe total.

Incidencias

A pesar de que la normativa que regula los documentos que integran la Cuenta General no lo exige de manera explícita, falta el detalle de los gastos en fase R y A, así como la diferenciación de las altas del ejercicio fiscalizado, de las modificaciones de expedientes de ejercicios anteriores durante el ejercicio 2013, que resulta imprescindible para conocer la evolución del saldo y distinguir las altas del ejercicio corriente de las modificaciones de expedientes de ejercicios anteriores.

Las anualidades previstas en los expedientes tramitados no siempre se tienen en cuenta a la hora de la elaboración de los siguientes presupuestos. La comparación entre los compromisos de gasto con cargo a futuros ejercicios y los créditos iniciales de los Presupuestos Generales para el ejercicio 2014, al nivel de la vinculación de créditos establecida por la Ley de presupuestos, pone de manifiesto una falta de crédito vinculado a diversas partidas presupuestarias por un importe total de 47.500 miles de euros.

Los expedientes de gasto plurianual analizados presentan las siguientes deficiencias:

  • El expediente núm. 1 ha sido modificado y, de acuerdo con el art. 22 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, no constan en él ni el informe de la UGE relativo a la situación del crédito, ni la propuesta de aprobación del Consejero de Hacienda y Presupuestos.
  • Con relación al expediente núm. 2, visto que Son Font se ha subrogado en la posición de CAIB Patrimonio, se debería haber anulado el crédito comprometido de 21 millones de euros correspondiente a CAIB Patrimonio.
  • En los expedientes núm. 1, 2, 8, 10, 12, 14, 32, 38, 39 y 40 no consta la fiscalización previa de los expedientes (art. 21 del Decreto 62/2006, de 7 de julio, que regula el régimen de control interno que debe ejercer la Intervención General de la CAIB).
  • Los expedientes núm. 20 y 30 han sido objeto de modificación y, de acuerdo con el artículo 22.2 del Decreto 75/2004, no consta en ellos la memoria justificativa en la documentación analizada; el documento AD/ correspondiente (artículo 22.2 del Decreto 75/2004) también falta en el expediente núm. 20.
  • No consta ninguna documentación, en la Dirección General de Presupuestos y Financiación, con relación a los expedientes núm. 32 y 39.
  • En el expediente núm. 34, el Acuerdo del Consejo de Gobierno exceptúa la aplicación de las limitaciones de gastos plurianuales con relación al número de anualidades máximas, pero no consta en él la autorización para exceptuar la aplicación de los porcentajes.

De la revisión de los compromisos plurianuales contabilizados como deuda, se han detectado 4 expedientes con cargo a los capítulos 4 y 7, por un importe total de 19.231 miles de euros, que no están incluidos en el archivo extracontable de expedientes plurianuales rendido a la SCIB. El detalle de estos, en miles de euros, figura en el Informe.

3. AVALES CONCEDIDOS

A 31 de diciembre de 2013, la Administración General de la CAIB ha concedido avales para garantizar operaciones de crédito con entidades financieras por un importe nominal de 1.163.424 miles de euros y un riesgo vivo de 826.380 miles de euros. Estos importes representan una disminución respecto del ejercicio anterior del 2,08 % del nominal y del 8,94 % del riesgo vivo.

RECOMENDACIONES

Elaborar un plan de amortización de la deuda que permita su reducción progresiva en ejercicios futuros.

Moderar la contracción de obligaciones con cargo a ejercicios futuros y potenciar el papel de la Dirección General de Presupuestos y Financiación en la tramitación de los expedientes de gasto plurianual, que debería pronunciarse sobre el efecto en los presupuestos futuros y la existencia de recursos adecuados para su financiación.

Establecer un mayor control de los expedientes de gasto plurianual para determinar los importes que quedan excluidos de las limitaciones que establece el art. 56.1 del Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio.

Introducir en el programa de gestión económico-financiera un módulo de gestión integral de los expedientes de gasto plurianual que incorpore los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros correspondientes al endeudamiento.

Establecer los controles internos adecuados a fin de poder realizar las comprobaciones necesarias para asegurar que los archivos de expedientes plurianuales están completos.

5. BALANCE DE SITUACIÓN

1. ACTIVO

Los deudores presupuestarios (783.308 miles de euros) se desglosan en: deudores del ejercicio corriente (68.700 miles de euros) y deudores de ejercicios cerrados (714.608 miles de euros). El saldo de deudores presupuestarios incluye 582.654 miles de euros en concepto de derechos reconocidos, en el año 2004, por el déficit de financiación histórico de las competencias transferidas en materia de Sanidad y Educación (Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2004).

El saldo de deudores no presupuestarios (381.465 miles de euros) incluye, entre otros, anticipos a los consejos insulares a cuenta del nuevo sistema de financiación correspondientes a los años 2009, 2010 y 2011, por un importe de 121.000 miles de euros, así como pagos realizados por cuenta de otros entes, como son: los realizados con recursos procedentes del Fondo de Liquidez Autonómico (228.632 miles de euros) o los deudores de los entes pendientes de compensar de la segunda y la tercera fase del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores (27.750 miles de euros).

La provisión para insolvencias es de 640.682 miles de euros y corresponde a los saldos deudores presupuestarios con antigüedad superior a cuatro años (ejercicio 2009 y anteriores, que incluye, entre otros, los 582.654 miles de euros por el déficit histórico y 369 miles de euros referentes al impuesto sobre estancias en empresas turísticas con origen en aquellos ejercicios).

La cuenta general de tesorería del balance de situación presenta, a 31 de diciembre de 2013, un saldo total en metálico de 323 miles de euros (1.883 miles de euros, a 31 de diciembre de 2012) depositado en 11 entidades bancarias, sobre un total de 19 cuentas bancarias que figuran en el arqueo y en tres cuentas de caja.

Incidencias

La cuenta «22100900. Construcciones en curso» presenta un saldo de 7.383 miles de euros, que corresponde a los costes de construcción de los IES de Binissalem y de La Ribera de la Playa de Palma por unos importes de 2.675 miles de euros y 4.707 miles de euros, respectivamente. Estos institutos de educación secundaria fueron creados de acuerdo con el Decreto 25/2005 y el Decreto 24/2005, respectivamente. La mencionada cuenta no tiene movimientos desde el ejercicio 2008, por lo que se puede considerar y reclasificar, en su caso, como construcciones acabadas. Visto que el mencionado saldo no se está amortizando, ya que se considera que la obra no ha finalizado, se debería registrar un fondo de amortización acumulada para el período 2008-2013.

La CAIB ha activado 20.371 miles de euros en la cuenta «Terrenos y bienes naturales», que corresponden a expropiaciones viarias, en contrapartida a la cuenta «Provisiones para riesgos y gastos», aunque la activación de este inmovilizado exige su pago previo o el depósito de su importe.

Los activos para las parcelas de Son Angelats de Sóller han sido activados a la CAIB en el momento de su integración, para la cesión global de activos y pasivos de CAIB Patrimonio, SAU, por un valor de 9.243 miles de euros, sin que se haya registrado una provisión por depreciación de dichos activos, por importe de 1.214 miles de euros; depreciación que sí que estaba registrada en las cuentas anuales de CAIB Patrimonio, SAU. Dicha provisión por depreciación se debería haber registrado minorando los activos de la CAIB, ya que, según lo recogido en la memoria de la entidad, es consecuencia de una valoración técnica de los activos efectuada en la fecha de cierre, día 28 de febrero de 2013.

La CAIB no ha registrado los derechos de cobro de la anualidad de 2012, correspondientes al subarrendamiento del parque de bomberos del Ayuntamiento de Palma de Mallorca, por un importe de 2.855 miles de euros, que estaban registrados en el activo de CAIB Patrimonio.

Del importe activado en la cuenta «Infraestructuras y bienes destinados al uso general» se han dado de baja 22.340 miles de euros, correspondientes a los gastos para las anualidades de las concesiones de explotación derivados de las obras de desdoblamiento de la carretera Eivissa-Sant Antoni y del nuevo acceso al aeropuerto de Eivissa. El importe dado de baja difiere en 589 miles de euros del importe de 21.751 miles de euros que se ha registrado para estos conceptos en las cuentas presupuestarias.

De acuerdo con la normativa contable, la Orden EHA/3362/2010, de 23 de diciembre, de aprobación de las Normas de adaptación al Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas, el activo debe contabilizarse por el sujeto que disponga de su control, con independencia de la propiedad. En este sentido, la CAIB controla los activos derivados de los contratos de las concesiones de explotación de las obras de desdoblamiento de la carretera Eivissa-Sant Antoni y del nuevo acceso al aeropuerto de Eivissa y, por lo tanto, el coste de las infraestructuras debería figurar en el activo del balance de situación y su financiación debería figurar en el pasivo. La SCIB no dispone de los datos necesarios para la cuantificación del coste del activo y de la financiación que debería registrar.

Dado que los anticipos a cuenta del nuevo sistema de financiación definitivo otorgados a los consejos insulares en ejercicios anteriores se disponen cada año en la Ley de Presupuestos Generales de la CAIB y visto que el tratamiento que se les debe dar en los consejos es el de ingresos presupuestarios del ejercicio en que se reciben, la CAIB debería registrarlos como gasto presupuestario del ejercicio en que los otorga. Por tanto, no se deberían haber registrado como deudores no presupuestarios, sino como gastos de ejercicios anteriores, por importe de 121.000 miles de euros (el saldo pendiente de pago de los anticipos a los consejos insulares es por un importe total de 82.000 miles de euros al cierre del ejercicio 2013).

No se han recibido las respuestas a la circularización bancaria de las siguientes entidades: Deutsche Bank y DKV Deutsche Frankenversocherung AG.

Por otro lado, en 13 de las respuestas de las entidades financieras no se informa sobre las personas que figuran en sus registros como autorizadas para la firma, ni se indica el carácter de dichas firmas.

La CAIB no registra en la tesorería del balance de situación las cuentas de pagos a justificar, las de cobros a justificar, las cuentas de gestión de centros docentes públicos no universitarios ni las cuentas restringidas de ingreso. En este sentido, existen 22 cuentas bancarias de pagos a justificar, con un saldo, al cierre del ejercicio, de 515 miles de euros; 8 cuentas bancarias de cobros a justificar, con un saldo de 495 miles de euros; 357 cuentas Bancarias de gestión de centros docentes públicos no universitarios, con un saldo de 18.728 miles de euros, y 53 miles de euros en las cajas de los mismos centros docentes. Además, existen 11 cuentas restringidas de ingreso, con un saldo al cierre de 840 miles de euros, que tampoco están registradas en el balance de situación de la CAIB. Por lo tanto, el importe total disponible en cuentas corrientes no contabilizadas es de 20.631 miles de euros al cierre del ejercicio 2013.

Los saldos de tesorería de las entidades CAIB Patrimonio, SAU y AECIB que, al cierre del ejercicio, son de 273 miles de euros y 343 miles de euros, respectivamente, no se han traspasado al correspondiente epígrafe de tesorería de la CAIB y, por tanto, no figuran en el arqueo. Estos saldos de tesorería se han registrado en el epígrafe de deudores no presupuestarios al cierre del ejercicio 2013.

2. PASIVO

Los fondos propios, al cierre de 2013, son negativos en 6.705.210 miles de euros.

La cuenta «Patrimonio librado al uso general» ha experimentado un incremento de 172.080 miles de euros, de los que 31.384 miles de euros corresponden a terrenos destinados al uso general y 140.696 miles de euros, a infraestructuras destinadas al uso general.

Las provisiones para riesgos y gastos, por importe de 84.555 miles de euros, corresponden a responsabilidades derivadas de litigios, indemnizaciones y otras obligaciones evaluadas por la CAIB. Según la información recibida de la Abogacía de la CAIB, a 31 de diciembre de 2013, existen riesgos por litigios para los que no se ha dotado de la provisión correspondiente, por un importe de 409.076 miles de euros.

Durante el ejercicio 2013 la CAIB ha reconocido en el epígrafe «Deudas con entidades de crédito» la deuda derivada de los bienes y servicios ya devengados con pagos a cargo de ejercicios futuros, por un importe de 368.250 miles de euros (314.889 miles de euros a largo plazo y 53.361 miles de euros a corto plazo), y con cargo a la cuenta «678. Gastos extraordinarios». Por otro lado, tiene reconocida la deuda derivada de los convenios para la financiación de obras, firmadas con las entidades locales, las entidades dependientes y la UIB, financiados mediante la cesión de derechos de crédito, pendiente de pago por la Comunidad Autónoma. El total, a 31 de diciembre de 2013, asciende a 355.368 miles de euros, 329.115 miles de euros a largo plazo y 26.253 miles de euros a corto plazo. Además, es necesario considerar la deuda a devolver al Estado como resultado de las liquidaciones del sistema de financiación de la CAIB de los ejercicios 2008 i 2009, por un importe de 171.847 miles de euros (103.761 miles de euros a largo plazo y 68.086 miles de euros a corto plazo).

El importe de los vencimientos futuros y de la carga financiera estimada futura, como consecuencia de cesiones de crédito, es de 528.984 miles de euros (382.983 miles de euros, en concepto de amortizaciones y 146.001 miles de euros, en concepto de intereses.

Los acreedores presupuestarios presentan, a 31 de diciembre de 2013, un saldo de 1.058.500 miles de euros, mientras que a 31 de diciembre de 2012, y de acuerdo con los datos remitidos, el saldo era de 1.190.813 miles de euros.

Del importe total de los acreedores de ejercicios cerrados (210.066 miles de euros), el 38,35 % corresponde a empresas públicas y entes públicos dependientes, o en los que participa la CAIB, en concepto de subvenciones corrientes o de capital, o bien para prestaciones de servicios recibidos, y el 49,39 % corresponde a otras administraciones públicas, en especial, al Consejo Insular de Mallorca, Consejo Insular de Menorca, Consejo Insular de Eivissa, Consejo Insular de Formentera, Ayuntamiento de Palma y Ayuntamiento de Calviá.

Los acreedores no presupuestarios incluyen, a 31 de diciembre de 2013, entre otros: 7.842 miles de euros por la periodificación de gastos presupuestarios; cinco contratos de gestión de pagos o confirming; 5.986 miles de euros; mandamientos de pago realizados contra cuentas extrapresupuestarias mientras no se haga efectivo el pago a través de la tesorería, de un importe de 122.271 miles de euros, y, finalmente, con saldo deudor, se incluyen 151.119 miles de euros, correspondientes a la parte del Fondo de Liquidez Autonómico (FLA), del que ya se ha reconocido la totalidad de la deuda en el epígrafe «Deudas con entidades de crédito a largo plazo», pendiente de ser aplicado, durante el ejercicio 2014, en el pago de deudas por intereses y de proveedores de la CAIB.

Por otro lado, el saldo de acreedores con administraciones públicas es de 22.840 miles de euros.

Al cierre del ejercicio 2013, el fondo de maniobra (diferencia entre el activo circulante y los acreedores a corto plazo) tiene un importe negativo de 1.802.904 miles de euros (‑1.931.104 miles de euros, en el año 2012).

Incidencias

De acuerdo con la información remitida por la Abogacía de la CAIB, existen riegos por litigios pendientes de sentencia firme en concepto de responsabilidad patrimonial y otros, por un importe de 409.076 miles de euros. Los importes a los que deberá hacer frente en el futuro la CAIB, como consecuencia de estos litigios, son de difícil cuantificación objetiva. A pesar de que pueden resultar significativos para la Comunidad Autónoma, no se ha dotado provisión alguna.

De la circularización realizada en el área de acreedores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de los saldos de 14 de los 55 acreedores circularizados, por un importe total de 11.455 miles de euros, que representa el 21,8 % del saldo circularizado, y no se ha podido verificar la razonabilidad de los mencionados saldos mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos. El detalle de estos acreedores figura en el Informe.

De las confirmaciones recibidas, se desprende que la cuenta 409 «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto» debe incrementarse, como mínimo, en un importe de 3.436 miles de euros, por facturas no registradas a 31 de diciembre de 2013.

Asimismo, de las confirmaciones recibidas, 2 no han podido ser conciliadas y aparecen detalladas en el Informe.

De los 210.066 miles de euros que integran el saldo de presupuestos cerrados, 33.500 miles de euros corresponden a transferencias de capital pendientes de pago al ente Tranvía de la Bahía de Palma, SA. Dado que la sociedad se ha disuelto, esta cantidad se debería anular.

La CAIB registra las deudas con administraciones públicas, por impuestos y derechos pasivos, en las cuentas del epígrafe «D.III.4. Acreedores con administraciones públicas». Durante el ejercicio 2013, se han solicitado diversos aplazamientos para el pago de estas deudas y, en consecuencia, se han dado de baja de las cuentas «Acreedores con administraciones públicas» y se han registrado en la cuenta «41999999. Acreedor extrapresupuestario transitorio» (incluido en el epígrafe «D.III.2 de acreedores no presupuestarios»). De esta manera, al cierre de 2013, una parte de las deudas con administraciones públicas está registrada de forma incorrecta en las cuentas «acreedores con administraciones públicas», mientras que, la otra parte del saldo, está registrada en la cuenta «41999999. Acreedor extrapresupuestario transitorio» como deudas con acreedores no presupuestarios. Durante el ejercicio 2013, los intereses de demora por los aplazamientos del pago de los impuestos han supuesto un gasto de 780 miles de euros.

Además, dado que la cuenta «41999999. Acreedor extrapresupuestario transitorio» recoge varios conceptos de gasto pendiente de pago, esto dificulta la realización del seguimiento de la deuda por los mencionados conceptos.

La cuenta «41900309. Fondos de Liquidez Autonómico», registrada en el epígrafe «D.III.2. Acreedores no presupuestarios» del pasivo del balance de situación, presenta, a 31 de diciembre de 2013, un saldo deudor de 151.119 miles de euros. Por lo tanto, debería figurar registrado en el epígrafe «C.II.2. Deudores no presupuestarios» del activo del balance.

De acuerdo con los principios contables públicos, el reconocimiento del derecho debe realizarse cuando se produzca un incremento del activo. No obstante, en la cuenta «55400105 IPA. Ingresos directos» figuran registrados 13.126 miles de euros derivados de diversas transferencias recibidas y no aplicadas al presupuesto, con el objeto de generar crédito en el ejercicio siguiente (en el ejercicio 2012, el saldo fue de 22.380 miles de euros).

El saldo, a 31 de diciembre de 2013, de la cuenta «55500407. GPPA Convenio Seguridad Social», acreedor en 8.970 miles de euros, se debería clasificar en el epígrafe «D.III.5 Otros acreedores» del pasivo del balance de situación, dado que la naturaleza de esta cuenta es siempre acreedora.

La CAIB ha reconocido un total de 368.250 miles de euros en el epígrafe «Deudas con entidades de crédito», derivados de los bienes y los servicios ya devengados con pagos a cargo de ejercicios futuros. De la revisión de su composición, se ha comprobado que se trata de diversos compromisos de pago plurianuales con entidades públicas de la CAIB, entidades locales, el Obispado y otros. La totalidad del saldo se debería haber clasificado en «Otras deudas» y no en «Deudas con entidades de crédito», por un importe de 314.889 miles de euros a largo plazo y 53.361 miles de euros a corto plazo.

El 11 de septiembre de 2012 la CAIB firmó un convenio de obras con el Ayuntamiento de Eivissa, en virtud del que se compromete a financiar la obra de construcción del nuevo colegio público Es Pratet. El 4 de febrero de 2013, el Ayuntamiento firma un contrato de cesión de los derechos de crédito sin recurso del mencionado convenio de obres con la entidad financiera BBVA. De acuerdo con la respuesta de la entidad financiera, la deuda pendiente de pago, a 31 de diciembre de 2013, asciende a 2.219 miles de euros, aunque no consta su contabilización presupuestaria ni patrimonial en la Cuenta General de la CAIB.

Los pasivos pendientes de pago por la CAIB al Consejo Insular de Formentera, las entidades locales y el IBISEC, derivados de los convenios de obra para la construcción, ampliación y/o conservación de los institutos de enseñanza pública, por importe total de 25.393 miles de euros, que se instrumentan con operaciones de cesión de crédito sin recurso, están contabilizados en «Otras deudas a largo y corto plazo» (21.951 miles de euros, a largo plazo y 3.442 miles de euros a corto plazo). Dado que el responsable único de pago ante la entidad financiera es la CAIB, deberían ser clasificados como «Endeudamiento con entidades de crédito».

La CAIB no ha contabilizado la ampliación del plazo para el reintegro de las liquidaciones negativas del sistema de financiación correspondientes a 2008 y 2009, establecido en la disposición adicional trigésimo sexta de la Ley 2/2012, de Presupuestos Generales del Estado. En consecuencia, debe incrementarse la deuda a largo plazo (74.568 miles de euros) en contrapartida a los resultados del ejercicio y a los resultados de ejercicios anteriores (cada uno de ellos por importe de 37.284 miles de euros correspondientes a menos ingresos por IVA), y deben reclasificarse 37.284 miles de euros de corto a largo plazo. Por otro lado, la deuda a devolver al Estado no debería contabilizarse en «Deudas con entidades de crédito», sino que se debería reclasificar en «Otras deudas», por importe de 68.086 miles de euros a corto plazo y 178.329 miles de euros a largo plazo.

No se ha obtenido confirmación bancaria sobre el saldo pendiente de pago de 12 operaciones de cesión de crédito sin recurso, que, de acuerdo con los cuadros de amortización, asciende a 25.210 miles de euros. A pesar de esta circunstancia, se ha podido documentar el saldo contable, a 31 de diciembre de 2013, con los cuadros de amortización de los contratos de cesión de crédito, aunque, dado que no se ha obtenido la respuesta bancaria, no se puede asegurar que los saldos contables sean correctos.

La memoria de la Cuenta General no informa del Convenio de colaboración, de 16 de abril de 2014, entre la CAIB y el Ayuntamiento de Palma de Mallorca para valorar y establecer los instrumentos de compensación de los costes de capitalidad correspondientes a los años 2011, 2012 y 2013.

RECOMENDACIONES

Reflejar de manera adecuada en el activo no financiero los bienes del inmovilizado material e inmaterial de acuerdo con su naturaleza.

Continuar con el proceso de identificación de las inversiones que ya están en funcionamiento y en uso por el ciudadano y que deben darse de baja con cargo a la cuenta «Patrimonio librado al uso general».

Revisar los saldos correspondientes a deudas con entidades disueltas o absorbidas por la CAIB o por otras entidades, para regularizarlos o trasladarlos según corresponda.

Continuar con el análisis que se ha iniciado de los expedientes plurianuales para determinar si reúnen los requisitos para contabilizarlos como pasivos en el balance de situación.

Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas en los diferentes apartados del Informe y procurar su detección y enmienda en ejercicios posteriores.

6. RESULTADOS DEL EJERCICIO Y ESTADO DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE FONDOS

1. RESULTADO PRESUPUESTARIO Y REMANENTE DE TESORERÍA

El resultado presupuestario presentado en la Cuenta General del ejercicio 2013 es positivo en 392.252 miles de euros, mientras que en el ejercicio 2012 fue negativo en 19.366 miles de euros.

La CAIB ha incluido en la Cuenta General el cálculo del remanente de tesorería ajustado, que es negativo por un importe de 886.086 miles de euros.

Incidencias

El remanente de tesorería está condicionado, como mínimo, por el tratamiento dado a los anticipos concedidos a los consejos insulares para los años 2009, 2010 y 2011 a cuenta del Fondo Interinsular de Financiación de Servicios (o del fondo que, en su caso, lo pueda sustituir, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2014, de 17 de junio, del Sistema de Financiación Definitivo de los Consejos Insulares), por importe de 121.000 miles de euros. Si se hubieran imputado los anticipos a los consejos insulares al presupuesto de gastos, el remanente de tesorería ajustado pasaría a ser negativo por importe de 1.007.086 miles de euros.

Para el cálculo del resultado presupuestario, la Administración de la CAIB no realiza ningún tipo de ajuste en cuanto a gastos financiados con remanente de tesorería, ni a desviaciones de financiación, positivas o negativas, en cuanto a gastos con financiación afectada.

La financiación afectada no es objeto de seguimiento por la Administración General de la Comunidad Autónoma, por lo que no se puede determinar cuál es el remanente de tesorería afectado a la cobertura de gastos concretos, ni tampoco cuál es el remanente incondicionado de libre disposición. La memoria de la Cuenta General de 2013 no contiene ningún epígrafe con la información requerida sobre los gastos con financiación afectada.

2. RESULTADO ECONÒMICO-PATRIMONIAL

El resultado económico-patrimonial del ejercicio 2013 es negativo en 726.395, mientras que en el 2012 fue negativo en 1.986.234 miles de euros. Durante el 2013, se han reconocido gastos extraordinarios por importe de 425.977 miles de euros.

Se han conciliado los resultados presupuestario y económico-patrimonial de la cuenta de la Administración General de la CAIB para el ejercicio 2013.

RECOMENDACIONES

Acompasar, durante los sucesivos ejercicios, la ejecución de los gastos a la efectiva realización de las previsiones incluidas en los presupuestos de ingresos.

Reflejar convenientemente los ingresos y los gastos con financiación afectada, así como su ejecución, para determinar con exactitud el resultado del ejercicio y la parte afectada del remanente.

Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas en los diferentes apartados del Informe y procurar su detección y corrección en ejercicios posteriores.

Dar un tratamiento presupuestario adecuado a los anticipos concedidos a los consejos insulares.

Analizar la probabilidad de recaudar los derechos reconocidos por el déficit de financiación histórica de las competencias transferidas en materia de sanidad y de educación y, en su caso, proceder a su anulación.

7. ENTIDADES DEPENDIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA CAIB

1. Consideraciones generales

El conjunto de entidades dependientes de la Administración General de la CAIB está formado por 11 entidades públicas empresariales, 6 sociedades mercantiles, 11 fundaciones y 19 consorcios.

La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de las Islas Baleares establece la reducción y la simplificación del sector público autonómico. Las actuaciones previstas en el Proyecto de reestructuración se han continuado ejecutando durante el ejercicio 2013, a pesar de que, a la fecha de cierre del ejercicio 2013, no se han completado íntegramente.

Se analizan las variaciones sufridas respecto de las entidades con relación al 2012 y se ponen de manifiesto las disoluciones, las extinciones, las integraciones y las reclasificaciones de entidades que se han producido, así como otras situaciones que se han producido en el ejercicio 2013 y que se considera oportuno mencionar.

Por otro lado, y por tipo de entidad, se han resumido las principales observaciones y excepciones contenidas en los informes de auditoría elaborados por auditores externos, que no han sido objeto de revisión por la SCIB.

2. DERECHOS DE COBRO RESPECTO A LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA CAIB

Estos derechos tienen orígenes diversos, como transferencias del ejercicio corriente o de ejercicios anteriores que, a 31 de diciembre, quedaron pendientes de pago, y también la facturación derivada de servicios prestados por las entidades a la CAIB. Ahora bien, los importes más significativos provienen de convenios de colaboración en virtud de los que la CAIB se compromete a asumir, en un futuro, pagos que debe afrontar la entidad (compromisos de gasto plurianual).

Se ha analizado la evolución de la deuda no reconocida por la CAIB con sus entidades dependientes, desde 2007 a 2013, siendo el importe de la deuda no reconocida de 500.059 miles de euros en el 2013, mientras que en el 2012 alcanzó un importe de 724.383 miles de euros.

Incidencias

El Consorcio Formentera Desarrollo es la única entidad dependiente que no ha rendido a la SCIB las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2013.

De los 500.059 miles de euros de deudas no reconocidas por la CAIB en el pasivo del balance de situación, 490.809 miles de euros corresponden a derechos de cobro por expedientes de transferencia de carácter plurianual que las entidades tienen reconocidos en su activo y que la CAIB tiene formalizados mediante expedientes de gasto plurianual.

La CAIB mantiene compromisos de pago por gastos y obras ejecutadas con el Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares, que la CAIB no tiene reconocidos en el pasivo del balance a 31 de diciembre de 2013 y que se han identificado en el estado extracontable de plurianuales, por un importe total de 44.944 miles de euros en el capítulo 7.

3. ENDEUDAMIENTO

La deuda viva de las entidades dependientes, a 31 de diciembre de 2013, es de 1.451.260 miles de euros, mientras que en el 2012 era de 1.549.406 miles de euros, lo que supone un descenso total del endeudamiento respecto al 2012 del 9,1 %.

Las variaciones más significativas se han producido en Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM), con un descenso de 42.069 miles de euros; en la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental (ABAQUA), con un descenso de 26.127 miles de euros; en la Televisión de las Islas Baleares, SA (TVIB, SA), con un descenso de 15.281 miles de euros; en el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC), con una disminución de 9.843 miles de euros; en el Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI), con un descenso de 9.277 miles de euros, y en Puertos de las Islas Baleares, con un descenso de 8.519 miles de euros. Es necesario indicar que, en 2013, se ha dispuesto de los datos de determinadas entidades que no rindieron en el año anterior. A pesar de ello, y para mantener la homogeneidad entre ejercicios, el endeudamiento de 2012 ha sido aumentado con los datos de estas entidades.

4. APORTACIONES RECIBIDAS DE LA CAIB

En cuanto al importe de las aportaciones recibidas de la CAIB por las entidades dependientes, es de 305.327 miles de euros en el año 2013, mientras que en el 2012 fue de 466.365 miles de euros.

Las variaciones más significativas se producen en Servicios Ferroviarios de Mallorca (SMF), con ‑77.285 miles de euros; en Televisión de las Islas Baleares, SA (TVIB, SA), con ‑33.765 miles de euros; en el Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares (RTVIB) con ‑23.159 miles de euros; en la Agencia de Turismo de las Islas Baleares (ATB), con ‑21.300 miles de euros, y en la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental (ABAQUA), con 19.069 miles de euros.

5. REESTRUCTURACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL DE LA CAIB DURANTE EL EJERCICIO 2013

Durante el ejercicio 2013, la Administración de la CAIB ha continuado ejecutando las actuaciones previstas en el Proyecto de reestructuración, que, además, ha sido modificado puntualmente en diversas ocasiones hasta la fecha de cierre del ejercicio objeto de fiscalización (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2013, publicado en el BOIB núm. 67, de 11 de mayo, y Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2013, publicado en el BOIB núm. 150, de 31 de octubre).

Las entidades incluidas en el Proyecto de reestructuración del sector público instrumental de las Islas Baleares que están vigentes formalmente, a la fecha de cierre del ejercicio 2013, son las siguientes:

  • Sociedades mercantiles: Televisión de las Islas Baleares, SA, Radio de las Islas Baleares, SA; SEMILLA, i SITIBSA
  • Fundaciones: Fundación Juegos Mundiales Universitarios Palma 1999 (ente inactivo pero vigente), Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares y Fundación para la Escuela Superior de Arte Dramático de las Islas Baleares (ESADIB)
  • Consorcios: Consorcio Plan D – Llucmajor, Consorcio Plan Mirall Palma Ensanche, Consorcio Parque de las Estaciones, Consorcio para el Desarrollo Deportivo en Ciutadella, Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias (COFIU), Consorcio Museo de Arte Moderno y Contemporáneo Es Baluard y Consorcio Museo Joaquim Torrens Lladó

El Consorcio Pabellón Deportivo Multifuncional de Maó no consta en la relación anterior, dado que la CAIB se separó de él, con efectos desde el 31 de diciembre de 2013. Además, tampoco consta el Consorcio Centro Baleares Europa; aunque mediante el Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 10 de mayo de 2013, estaba incluido en el Proyecto de reestructuración, esta actuación queda sin efecto por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2013.

RECOMENDACIONES

Finalizar la implementación del Proyecto de reestructuración del sector público instrumental autonómico y velar por su adaptación a la satisfacción de las necesidades públicas, bajo los principios de eficacia, eficiencia y economía, tal como dispone la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de las Islas Baleares.

Realizar anualmente las aportaciones necesarias para que se garantice la continuidad en la prestación de servicios y/o el mantenimiento de la actividad de las entidades dependientes, y para evitar que se encuentren en situaciones de desequilibrio patrimonial.

Obtener tesorería suficiente para afrontar los pagos a corto plazo y adaptar el calendario de vencimientos a lo dispuesto en la Ley 15/2010, de 5 de junio, que modifica la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Elaborar un plan de amortización del endeudamiento que permita su reducción progresiva en ejercicios futuros.

Realizar conciliaciones periódicas de los saldos y los movimientos entre la CAIB y las entidades dependientes.

Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales en materia presupuestaria aplicables a las entidades dependientes de la CAIB. Revisar los criterios de imputación de ingresos y gastos devengados a la liquidación del presupuesto administrativo de las entidades dependientes de la CAIB.

Adoptar las medidas oportunas para que sean rendidas en plazo a la SCIB, a través del órgano de control interno, y estén sometidas a auditoría financiera y de cumplimiento, las cuentas anuales de aquellas empresas, consorcios y fundaciones en que, siendo mayoritaria la participación pública, dentro de ésta la participación de la CAIB es la más importante.

Modificar la normativa procedente para que toda la actividad económico-financiera del sector público autonómico se presente de manera consolidada.

V. SERVICIO DE SALUD DE LAS ISLAS BALEARES (IBSALUT)

1. OPINIÓN FINANCIERA Y DE LEGALIDAD

Alcance

1. La Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares ha fiscalizado las cuentas anuales, a 31 de diciembre de 2013, del Servicio de Salud de las Islas Baleares, que comprenden: el estado de liquidación del presupuesto y el resultado presupuestario, el balance, la cuenta del resultado económico-patrimonial y la memoria correspondientes al ejercicio anual finalizado en la mencionada fecha, cuya formulación corresponde al Consejo de Dirección del Servicio de Salud y su aprobación al Consejo de Gobierno de las Islas Baleares, que se ha llevado a cabo el 29 de julio de 2014. Excepto por las mencionadas limitaciones en los párrafos 2-10 siguientes, el trabajo de fiscalización se ha efectuado de acuerdo con los objetivos y el alcance que se mencionan en el apartado I.3 de este Informe.

Limitaciones al alcance

2. El IBSALUT no dispone de un inventario completo, y debidamente valorado, de los bienes y los derechos de los que es titular y de los recibidos en adscripción, que constituyen el apoyo de la contabilización del inmovilizado y que permita el control y la buena gestión de los elementos que lo integran. La falta de inventario íntegro y cuantificado del patrimonio que el Servicio de Salud utiliza para llevar a cabo su actividad supone una limitación sobre los datos que figuran en el inmovilizado y en los fondos propios.

3. La SCIB no ha podido comprobar la razonabilidad del importe de las existencias y no se puede pronunciar en cuanto a la variación de existencias contabilizada por el IBSALUT en la cuenta de resultados.

4. De acuerdo con la Orden EHA/3362/2010, de 23 de diciembre, de aprobación de las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas, el activo debe ser contabilizado por el sujeto que disponga de su control, con independencia de la propiedad. El IBSALUT controla, en este sentido, los activos derivados de los contratos de concesión de obra pública del Hospital Son Espases, del Hospital de Can Misses y dos centros de salud, y de diez centros de atención primaria. Por lo tanto, el coste de las infraestructuras debería figurar en el activo del balance de situación y su financiación debería figurar en el pasivo. La SCIB no dispone de los datos necesarios para la cuantificación del coste del activo y de la financiación que debería registrar.

5. El IBSALUT contabiliza los activos inmovilizados adquiridos mediante contratos plurianuales de inversión como altas, en función de los vencimientos de sus anualidades. Por lo tanto, no considera el coste total de los bienes adquiridos ni su financiación. Se estima que un total de 7.649 miles de euros se encuentra sin contabilizar en el activo inmovilizado en contrapartida al pasivo a corto y a largo plazo, por 4.185 miles de euros y 3.464 miles de euros, respectivamente.

6. De la circularización realizada en el área de deudores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de saldos de 19 de los 35 deudores circularizados, por un importe total de 3.982 miles de euros, que representa el 37 % del saldo circularizado. Tampoco se ha podido verificar la razonabilidad de los mencionados saldos mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos. De las respuestas recibidas solamente 3, que suman 934 miles de euros, han sido conciliadas; las restantes, que suponen 3.437 miles de euros, no lo han sido por el IBSALUT.

7. De la circularización realizada en el área de acreedores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de saldos de 9 de los 49 acreedores circularizados, por un importe total de 36.118 miles de euros, que representa el 12,49 % del saldo circularizado; y no se ha podido verificar la razonabilidad de los mencionados saldos mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos. Además, no se han podido conciliar en su totalidad 33 de las 40 respuestas recibidas, como consecuencia de diversas circunstancias detalladas en el apartado correspondiente.

8. De acuerdo con la memoria que se adjunta a la cuenta anual del IBSALUT, existen pasivos contingentes, como litigios y demandas de terceros, de difícil cuantificación objetiva, aunque los importes pueden resultar significativos para la entidad. A pesar de la información aportada por la Abogacía de la CAIB, no se ha podido obtener evidencia suficiente y adecuada con relación al impacto total que los litigios y las reclamaciones existentes puedan tener en su patrimonio.

9. El balance de situación del Servicio de Salud de las Islas Baleares presenta unos fondos propios negativos de 9.561 miles de euros y un déficit de capital circulante de 270.712 miles de euros; así, la actividad futura está condicionada a la obtención de los recursos financieros necesarios.

10. Los informes de control financiero posterior realizados por la Intervención General de la CAIB ponen de manifiesto incidencias más significativas que figuran detalladas en el apartado V.3.B "Ejecución de gastos" de este Informe.

Salvedades con efecto presupuestario

11. El resultado del ejercicio y, por tanto, el remanente de tesorería deben ser objeto de corrección, como mínimo, por un importe de 96.892 miles de euros, por las obligaciones de gasto no imputadas al presupuesto recogidas en la memoria que se adjunta a la Cuenta Anual.

Salvedades con efecto patrimonial

12. El IBSALUT no contabiliza los derechos de uso derivados de los bienes inmuebles recibidos en adscripción de la Tesorería General de la Seguridad Social y de otras entidades de la Administración. Estas entidades tienen la titularidad de los bienes inmuebles mientras que la Comunidad Autónoma disfruta de su uso. La normativa contable de aplicación al IBSALUT exige la valoración y la contabilización de los derechos de uso derivados de posibles adscripciones.

13. Las cuentas de «Patrimonio» y de «Reservas de los fondos propios» del IBSALUT están sobrevalorados en 903 miles de euros y 2.525 miles de euros, respectivamente. Estos importes deberían formar parte de los resultados de la integración de las fundaciones hospitalarias y GESMA en la cuenta «Resultados negativos de ejercicios anteriores».

14. La modificación del contrato de concesión referente a la reforma y a la ampliación del Hospital Can Misses, subscrita durante el ejercicio 2013, ha supuesto, entre otros, el pago de una aportación económica directa de la Administración de 5.211 miles de euros para compensar a la concesionaria por los costes financieros derivados del proyecto original, importe que se liquida en cuatro años. Dada su naturaleza, esta compensación debe ser contabilizada íntegramente en el 2013.

Opinión

15. A causa del efecto muy significativo de las limitaciones al alcance, descritas en los párrafos 2-10 anteriores, la SCIB no puede expresar una opinión sobre las cuentas anuales del Servicio de Salud de las Islas Baleares correspondientes al ejercicio 2013.

Con independencia de lo indicado en los párrafos anteriores, es necesario destacar las incidencias que se detallan en los siguientes apartados del Informe, que deben ser tenidas en cuenta y, en su caso, corregidas por los órganos responsables.

2. PRESUPUESTO INICIAL Y MODIFICACIONES

El presupuesto inicial del IBSALUT para el ejercicio 2013 asciende a 1.141.163 miles de euros, lo que supone una disminución del 3,91 % sobre los créditos iniciales del 2012. Este decremento debe valorarse en el contexto de la integración de las fundaciones hospitalarias (hospitales comarcales de Inca y Manacor, y el Hospital Son Llàtzer) y GESMA dentro del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Se han tramitado 106 expedientes de modificación de crédito que han incrementado las consignaciones iniciales en 68.801 miles de euros (un 6,02 %), lo que ha dado como resultado un crédito definitivo de 1.209.964 miles de euros.

La financiación de las modificaciones de crédito proviene básicamente de las aportaciones de la CAIB.

Incidencias

El expediente de transferencia de crédito núm. 60000069238 descodifica, como finalista, una partida correspondiente a financiación afectada, dado que no se recibirá la financiación. Debería de haberse tramitado como una rectificación de crédito.

Por otro lado, de acuerdo con el art. 8 de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la CAIB para el año 2013, la competencia para aprobar las transferencias de crédito entre centros gestores corresponde al Consejero de Salud, Familia y Bienestar Social. A pesar de ello, esta competencia está delegada en el Director General del IBSALUT, de acuerdo con la Resolución del Consejero de Salud, Familia y Bienestar Social de 2 de enero (BOIB núm. 5, de 10 de enero de 2013). Ningún expediente de transferencia de crédito menciona la delegación de firma en el Director General, como determina el punto tercero de dicha Resolución.

Los expedientes de generación de crédito núm. 60000075408 y núm. 60000077252, por importe de 35.000 y 21.500 miles de euros, respectivamente, corresponden a modificaciones de crédito necesarias a causa de un presupuesto inicial insuficiente desde el principio, como manifiestan las respectivas memorias.

En ningún expediente de generación de crédito no consta la propuesta de acuerdo de aprobación prevista en el art. 5 del Decreto 75/2004.

RECOMENDACIONES

Elaborar unos presupuestos iniciales suficientes y ajustados a las necesidades reales de gasto del Servicio de Salud.

3. EJECUCIÓN DEL PRESSUPUESTO

A. EJECUCIÓN DE INGRESOS

Sobre unas previsiones definitivas de 1.209.964 miles de euros se han reconocido derechos por un total de 1.200.437 miles de euros, lo que supone un grado de ejecución del 99,21 %, inferior al 105,22 % del ejercicio anterior.

Del total de recursos propios, 14.470 miles de euros (67,31 %) corresponden a la facturación de servicios a aseguradoras privadas y a particulares, mientras que durante el ejercicio 2012 este importe fue de 9.904 miles de euros (70,25 %). Este incremento se explica por la integración de las fundaciones hospitalarias y GESMA.

La recaudación líquida ha sido de 832.675 miles de euros, que suponen un 69,36 % de los derechos reconocidos, porcentaje inferior al del ejercicio 2012, que fue del 84,69 %, dado que ha disminuido el porcentaje de los ingresos procedentes de la CAIB recaudados durante el ejercicio.

Incidencias

La CAIB ha transferido al IBSALUT un importe de 8.728 miles de euros para el Fondo programa de ahorro en incapacidad temporal. Este fondo tiene carácter finalista y no consta como tal en la liquidación del presupuesto.

A finales del ejercicio 2013, la Administración de la CAIB ha registrado el pago de 182.821 miles de euros de facturas del IBSALUT, financiadas con el Fondo de Liquidez Autonómico (FLA), que el IBSALUT no registra hasta el ejercicio 2014, por un importe de 178.209 miles de euros (la diferencia entre los dos importes corresponde, mayoritariamente, al pago duplicado y devuelto por la adjudicataria del transporte sanitario terrestre). A efectos de la recaudación líquida, los 832.676 miles de euros que figuran en la liquidación se deberían incrementar en un importe de 178.209 miles de euros.

No se han podido revisar los saldos iniciales de ingresos de ejercicios cerrados, como consecuencia de la integración en la contabilidad presupuestaria de las fundaciones hospitalarias y GESMA.

B EJECUCIÓN DE GASTOS

Sobre unas previsiones definitivas de 1.209.964 miles de euros, se han reconocido obligaciones por un total de 1.190.970 miles de euros, lo que supone un grado de ejecución del 98,43 %, ligeramente inferior al de ejercicios precedentes.

El total de obligaciones reconocidas ha disminuido en 482.984 miles de euros respecto del ejercicio 2012. Si se detrae el efecto del incremento de los gastos de personal, la disminución del resto de capítulos ha sido de 676.254 miles de euros. Debemos tener en cuenta que, durante el ejercicio 2012, se incrementó el total de obligaciones reconocidas en 525.658 miles de euros, en el marco del mecanismo extraordinario de pago a proveedores, que supuso un incremento de los créditos disponibles y del reconocimiento de obligaciones, por un importe de 468.480 miles de euros: 327.492 miles de euros, para el pago de facturas pendientes de aplicar al presupuesto de los capítulos 2, 4 y 6 del IBSALUT, y 140.988 miles de euros, para las facturas pendientes de aplicar al presupuesto de las fundaciones hospitalarias y GESMA.

Por otro lado, las obligaciones de gasto no imputadas al presupuesto, recogidas en la memoria que se adjunta a las cuentas anuales (96.892 miles de euros), se han incrementado en 78.893 miles de euros respecto del año anterior. Es necesario tener en cuenta que el gasto pendiente de imputar al presupuesto de las fundaciones hospitalarias y GESMA, a 31 de diciembre de 2012, era de 8.880 miles de euros, por lo que el incremento real respecto de este ejercicio es de 70.013 miles de euros.

Las obligaciones reconocidas del capítulo 1 del IBSALUT se incrementan un 45,30 % en relación con 2012. Este incremento se explica, básicamente, por el efecto de la integración del personal de las tres fundaciones hospitalarias y GESMA (28,21 %), y por el abono íntegro de las dos pagas extras, suprimidas en diciembre de 2012.

El capítulo 2 «Gastos corrientes» ha disminuido considerablemente respecto al ejercicio 2012. En valores absolutos, esta disminución es de 433.443 miles de euros, un 53,70 % respecto del ejercicio anterior, en que el capítulo 2 se incrementó en 254.462 miles de euros, como consecuencia del mecanismo extraordinario de pago a proveedores, que supuso la imputación de gasto procedente de ejercicios cerrados al presupuesto del año corriente 2012.

En cuanto al capítulo 4 «Transferencias corrientes», la disminución de 238.444 miles de euros (un 58,48 %) respecto del 2012 se explica, principalmente, por el efecto del mecanismo extraordinario de pago a proveedores del 2012, que significó, por una parte, la transferencia extraordinaria al Hospital Comarcal de Inca, al Hospital Son Llàtzer, al Hospital de Manacor y a GESMA de un importe conjunto de 140.988 miles de euros, y, por la otra, la imputación al presupuesto del año 2012 y el pago de recetas médicas (concepto presupuestario 489) de ejercicios anteriores, por un importe de 71.774 miles de euros.

De las obligaciones reconocidas en los capítulos 2 y 6, se ha seleccionado una muestra de 18 expedientes administrativos, de los que se ha verificado la correcta autorización y disposición del gasto, el correcto reconocimiento de la obligación, así como la correspondiente autorización del pago. A partir de la fiscalización de la mencionada muestra, se han detectado incumplimientos respecto a la disposición del gasto y de los pagos, que se detallan en el apartado de incidencias.

La gestión de la nómina del personal de la Administración General de la CAIB, del personal docente no universitario y del personal del IBSALUT ha sido objeto de una auditoría de sistemas, en que se ha verificado la integridad de la información contable asociada a los gastos de personal, mediante un proceso de tratamiento masivo de datos. En la auditoría no se han manifestado incidencias significativas en el ámbito de la fiscalización del capítulo 1 del IBSALUT.

Incidencias

De los 18 expedientes de gasto examinados, se señalan las siguientes incidencias:

  • En 6 de los 18 expedientes analizados los documentos contables están autorizados por la Directora de Gestión, por delegación del Director General, sin consignar la referencia a la publicación en el BOIB de la resolución de delegación.
  • El expediente correspondiente al núm. ADOP 3000001816 consiste en la aportación directa de 2.307 miles de euros por daños y perjuicios a la concesionaria de Can Misses. A pesar de que en el expediente constan dos informes externos (de la Oficina de Gestión del Proyecto de Construcción y de la Oficina Técnica de Asesoría) que avalan el importe y la fórmula elegida a efectos de restablecer el equilibrio económico-financiero del contrato, este restablecimiento se debería haber efectuado mediante la tramitación de una modificación contractual, de acuerdo con lo previsto en el art. 50 del PCAP. Además, no consta la autorización del Consejo de Gobierno, por gasto superior a 500 miles de euros, de acuerdo con el art. 10 de la Ley 15/2012, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
  • El documento contable núm. OP 6000025482, por importe de 1.087 miles de euros, corresponde a un gasto de 2012 imputado al presupuesto de 2013, dado que había crédito en 2012 para el convenio con el Hospital Sant Joan de Déu.
  • En el momento del devengo del gasto con núm. de OP 6000123833, por importe de 302 miles de euros, el convenio con la Cruz Roja no estaba vigente.
  • De los 14 expedientes que implican gasto comercial, 6 incumplen el plazo de pago establecido en el art. 222.4 del TRLCSP, de acuerdo con la nueva redacción de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de Medidas de Apoyo al Emprendedor y de Estímulo del Crecimiento y de la Creación de Ocupación.

Los informes de control financiero posterior, efectuados por la Intervención General de la CAIB, ponen de manifiesto diversas incidencias que afectan a las diferentes áreas del IBSALUT. Las incidencias más destacadas se transcriben a continuación:

A. Control financiero 13/2013 de seguimiento del plan de control financiero 13/2011 de revisión del presupuesto de gastos de la Gerencia del Área de Salud de Eivissa y Formentera, capítulo 1 y Área de personal. Análisis de sistemas y procedimientos.

  • La estructura de la plantilla de personal estatutario de la Gerencia del Área de Salud de Eivissa y Formentera no ofrece la información completa y necesaria para su interpretación, ya que no se desarrolla mediante una relación de puestos de trabajo.
  • El Gerente del IBSALUT no tiene atribuidas legalmente las competencias de aprobación y modificación de las plantillas de personal estatutario que actualmente ejerce.
  • La selección de trabajadores eventuales y de personal de sustitución de corta duración se está realizando vulnerando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, dado que no necesariamente se sigue el orden de prelación, sino que se puede dar prioridad a otros factores, como el conocimiento previo del trabajador.
  • A pesar de que se han corregido las incidencias detectadas en la forma de actuar, que provocaron excesos en los importes satisfechos por los conceptos retributivos de prolongación de jornada, peonadas (que ya no se realizan en 2013) y complemento de atención continuada modalidad A (relaciones con la comunidad fuera de la jornada laboral), no se ha procedido a identificar el personal que recibió estas retribuciones satisfechas en exceso, ni se ha acreditado haber iniciado el procedimiento de reintegro correspondiente. Por otro lado, tampoco se han tomado medidas correctoras en cuanto a la retribución al personal SUAP del valor hora en festivo y nocturno.

B. Control financiero 13/2013 de seguimiento del plan de control financiero 13/2011 de revisión del presupuesto de gastos de la Gerencia del Área de Salud de Eivissa y Formentera, capítulo 1 y Área de personal. Pruebas sustantivas.

  • No se han adoptado las medidas correctoras adecuadas en todas las incidencias detectadas en el cálculo de las retribuciones que suponen incumplimientos sistemáticos a causa de la aplicación incorrecta de la normativa vigente. Por otro lado, aunque se ha corregido la cuantificación de las guardias médicas realizadas en fin de semana y el complemento de atención continua para médicos generales, pediatras, comadronas y enfermeras de los equipos de atención primaria modalidad A, no se ha acreditado que se hayan regularizado los importes satisfechos en exceso.
  • No se han adoptado las medidas correctoras suficientes para restablecer la legalidad en las retribuciones abonadas al personal de alta dirección.

C. Control financiero 13/2013 de seguimiento del plan de control financiero 13/2011 de revisión del presupuesto de gastos de la Gerencia del Área de Salud de Eivissa y Formentera, capítulos 2 y 6. Análisis de sistemas y procedimientos.

  • No se han tomado las medidas necesarias suficientes para garantizar que todo el gasto devengado por la Gerencia, a 31 de diciembre de 2013, tenga su reflejo en la contabilidad presupuestaria, dada la insuficiencia de crédito adecuado y suficiente. En consecuencia, tal como se recogía en el informe definitivo 13/2011, se mantiene la desvinculación de la gestión de la entidad de las disponibilidades presupuestarias existentes, provocando el incumplimiento de la principal normativa económica, financiera y presupuestaria.
  • No se han tomado las medidas necesarias para garantizar la gestión del gasto de los capítulos 2 y 6, cumpliendo las normas de contratación pública definidas en el TRLCSP y aplicando los principios que establece la Ley para la utilización eficiente de los fondos públicos en la adquisición de bienes y servicios, la protección de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa.
  • En el caso de las adquisiciones que no se registran desde el módulo MM, si no han sido tramitadas mediante un expediente de contratación a través del sistema de información SAP, no se puede conocer el volumen de gasto comprometido en una fecha determinada, a no ser que la factura ya haya llegado a la Gerencia.

D. Control financiero 13/2013 de seguimiento del plan de control financiero 13/2011 de revisión del presupuesto de gastos de la Gerencia del Área de Salud de Eivissa y Formentera, capítulos 2 y 6. Pruebas sustantivas.

  • Se continúan sin registrar presupuestariamente, de forma adecuada, las diversas actuaciones administrativas: acreditación de crédito al inicio de los expedientes, autorización del gasto, adjudicación de los contratos y aprobación de las correspondientes facturas.
  • En el trabajo de campo se ha evidenciado la existencia de una serie de fraccionamientos de gasto que incumplían las previsiones que establece la normativa de aplicación en materia de contratación.
  • Se continúa con el incumplimiento de los plazos de pago previstos en la normativa de aplicación.
  • No se han tomado medidas para evitar el reconocimiento de obligaciones relativas a prestaciones que aún no han finalizado.
  • Se sigue encargando a la UTE AM-ESTEL, constituida para llevar a cabo el contrato de mantenimiento integral de las instalaciones de los centros de salud de Eivissa y del Hospital de Formentera, trabajos al margen del contrato a pesar de que estén relacionados con su objeto.
  • No se han adoptado las medidas suficientes para garantizar que la tramitación de los expedientes de contratación se ajusta a la normativa de aplicación y que las medidas de control interno detecten los incumplimientos y los errores básicos.

E. Control financiero 17/2013 de revisión limitada de los procesos de tramitación de los expedientes de contratación de diversas gerencias del Servicio de Salud

  • Las gerencias han tramitado la mayor parte de las facturas como gasto menor o contratos menores en lugar de tramitar los correspondientes expedientes de gasto mayor. Por lo tanto, se incumple sistemáticamente la normativa en materia de contratación pública. La falta de cualquier control interno y el general incumplimiento de las normas de contratación pública suponen limitaciones de tal magnitud que impiden emitir opinión sobre si las prácticas anteriormente detalladas suponen o no un fraccionamiento del gasto para eludir la aplicación del TRLCSP.
  • A causa del incumplimiento en materia de contratación pública, no se registran presupuestariamente las diferentes fases de ejecución del gasto: acreditación de crédito al inicio de los expedientes, autorización del gasto, adjudicación de los contratos y aprobación de las correspondientes facturas. En consecuencia, la contabilidad no puede cumplir con su finalidad de reflejar la imagen fiel ni de servir de fuente de información para la toma de decisiones de los órganos de gestión.

F. Control financiero 22/2013 de seguimiento de las incidencias derivadas de los planes de control 10/2011 y 17/2011 relacionadas con el personal de cuota y zona, y el personal sanitario local del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

  • En el caso de los funcionarios sanitarios locales, se produce una distribución de la base de cotización entre las gerencias donde los trabajadores prestan los servicios, que asumen el 75 % de la base, y la Dirección General de Función Pública, que cotiza por el 25 % restante. No obstante, la Intervención detectó que la Dirección General de Función Pública cotizaba, en diversos casos, por encima del porcentaje establecido, lo que suponía cotizar superando la base máxima de cotización y causaba, además, un perjuicio económico para la hacienda autonómica.
  • Los expedientes de los trabajadores que se nombran no incluyen toda la documentación personal y profesional que acredita su capacidad para llevar a cabo las tareas de la responsabilidad del cargo que ocupan.

G. Control financiero 4/2014 de revisión del importe de las obligaciones devengadas pendientes de imputar al presupuesto de 2013 del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Vistas las limitaciones detalladas a continuación, no es posible concluir sobre la razonabilidad de los importes incluidos en el anexo I (a remitir por el Servicio de Salud en cumplimiento de la Instrucción 7/2013) de gasto devengado a 31 de diciembre de 2013 y no imputado presupuestariamente:

  • Los datos son los facilitados por los centros gestores, sin que la Intervención pueda contrastarlos con registros auxiliares o fuentes externas de información que confirmen su contenido. Así, el volumen de gasto devengado a 31/12/13 y no imputado presupuestariamente que la Intervención ha analizado es el que pone de manifiesto el Servicio de Salud mediante los anexos derivados de la Instrucción 7/2013. Aunque se han realizado comprobaciones parciales y limitadas de determinados gastos, no hay manera de contrastar toda la información o garantizar la inexistencia de otros gastos devengados no reconocidos. Asimismo, la información incluida en el sistema de información SAP para determinados módulos necesita una depuración que permita su validación: registro de facturas, gasto registrado en el módulo de logística e imputada financieramente a la cuenta 4049.
  • Los registros facilitados por el Servicio de Salud, que recogían el detalle del importe a 31/12/13 del gasto devengado y no imputado presupuestariamente, han contenido información errónea que ha limitado el trabajo de campo, aunque el importe global era correcto. El gasto imputado a cada proveedor era incorrecto y esta circunstancia ha impedido conciliar los saldos del importe pendiente de pago a 31/12/13 de una muestra de proveedores.
  • Las fechas de pago que prevé el sistema informático SAP no coinciden con las fechas de pago real a final del ejercicio 2013 para aquellas facturas que se han pagado a través del Fondo de Liquidez Autonómico. Las facturas pagadas a 31/12/13, a través del Ministerio de Hacienda, constan como pagadas a principio del 2014, por lo que ha sido imposible conciliar saldos con proveedores. Asimismo, en el caso del IBSALUT, aún no se ha cuadrado contablemente el pago a proveedores realizado mediante el primer mecanismo de pago llevado a cabo por el Ministerio de Hacienda.

RECOMENDACIONES

Asegurar la existencia de financiación suficiente, para evitar obligaciones devengadas durante el ejercicio y no imputadas al presupuesto por falta de crédito, y acompasar la ejecución de gastos a los ingresos reales.

Confeccionar manuales de procedimientos para estandarizar y mejorar los mecanismos de control interno, y para definir claramente las funciones asignadas a los directivos y al personal de la entidad.

Definir y sistematizar el circuito de gestión y control de la asistencia sanitaria concertada con medios ajenos, estableciendo mecanismos de gestión y control para definir claramente las responsabilidades del personal encargado.

Definir e implantar un procedimiento de tramitación del gasto que permita su conocimiento y control integral.

Adoptar las medidas necesarias para garantizar que la contratación se ajuste a las previsiones legalmente establecidas, especialmente a la obligación de existencia de crédito adecuado y suficiente.

Adoptar las medidas de control interno pertinentes para garantizar la correcta contabilización de los documentos contables.

Adoptar las medidas necesarias para que las entradas y las salidas de existencias del sistema de inventario permanente a final de año reflejen un correcto corte de las operaciones.

Adoptar las medidas necesarias para que tanto el presupuesto de gastos como la contabilidad recojan todo el gasto devengado.

Revisar el funcionamiento informático y dar las instrucciones necesarias para un correcto funcionamiento del registro de facturas.

Depurar y revisar la razonabilidad del gasto registrado en el módulo de logística, e imputada financieramente a la cuenta 4049.

4. ENDEUDAMIENTO Y GASTOS PLURIANUALES

A. ENDEUDAMIENTO

El endeudamiento vivo del Servicio de Salud de las Islas Baleares, al cierre del ejercicio 2013, es de 54.035 miles de euros y corresponde a los préstamos concertados durante el ejercicio 2005 más los préstamos de GESMA conseguidos con la integración de las fundaciones hospitalarias y GESMA. De este endeudamiento, un total de 2.182 miles de euros tiene vencimiento a corto plazo. Durante el ejercicio 2013, los gastos financieros del endeudamiento, imputados al capítulo 3 del presupuesto de gastos, son de 1.131 miles de euros.

B GASTOS PLURIANUALES

Según los datos de gastos plurianuales remitidos por el IBSALUT, durante el ejercicio 2013, globalmente, el importe total de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros experimenta un incremento del 11,68 % en 2013 y se sitúa en 2.264.345 miles de euros.

Es necesario indicar que los compromisos de gasto plurianual correspondientes al contrato de concesión de obra pública para la construcción y la explotación del Hospital Universitario Son Espases se han actualizado en el año 2013 de acuerdo con el IPC, como está previsto en el contrato, lo que supone un incremento de 22.607 miles de euros respecto del año anterior.

Se ha analizado una muestra de 18 expedientes de gasto plurianual, que suma un importe total de 2.104.712 miles de euros y representa el 93 % sobre el importe total. A partir de la fiscalización de la mencionada muestra, se han detectado incumplimientos respecto de la disposición del gasto y de los pagos, que se detallan en el apartado incidencias.

Incidencias

A pesar de que en la normativa que regula los documentos que integran la Cuenta General no se exige de forma explícita la diferenciación, en el estado de compromisos de gasto plurianual no figura diferenciado el importe total de las altas correspondientes al gasto comprometido durante el ejercicio 2013, lo que resulta imprescindible para conocer la evolución del saldo.

En la información que consta en la Cuenta anual relativa a los expedientes de gastos plurianuales comprometidos en ejercicios anteriores figuran, como mínimo, 17 expedientes, por un importe de 11.468 miles de euros, que no constaban en la Cuenta anual de 2012. Además, en la información sobre expedientes de gastos plurianuales comprometidos durante el ejercicio 2013 figura, como mínimo, un expediente por valor de 2.115 miles de euros, que ya constaba en la Cuenta de 2012.

Los expedientes de gasto plurianual analizados presentan las siguientes deficiencias:

  • El expediente núm. 3 es una modificación de un expediente del 2009 producida por falta de previsión de crédito suficiente en el ejercicio 2013. Por otro lado, la modificación se tramita una vez empezado el ejercicio 2014.
  • Los expedientes núm. 5 y núm. 6 constan en las Cuentas anuales como iniciados en 2013 y son modificaciones de ejercicios anteriores.
  • Las anualidades del expediente núm. 7, correspondiente al contrato de concesión de obra pública para la construcción, conservación y explotación del nuevo complejo asistencial de Can Misses, así como de dos centros de salud vinculados, están calculadas a precios constantes de 1 de enero de 2009. Estas anualidades no incluyen el efecto de la modificación del contrato MOD 255/12 de abril de 2013, la actualización del canon variable una vez empezada la explotación, ni el reajuste del tipo de IVA, como consecuencia de los nuevos tipos impositivos establecidos en el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Con fecha de 9 de septiembre de 2014, los servicios del IBSALUT han estimado que, una vez introducidos los cambios pertinentes, el importe total de estas anualidades debería ser de 697.870 miles de euros, en lugar de los 682.670 miles de euros que figuran.
  • No consta documentación con relación al expediente núm. 9.
  • En el expediente núm. 10, la anualidad 2017 no coincide con la que consta en las cuentas anuales.
  • En el expediente núm. 18, las anualidades y el importe total no coinciden con los que constan en las cuentas anuales.

RECOMENDACIONES

Revisar la proyección de los intereses del endeudamiento a largo plazo del cuadro de la memoria de las cuentas anuales, con los cuadros de amortización adecuados y/o justificar las diferencias.

Ampliar la información incluida en las cuentas anuales, indicando el importe global del gasto plurianual reservado, autorizado y comprometido, según los datos de adjudicación, e informar de la situación de cada expediente.

Calcular el reajuste de anualidades de final del ejercicio con antelación suficiente para que la Dirección General de Presupuestos y Financiación lo tenga en consideración antes del cierre contable, y para que la información reflejada en las cuentas anuales sobre gasto comprometido en ejercicios futuros sea más esmerada.

Presupuestar suficientemente en el ejercicio siguiente, y con la vinculación presupuestaria correcta, los gastos comprometidos en ejercicios futuros.

Calcular los límites de gasto comprometido en ejercicios futuros en función de la vinculación presupuestaria y no solamente sobre la base de la sección presupuestaria.

5. BALANCE DE SITUACIÓN

Para poder interpretar correctamente los estados incluidos en las Cuentas anuales del IBSALUT correspondientes al ejercicio 2013, se han analizado los efectos contables, financieros y patrimoniales que han supuesto la extinción y la integración de las fundaciones públicas sanitarias y de la empresa pública GESMA en el Servicio de Salud de las Islas Baleares. Es necesario señalar que la importancia de las magnitudes manejadas en la integración de los entes extinguidos hace que los estados contables de los ejercicios 2013 y 2012, tal como se presentan en las cuentas anuales del IBSALUT correspondientes al ejercicio 2013, no sean comparables.

1. INTEGRACIÓN DE LAS ENTIDADES DEPENDIENTES EN EL SERVICIO DE SALUD DE LAS ISLAS BALEARES

Con efectos de 1 de enero de 2013, el Servicio de Salud ha integrado en su estructura funcional como centros las entidades públicas que se detallan a continuación:

- GESMA, empresa pública creada antes de las transferencias sanitarias y que incluye el Complejo Hospitalario de Mallorca formado por el Hospital General, el Hospital Psiquiátrico y el Hospital Joan March.

- Las fundaciones públicas sanitarias de:

- el Hospital de Manacor, constituida en el año 1996;

- el Hospital Son Llàtzer, constituida en el año 2001, i

- el Hospital Comarcal de Inca, constituida en el año 2006.

La integración ha supuesto la asunción, por parte del Servicio de Salud, de los derechos y las obligaciones de estas entidades, reflejados en los estados contables de 31 de diciembre de 2012, la homogeneización de los criterios contables de acuerdo con el Plan General de Contabilidad Pública y la eliminación de los débitos y los créditos que mantenían entre si y con el Servicio de Salud, entre otros.

Las principales adaptaciones realizadas respecto de los datos que reflejan las cuentas anuales de 2012 de estas entidades se refieren a:

  • La eliminación de los derechos de uso económico sobre los activos inmuebles (terrenos y edificios) adscritos o cedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), en el caso de los hospitales de Manacor y Son Llàtzer; por el mismo IBSALUT, en el caso del Hospital de Inca, o del Consejo Insular de Mallorca y de la CAIB, en el caso de los hospitales de GESMA.
  • En el caso del Hospital de Inca también se eliminan los valores de otros activos adquiridos por el IBSALUT y cedidos al hospital en el momento de su apertura.
  • Se han eliminado subvenciones de capital y de otros ingresos a plazo, una parte de los cuales se correspondían con la contraprestación de los mencionados activos en los puntos anteriores.
  • También han sido objeto de eliminación las aportaciones recibidas desde el IBSALUT o de la CAIB para compensar pérdidas, o por el mecanismo de pago a proveedores, las cuales se mantenían en el balance respectivo como fondos propios.
  • Las provisiones por morosidad, contingencias, reclamaciones e intereses de demora, premios de jubilación y otras provisiones relacionadas con el personal, entre otros, han sido eliminadas.

Las principales magnitudes resultantes del ejercicio de consolidación de las fundaciones hospitalarias y GESMA, preparadas para ser incorporadas al Servicio de Salud antes de compensar los saldos con este, así como la adaptación del balance de situación del IBSALUT correspondiente al 2012, que ha realizado la SCIB para recoger el efecto de la incorporación de las fundaciones hospitalarias y GESMA, es la que aparece recogida en el Informe de fiscalización.

A pesar de que el IBSALUT no ha realizado ningún tipo de adaptación de las cuentas de 2012 con la integración de las fundaciones hospitalarias y GESMA, dado que a efectos de gestión no es necesario, sí que debería haber sido recomendable realizarlo a efectos de presentación de sus cuentas anuales.

Incidencias

La Instrucción 3/2013 sobre procedimiento contable y de gestión en el proceso de integración de las fundaciones hospitalarias y GESMA al Servicio de Salud a partir del 1 de enero del 2013, en el punto 5. Inmovilizado, indica que los activos existentes en estas entidades, registrados contablemente para reflejar su uso económico, no han sido transferidos al IBSALUT. A pesar de todo, las Normas de valoración establecidas en la normativa contable pública vigente (Plan General de Contabilidad Pública de 1999) establecen la cuantificación de este tipo de activo como inmovilizado. Así, y de acuerdo con este principio contable, los activos de estas entidades, excepto la Fundación del Hospital de Inca, se deberían haber transferido al IBSALUT. El impacto neto asciende, aproximadamente, a 90 millones de euros en el activo, en contrapartida a los fondos propios.

Las cuentas de patrimonio y de reservas, que provienen de la integración de las fundaciones hospitalarias y GESMA, están sobrevaloradas en 903 miles de euros y en 2.525 miles de euros, respectivamente, y se deberían considerar como «Reservas por resultados de la integración».

Las provisiones por intereses de demora (total 4.980 miles de euros) y periodificaciones de gasto de personal (total 3.048 miles de euros), que estaban constituidas en los entes integrados, han sido objeto de eliminación en la consolidación.

2. BALANCE DE SITUACIÓN DEL IBSALUT 2013

B.1 ACTIVO

El Servicio de Salud de las Islas Baleares no dispone de un inventario completo, y debidamente valorado, de los bienes y los derechos de los que es titular que constituya el apoyo de la contabilización del inmovilizado, y que permita el control y la buena gestión de los elementos que lo integran.

Los deudores presupuestarios suman un total 376.058 miles de euros y se desglosan en deudores del ejercicio corriente (367.762 miles de euros) y deudores de ejercicios cerrados (8.296 miles de euros). Los deudores no presupuestarios (1.963 miles de euros) corresponden principalmente a anticipos concedidos al personal, por importe de 1.308 miles de euros. En cuanto al epígrafe de otros deudores, se recogen las rectificaciones por operaciones de tesorería hasta su correcta aplicación, e incluye, entre otros conceptos, 1.591 miles de euros correspondientes a incidencias derivadas del mecanismo de pago a proveedores.

La cuenta general de tesorería presenta, a 31 de diciembre de 2013, un saldo total en metálico de 595 miles de euros, depositados en 7 cuentas bancarias debidamente conciliadas.

Incidencias

El Servicio de Salud no dispone de un inventario íntegro y cuantificado del patrimonio que utiliza para llevar a cabo su actividad; esta deficiencia supone una limitación sobre los datos que figuran en el inmovilizado y en los fondos propios.

El IBSALUT no contabiliza los derechos de uso derivados de los bienes inmuebles recibidos en adscripción de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y de otras Administraciones. La titularidad corresponde a estas administraciones mientras que la CAIB disfruta de su uso; la normativa contable de aplicación al IBSALUT exige la valoración y la contabilización de los derechos de uso derivados de posibles adscripciones.

Adicionalmente, el IBSALUT utiliza los activos adquiridos mediante los contratos de concesión de obra pública y otros contratos de colaboración público-privada, para la adquisición de equipos de alta tecnología y dotaciones clínicas y hospitalarias, del Hospital Son Espases, del Hospital de Can Misses y de centros de atención primaria. De acuerdo con la normativa contable, la contabilización del activo corresponde al sujeto que dispone de su control, con independencia de la propiedad. El IBSALUT controla, en este sentido, los activos derivados de estos contratos de concesión de obra pública y, por tanto, el coste de las infraestructuras debería figurar en el activo del balance de situación y su financiación debería figurar en el pasivo. La SCIB no dispone de los datos necesarios para la cuantificación del valor de los activos y el endeudamiento que debería registrar.

El IBSALUT contabiliza el inmovilizado inmaterial (licencias y aplicaciones informáticas) adquirido mediante contratos plurianuales de inversión como altas, en función de los vencimientos de sus anualidades. Por lo tanto, no considera el coste total de los bienes adquiridos ni su financiación. Del total de las altas del inmovilizado de 2013, al menos 4.437 miles de euros corresponden a anualidades de estos contratos vencidas durante el presente ejercicio. De acuerdo con la información rendida en las Cuentas anuales de 2013 sobre expedientes de gasto plurianual, se estima que un total de 7.649 miles de euros se encuentra sin contabilizar en el activo inmovilizado, en contrapartida al pasivo a corto y a largo plazo por 4.185 miles de euros y 3.464 miles de euros, respectivamente. Además, este sistema de contabilización afecta al cálculo de la amortización, ya que se realiza en función del vencimiento de las anualidades y no de la vida útil del activo adquirido. La SCIB no dispone de la información completa para poder determinar el impacto sobre la amortización acumulada y sobre el gasto de amortización del ejercicio.

La SCIB no ha podido comprobar la razonabilidad del importe de las existencias y no se puede pronunciar en cuanto a la variación de existencias contabilizada por el IBSALUT en la cuenta de resultados. Por otro lado, y de acuerdo con el ajuste introducido en la contabilidad a raíz del informe de control financiero 4/2014 de revisión del importe de las obligaciones devengadas pendientes de imputar al presupuesto de 2013, emitido por la Intervención General, existe un problema de corte de operaciones valorado, al menos, en 2.849 miles de euros, en el año 2013.

A la fecha de cierre del presente Informe, no se ha rendido la conciliación de saldos entre el IBSALUT y la CAIB.

De la circularización realizada en el área de deudores sobre un total de 10.681 miles de euros, no se ha recibido confirmación de 19 de los 35 deudores circularizados, por un importe total de 3.982 miles de euros, que representa el 37 % del saldo circularizado. Asimismo, de las confirmaciones recibidas, solamente 3 han sido conformes (934 miles de euros), 2 están en litigio (2.450 miles de euros) y las restantes son disconformes y no han sido conciliadas por el IBSALUT. No se ha podido completar la verificación de la razonabilidad de los mencionados saldos mediante la aplicación de procedimientos alternativos. Esta circunstancia, así como la existencia de saldos llamados migración, entre otros, suponen deficiencias en la gestión financiera de los ingresos derivados de las prestaciones de asistencia sanitaria, que se manifiestan, precisamente, en la obtención de los datos adecuados para su facturación y en la conformidad de ésta que facilite su cobro.

El epígrafe «Otros deudores» del balance de situación está sobrevalorado en 522 miles de euros, que el IBSALUT tiene contabilizados en cuentas transitorias de pasivo. Este epígrafe también incluye los saldos relacionados con el convenio con la Seguridad Social, los cuales, a 31 de diciembre de 2013, presentan un saldo conjunto acreedor de 1.131 miles de euros; el funcionamiento de las cuentas relacionadas con este convenio exige su correcto tratamiento, de forma separada, de acuerdo con su finalidad y plazo.

En las respuestas bancarias recibidas figuran como autorizadas personas que, a 31 de diciembre de 2013, no ocupan el cargo que otorga la facultad de firma autorizada.

B.2. PASIVO

Al cierre del ejercicio 2013, los fondos propios son negativos por un importe de 9.561 miles de euros, mientras que, al cierre de 2012, eran positivos por un importe de 93.510 miles de euros. Dado que no existe un inventario completo i completamente valorado de los elementos del inmovilizado, los importes registrados no representan el valor real del patrimonio del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Las provisiones para riesgos y gastos, por importe de 14.307 miles de euros, corresponden a reclamaciones judiciales de intereses de demora y por responsabilidad patrimonial; también incluyen provisiones del Hospital Universitario de Son Espases en concepto del impuesto de construcciones y instalaciones y obras, y por diferencias con la facturación de los consumos de gas.

A 31 de diciembre de 2013, la deuda con las entidades de crédito a largo plazo suma un total de 54.035 miles de euros (2.182 miles de euros, con vencimiento a corto plazo, y 51.853 miles de euros, con vencimiento a largo plazo).

Los acreedores presupuestarios a corto plazo presentan, a 31 de diciembre de 2013 y de acuerdo con los datos remitidos, un saldo de 495.574 miles de euros, con un incremento del 25,17 % respecto del ejercicio anterior, en el que se redujeron mucho, como consecuencia de los pagos efectuados mediante el mecanismo extraordinario de pago a proveedores, las obligaciones pendientes de pago de ejercicios cerrados y los acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto. Del saldo al cierre del ejercicio, 316.701 miles de euros corresponden a obligaciones reconocidas pendientes de pago derivadas de la ejecución del presupuesto de gastos de 2013; 81.982 miles de euros son de presupuestos de años anteriores, y 96.892 miles de euros son obligaciones derivadas de gastos efectivamente realizados y de bienes y servicios efectivamente recibidos, que, a 31 de diciembre de 2013, no se han reconocido y figuran abonados en la cuenta «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto».

Los acreedores no presupuestarios totalizan 142.862 miles de euros e incluyen, entre otros: la carga de la deuda con proveedores de 2012 y de años anteriores, por un importe de 73.916 miles de euros; el aplazamiento del IRPF de los meses de septiembre a noviembre de 2013, por un importe de 25.528 miles de euros; un saldo a pagar a la CAIB, de 341 miles de euros, y la periodificación de determinados gastos presupuestarios, por un total de 41.094 miles de euros.

Incidencias

El balance de situación del IBSALUT muestra un patrimonio contable negativo de 9.561 miles de euros y un déficit de capital circulante de 270.712 miles de euros, que suponen que la actividad futura esté condicionada a la obtención de los recursos financieros necesarios.

De acuerdo con la memoria de la cuenta anual del IBSALUT, existen pasivos contingentes, como litigios y demandas interpuestas por terceros, que tienen una cuantificación objetiva difícil y cuyos importes pueden resultar significativos para la entidad.

Con relación a las posibles contingencias, la Abogacía de la CAIB informa de que las reclamaciones judiciales de importes superiores a 600 miles de euros suponen un total aproximado de 61.277 miles de euros. La provisión dotada por el IBSALUT para hacer frente a las reclamaciones judiciales por intereses de demora, por importe de 10.976 miles de euros, y para hacer frente a las obligaciones derivadas de responsabilidad patrimonial, por un total de 3.247 miles de euros, solamente cubre una parte de las reclamaciones, los litigios y las demandas y de los efectos retroactivos de las revisiones contractuales en curso. A pesar de la información aportada por la Abogacía de la CAIB, no se ha podido obtener evidencia suficiente y adecuada con relación al impacto total que los litigios y las reclamaciones existentes puedan tener en su patrimonio.

La modificación del contrato de concesión de la reforma y ampliación del Hospital Can Misses, subscrita durante el ejercicio 2013, ha supuesto, entre otros, el pago de una aportación económica directa de la Administración de 5.211 miles de euros para compensar a la concesionaria por los costes financieros derivados del proyecto original; el importe se liquida en cuatro años. Dada su naturaleza, esta compensación debe ser contabilizada íntegramente en 2013. A pesar de ello, durante el ejercicio 2013, solamente se ha registrado por este concepto un gasto de 1.880 miles de euros, por lo que las cuentas anuales muestran un defecto de gasto y de pasivos con la concesionaria, por un importe de 3.331 miles de euros.

Los procedimientos de auditoría se han visto limitados por la imposibilidad de completar el cuadro de bases del IRPF, así como por la falta de verificación del saldo deudor de 1.121 miles de euros incluido en el epígrafe de «Otros acreedores».

De la circularización realizada en el área de acreedores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de saldos de 9 de los 49 acreedores circularizados, por un importe total de 36.118 miles de euros, que representa el 12,49 % del saldo circularizado, y no se ha podido verificar la razonabilidad de los mencionados saldos mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos. Asimismo, de las confirmaciones recibidas, no han podido ser conciliadas las que figuran relacionadas en el Informe.

A pesar de que la cuenta de «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto» se ha incluido en el importe circularizado, el gasto registrado necesita una depuración que permita su validación y, además, limita los resultados de la prueba de circularización.

A finales de diciembre de 2013, se realiza un pago de 178.209 miles de euros con cargo al Fondo de Liquidez Autonómico que el IBSALUT no contabiliza hasta enero de 2014. Este pago se ha considerado como partida conciliadora en los casos en que el acreedor no había tenido en cuenta su respuesta; en otros casos, no estaban registrados por los acreedores o solamente estaban registrados parcialmente.

La deuda comercial de las antiguas fundaciones hospitalarias y GESMA, pendiente de pago a 31 de diciembre por un importe de 73.915 miles de euros, en ocasiones ha sido considerada por los proveedores como una partida conciliadora; en otras, no se ha reflejado en la respuesta recibida.

A 31 de diciembre, hay un importe pendiente de compensar de 1.532 miles de euros, correspondiente al pago a proveedores realizado mediante el primer mecanismo implementado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

En los acreedores del ejercicio 2013 se incluyen 96.892 miles de euros en concepto de obligaciones derivadas de gastos efectivamente realizados, y de bienes y servicios efectivamente recibidos durante el ejercicio. Para estos acreedores (registrados con abono en la cuenta «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto»), no se ha podido dictar el correspondiente acto administrativo de reconocimiento y liquidación de la obligación, por falta de crédito presupuestario disponible.

RECOMENDACIONES

Concretar las pautas en cuanto al registro de los bienes del inmovilizado y establecer los criterios para contabilizarlos. Identificar los bienes y los derechos de uso susceptibles de valoración económica a disposición del IBSALUT, determinar el contenido y el valor, y reflejarlo correctamente en la contabilidad, de acuerdo con lo que se establece en la normativa contable de aplicación al IBSALUT.

Formalizar la adscripción a favor del Servicio de Salud de todos aquellos inmuebles y otros activos que están a su disposición para el desarrollo de sus actividades.

Incluir en la memoria de las cuentas anuales del IBSALUT el detalle de las diferentes obras en curso (presupuesto inicial, fecha de inicio, fecha prevista de puesta en marcha, estado actual, etc.). Revisar la confección de los cuadros de conciliación de las altas patrimoniales con el capítulo 6 del ejercicio.

Intensificar el establecimiento de procedimientos homogéneos de facturación que garanticen la cobertura de la totalidad de la actividad realizada con terceros obligados al pago, y establecer procedimientos de revisión de las facturaciones que incluyan conciliaciones, seguimientos y compromisos de cobro y regularizaciones de diferencias o errores.

Conciliar periódicamente las operaciones y los saldos con la CAIB, para aclarar y ajustar las diferencias.

Actualizar y adaptar el registro de firmas autorizadas para la disposición de fondos de las cuentas bancarias a disposición del IBSALUT.

Conciliar periódicamente los saldos pendientes con los proveedores más importantes y realizar una depuración de las cuentas transitorias de acreedores en las que existan diferencias temporales entre la emisión de la orden de pago y el pago efectivo.

Realizar cuadros periódicos de las bases de todos los impuestos con el correspondiente gasto.

Valorar la oportunidad de realizar auditorías operativas por áreas de gestión tanto desde el aspecto económico como del funcionamiento de los servicios, especialmente de los asistenciales.

6. RESULTADOS DEL EJERCICIO

A. RESULTADO PRESUPUESTARIO Y REMANENTE DE TESORERÍA

El resultado presupuestario, presentado en la Cuenta anual del IBSALUT del ejercicio 2013, es positivo en 9.354 miles de euros, mientras que en el 2012 fue positivo en 93.107 miles de euros.

El remanente de tesorería ajustado es negativo por un importe de 91.719 miles de euros.

Incidencias

El resultado del ejercicio y, por tanto, el remanente de tesorería deben ser objeto de corrección, como mínimo, por un importe de 96.892 miles de euros, por las obligaciones de gasto no imputadas al presupuesto recogidas en la memoria que se adjunta a las cuentas anuales del IBSALUT.

El Servicio de Salud de las Islas Baleares no realiza seguimiento alguno de la financiación afectada, por lo que no se puede determinar cuál es el remanente de tesorería afectado a la cobertura de gastos concretos y cuál es el remanente de tesorería incondicionado.

B RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL

El resultado económico-patrimonial del ejercicio 2013 es negativo por un importe de 89.969 miles de euros, mientras que en el 2012 fue positivo en 394.835 miles de euros.

Incidencias

Los gastos extraordinarios del ejercicio 2013 están minorados en 2.052 miles de euros, dado que, igual que en ejercicios anteriores, el Servicio de Salud ha contabilizado con signo negativo las provisiones para riesgos y gastos aplicados al ejercicio. Así, el total del gasto extraordinario debería haber sido de 12.971 miles de euros.

RECOMENDACIONES

Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas en los diferentes apartados del Informe y procurar su detección y corrección en ejercicios posteriores.

VI. AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ISLAS BALEARES

1 OPINIÓN FINANCIERA Y DE LEGALIDAD

Alcance

1. La Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares ha fiscalizado las cuentas anuales, a 31 de diciembre de 2013, de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares, integradas por: el estado de liquidación del presupuesto y resultado presupuestario, el balance del ejercicio, la cuenta del resultado económico-patrimonial y la memoria correspondiente al ejercicio anual finalizado en la fecha mencionada, cuya formulación corresponde a la dirección de la entidad y cuya aprobación es responsabilidad del Consejo General de la ATIB, y se ha producido el 18 de junio de 2014. Excepto por la limitación mencionada en el párrafo 2 siguiente, el trabajo de fiscalización se ha efectuado de acuerdo con los objetivos y el alcance que se menciona en el apartado I.3 de este Informe.

Limitaciones al alcance

2. La Agencia Tributaria de las Islas Baleares no dispone de un inventario completo, y debidamente valorado, de los bienes y los derechos de los que es titular y los recibidos en adscripción, que constituya el soporte de la contabilización del inmovilizado y que permita el control y la buena gestión de los elementos que la integran. Tampoco dispone de los datos para la comprobación de su amortización acumulada. En consecuencia, no se ha podido comprobar que la valoración del inmovilizado y su amortización sean adecuadas.

Salvedades con efecto patrimonial 

3. El balance de situación no incorpora, en el epígrafe de tesorería, los saldos existentes en cuentas bancarias abiertas a nombre de la ATIB, por un importe de 2.826 miles de euros, y que corresponden a situaciones transitorias de tesorería. En consecuencia, el saldo de tesorería y el epígrafe de acreedores a corto plazo se deberían incrementar por el mencionado importe. De estas cuentas corrientes, un total de 7 cuentas tienen como firma única de apoderamiento la del director de la Agencia.

4. El saldo, a 31 de diciembre de 2013, de la cuenta «41900001. SRT Premio cobro tributos locales», en el epígrafe «Acreedores no presupuestarios», presenta un saldo deudor de 5.794 miles de euros. De este importe, se debería anular el anticipo a cuenta de 747 miles de euros, de enero de 2014, contabilizado pero no materializado, y la diferencia, por importe de 5.047 miles de euros, se debería reclasificar en el epígrafe «Deudores no presupuestarios» del activo del balance de situación.

5. La Agencia ha reconocido en el balance un total de 30.869 miles de euros como anticipos de recaudaciones, a pesar de que el traspaso efectivo de los fondos no se ejecuta hasta el ejercicio 2014. En consecuencia, los acreedores no presupuestarios del pasivo del balance deberían disminuir en esta cantidad; la rúbrica de «Deudores por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos» del activo del balance debería disminuir en 8.176 miles de euros, y la rúbrica «Acreedores por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos» del pasivo del balance de debería incrementar en 22.692 miles de euros.

6. La cuenta de resultados del ejercicio 2013 no incluye, como gastos del ejercicio, los honorarios de recaudación de tributos de la Comunidad Autónoma devengados en 2013 pero liquidados en 2014, por importe total de 268 miles de euros, y tampoco incluye, como gastos, la cuota patronal de la Seguridad Social, devengada en diciembre de 2013, por importe total de 73 miles de euros, ni la parte devengada en diciembre de 2013 de la paga extra de julio de 2014, por importe de 36 miles de euros. En consecuencia, el resultado del ejercicio y el epígrafe de acreedores a corto plazo se deberían reducir e incrementar, respectivamente, por el importe de 377 miles de euros.

7. La cuenta de resultados de la ATIB no presenta ni los gastos en concepto de honorarios del recaudador por los servicios de recaudación de tributos prestados a otros entes que han suscrito convenios de recaudación, ni tampoco los ingresos de la ATIB derivados de la prestación de los servicios de recaudación en estos entes, por un importe de 11.615 miles de euros.

Salvedades con efecto patrimonial y presupuestario

8. La cuenta de resultados patrimoniales del ejercicio 2013 y la liquidación del presupuesto de gasto no incluyen los gastos en concepto de los honorarios del recaudador por su participación en los recargos de apremio recaudados por la CAIB en plazo ejecutivo, por un importe de 740 miles de euros.

Salvedades con efecto presupuestario

9. La ATIB ha registrado en el art. 64 los gastos correspondientes a la campaña Renta Ágil, por importe de 81 miles de euros. Dado que es un gasto que se realiza en cada ejercicio, debería considerarse como gasto corriente. Además, en este art. también se ha registrado, por un importe de 69 miles de euros, el 50 % de la facturación del servicio de soporte informático, que tiene contratado con un proveedor, sin que esté justificado el criterio de imputación a inversiones de acuerdo con el objeto del contrato.

Opinión

10. Excepto por los efectos de los ajustes que se podrían considerar necesarios si se hubieran podido completar los procedimientos descritos en el párrafo 2 anterior, y excepto por los efectos de las excepciones descritas en los párrafos 3-9 anteriores, la Cuenta anual de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares presenta, en general, la información de acuerdo con los principios contables y con la normativa legal de aplicación.

Con independencia de lo que se indica en los párrafos anteriores, es necesario destacar las incidencias que se detallan en los apartados siguientes del Informe, que deben ser tenidas en cuenta y, en su caso, corregidas por los órganos responsables.

2. PRESUPUESTO INICIAL Y MODIFICACIONES

El presupuesto inicial para el ejercicio 2013 asciende a 8.288 miles de euros, lo que supone una disminución del 19,3 % respecto del 2012. Para su financiación, se prevén ingresos por la misma cuantía en los capítulos 1-7, sin recurrir al endeudamiento.

Se ha tramitado 1 expediente de generación de crédito, que ha incrementado los créditos iniciales en 428 miles de euros (un 5,16 %) y que ha dado como resultado un crédito definitivo de 8.716 miles de euros (10.270 miles de euros en el ejercicio 2012). Por otro lado, se han tramitado 18 expedientes de transferencias de crédito, por importe de 1.688 miles de euros, que no han incrementado las consignaciones iniciales.

3. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

A. EJECUCIÓN DE INGRESOS

Sobre unas previsiones definitivas de 8.716 miles de euros, se han reconocido derechos por un total de 8.611 miles de euros, lo que supone un grado de ejecución del 98,79 %, porcentaje similar al del ejercicio 2012, que fue del 99,02 %.

La recaudación líquida ha sido de 1.039 miles de euros, lo que supone un 12,07 % de los derechos reconocidos (un 27,49 %, en 2012). Este bajo porcentaje es debido al hecho de que la Administración General de la CAIB únicamente ha pagado un 11,80 % de los derechos reconocidos en concepto de transferencias corrientes, y un 0 % de las de capital.

B EJECUCIÓN DE GASTOS

Sobre unas previsiones definitivas de 8,716 miles de euros, se han reconocido obligaciones por un total de 8.344 miles de euros, lo que supone un grado de ejecución del 95,73 %, porcentaje superior al del ejercicio 2012, que fue del 85,58 %.

Los importes más significativos son los correspondientes al capítulo 1 «Gastos de personal» (61,08 % del importe total de gastos), al capítulo 2 «Gastos corrientes en bienes y servicios» (23,96 % del importe total de gastos) y al capítulo 3 «Gastos financieros» (13,16 % del importe total de gastos), y, en conjunto, representan el 98,20 % del gasto total.

En el capítulo 2 «Gastos corrientes en bienes y servicios» destaca el subconcepto «22708. Servicios de recaudación», que, con un importe de 763 miles de euros, representa el 38,16 % del gasto de este capítulo.

Sobre las obligaciones reconocidas en los capítulos 2 y 6, se han seleccionado 18 expedientes administrativos de gasto, de los que se ha verificado la correcta autorización y disposición del gasto, el correcto reconocimiento de la obligación y la autorización del pago correspondiente. A partir de la fiscalización de la mencionada muestra, que representa un 34,32 % de las obligaciones reconocidas de los capítulos 2 y 6, se han detectado incidencias respecto de los reconocimientos de las obligaciones y las autorizaciones de los pagos que se detallan en el apartado correspondiente.

Incidencias

La ATIB no registra en el subconcepto «22708. Gastos de recaudación» el importe correspondiente a los honorarios por la participación del recaudador en los recargos de apremio liquidados a la CAIB en plazo ejecutivo, regulados por el art. 10.2 de la Ley 10/2003, de Medidas Tributarias y Administrativas, y por el art. 64 del Decreto 75/2004, de Desarrollo de Determinados Aspectos de la Ley de Finanzas y de las Leyes de PGCAIB. Por este motivo, las obligaciones presupuestarias reconocidas por la ATIB durante el 2013 están infravaloradas en un importe de 740 miles de euros, de acuerdo con el IVA que la ATIB ha reconocido en el subconcepto indicado como gasto a pagar al recaudador, y tomando como base imponible el importe bruto de los honorarios para la participación en los recargos de apremio recaudados por la CAIB

La ATIB ha registrado en el art. 64 los gastos correspondientes a la campaña Renta Ágil, por importe de 81 miles de euros. Dado que es un gasto que se realiza en cada ejercicio, debería ser considerada como un gasto corriente.

Además, en este art., también se ha registrado, por importe de 69 miles de euros, el 50 % de la facturación del servicio de soporte informático que tiene contratado con un proveedor, sin que esté justificado el criterio de imputación a inversiones de acuerdo con el objeto del contrato.

De los 18 expedientes de gasto examinados, se señalan las siguientes incidencias:

  • En cinco de los expedientes revisados, correspondientes a los contratos de servicios de mantenimiento general de los inmuebles adscritos, de limpieza de los edificios de la ATIB, de vigilancia y seguridad de las oficinas de la ATIB y de los encargos de gestión de los servicios de soporte informático, los certificados de que los servicios prestados durante todo el mes de diciembre de 2013 se han efectuado de conformidad, se han realizado antes de finalizar el plazo de prestación a final de mes (en concreto, los días 18, 17, 16 y 17 de diciembre de 2013, respectivamente).
  • En tres de los expedientes revisados, el pago de las facturas correspondientes a los servicios recibidos durante el mes de diciembre de 2013, relativos a los contratos de limpieza de los edificios de la ATIB y de vigilancia y seguridad de las oficinas de la ATIB, y al encargo de gestión del servicio de soporte informático, se ha hecho efectivo antes de que acabara el mes (entre los días 23 y 24 de diciembre) y, por lo tanto, antes de que se hayan acabado los servicios incluidos en las facturas referidas (por importe de 10,07 miles de euros, 10,92 miles de euros y 13,10 miles de euros, respectivamente).
  • En tres de los expedientes revisados, a pesar de que la ATIB paga el IVA soportado y practica las retenciones del IRPF correspondientes, se ha puesto de manifiesto que no constan las facturas por los honorarios que percibe el recaudador de zona de Mallorca por los servicios prestados a la ATIB.
  • No constan justificadas en el expediente las razones de economía, eficacia y eficiencia que aconsejan la utilización de la figura de la encomienda de los servicios complementarios encargados al recaudador de zona, en lugar de las normas generales previstas en el TRLCSP. La ATIB no ha aportado documentación soporte relativa a la adecuada valoración de las retribuciones de los servicios complementarios realizados por el recaudador.

4. GASTOS PLURIANUALES

Durante el ejercicio 2013 se han dado de alta dos nuevos documentos contables de compromiso de gasto con cargo a ejercicios futuros. Los datos generales de gasto comprometido, a 31 de diciembre de 2013, que figuran en la Cuenta Anual, son de 1.100 miles de euros, lo que supone un incremento del 12,82 % respecto al ejercicio anterior.

5. BALANCE DE SITUACIÓN

A. ACTIVO

En el epígrafe de inmovilizado no consta inventario físico valorado con la identificación de la totalidad de los elementos recibidos en adscripción. Tampoco constan en él los datos necesarios para la comprobación de su amortización acumulada.

Los deudores por administración de recursos por cuenta de otros entes, con un saldo de 8.220 miles de euros, incluyen el importe de 8.176 miles de euros procedente del saldo con el Ayuntamiento de Palma, como resultado del convenio de colaboración para la recaudación en plazo voluntario y ejecutivo de tributos locales y otros ingresos.

En el epígrafe de fianzas y depósitos constituidos a corto plazo consta, a 31 de diciembre de 2012, un préstamo realizado a favor de la CAIB por falta de liquidez, por importe de 15.000 miles de euros. El 31 de agosto de 2013, la CAIB procedió a la devolución de este préstamo mediante transferencia.

La cuenta general de tesorería presenta, a 31 de diciembre de 2013, un saldo en metálico de 37.674 miles de euros, depositados en 17 cuentas bancarias, mientras que a 31 de diciembre de 2012, el saldo en metálico era de 26.916 miles de euros, depositados en 20 cuentas bancarias.

Incidencias

La Agencia Tributaria de las Islas Baleares no dispone de un inventario completo, y debidamente valorado, de los bienes y derechos de los que es titular ni de los recibidos en adscripción, que constituyan el soporte de la contabilización del inmovilizado y que permita el control y la buena gestión de los elementos que la integran. Tampoco dispone de los datos para la comprobación de su amortización acumulada.

La ATIB amortiza las construcciones a 85 años. Este criterio es correcto para el edificio de la calle de Can Troncoso, por su carácter histórico. No obstante, el inmueble de la calle Aragón se debería amortizar en un período más corto. El defecto de amortización para los años 2011, 2012 y 2013 se cuantifica en 25 miles de euros.

El balance de situación no incorpora, en el epígrafe de tesorería, los saldos existentes en 26 cuentas bancarias abiertas a nombre de la ATIB, por un importe de 2.826 miles de euros, y que corresponden a situaciones transitorias de tesorería. En consecuencia, el saldo de tesorería y el epígrafe de acreedores a corto plazo deberían incrementarse por el mencionado importe. De estas cuentas corrientes, un total de 7 cuentas tienen como firma única de apoderado la del Director de la Agencia.

De las 17 cuentas bancarias que figuran en el arqueo a 31 de diciembre de 2013, hay 2 que no figuran en las respuestas bancarias. El saldo contable de estas dos cuentas no llega a 1 millar de euros al cierre de los ejercicios 2013 y 2012.

B. PASIVO

Los fondos propios, al cierre de 2013, son de 7.424 miles de euros.

La ATIB utiliza una póliza de crédito para anticipar la recaudación de los derechos de los entes locales formalizada el 24 de enero de 2013, con un límite de 150.000 miles de euros. Mediante una adenda se amplía el límite, en 30.000 miles de euros, que se cancela el 31 de diciembre de 2013, por lo que, en esta fecha no existe ningún importe dispuesto. 

Los acreedores presupuestarios presentan, a 31 de diciembre de 2013 y de acuerdo con los datos remitidos, un saldo de 86 miles de euros.

El saldo de los acreedores no presupuestarios, por importe de 25.782 miles de euros, incluye, entre otros, con saldo deudor, el premio de cobro de los tributos locales (‑5.794 miles de euros) y la cuenta de acreedor extrapresupuestaria transitoria (31.696 miles de euros). Esta última incluye anticipos correspondientes a la recaudación del ejercicio 2014, por un importe de 30.869 miles de euros.

El saldo de los acreedores para administración de recursos de otros entes públicos, por importe de 26.966 miles de euros, incluye el saldo a favor de diversos ayuntamientos de Mallorca, el Consejo Insular de Mallorca, el Consejo Insular de Formentera y la Mancomunidad del Pla de Mallorca, como resultado de la recaudación efectuada en virtud de los diversos convenios de colaboración firmados entre estas entidades y la ATIB.

Incidencias

El saldo, a 31 de diciembre de 2013, de la cuenta «41900001. SRT Premio cobro tributos locales», en el epígrafe «Acreedores no presupuestarios» presenta un saldo deudor de 5.794 miles de euros. De este importe, se debería anular el anticipo a cuenta de 747 miles de euros, de enero de 2014, contabilizado pero no ejecutado; y la diferencia, por importe de 5.047 miles de euros, se debería reclasificar en el epígrafe «Deudores no presupuestarios» del activo del balance de situación.

La Agencia ha reconocido en el balance un total de 30.689 miles de euros como anticipos de recaudaciones, a pesar de que el traspaso efectivo de los fondos no se ejecuta hasta el ejercicio 2014. En consecuencia, los acreedores no presupuestarios del epígrafe acreedores del balance debería disminuir en esta cantidad; la rúbrica «Acreedores para administración de recursos por cuenta de otros entes públicos» de este mismo epígrafe debería incrementarse en 22.692 miles de euros, y la rúbrica «Deudores para administración de recursos por cuenta de otros entes públicos» del epígrafe deudores del activo del balance de situación debería disminuir en 8.176 miles de euros.

El pasivo a corto plazo para administraciones públicas no incluye la cuota patronal de la Seguridad Social, devengada en diciembre de 2013, por importe total de 73 miles de euros. En consecuencia, las pérdidas del ejercicio y el epígrafe de acreedores a corto plazo deberían incrementarse por el mencionado importe.

RECOMENDACIONES

Formalizar la adscripción a favor de la ATIB de todos aquellos bienes que están a su disposición para el desarrollo de sus actividades.

Realizar el inventario general (con la inclusión de todos los bienes puestos a disposición de la ATIB) y su valoración, así como ajustar los valores de los elementos y de sus amortizaciones acumuladas.

Revisar y modificar, en su caso, las firmas de los apoderados en las cuentas bancarias, para que, en todos los casos, sean mancomunadas.

Desarrollar la normativa reglamentaria que regule el régimen de control interno de la ATIB a cargo de la Intervención General de la CAIB.

RESULTADOS DEL EJERCICIO

1. RESULTADO PRESUPUESTARIO

El resultado presupuestario, presentado en la cuenta anual del ejercicio 2013, es positivo por importe de 266 miles de euros, mientras que en el 2012 fue positivo en 1.381 miles de euros.

El remanente de tesorería es de 4.244 miles de euros, mientras que en el ejercicio anterior fue de 3.978 miles de euros.

2. RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL

Por lo que se refiere a la cuenta del resultado económico-patrimonial, es positivo en 74 miles de euros, mientras que en el 2012 fue positivo en 1.738 miles de euros.

Incidencias

La cuenta de resultados de la ATIB no presenta ni los gastos en concepto de honorarios del recaudador por los servicios de recaudación de tributos prestados a otros entes que han subscrito los correspondientes convenios, ni tampoco los ingresos de la ATIB derivados de la prestación de los servicios de recaudación a estos entes, por un importe de 11.615 miles de euros, según los datos aportados por el liquidador. De acuerdo con la normativa contable de aplicación a la ATIB, y de acuerdo con el principio de no-compensación, los ingresos y los gastos que integran la cuenta de resultados no pueden compensarse y deben valorarse separadamente. En consecuencia, los gastos y los ingresos del ejercicio 2013 deberían incrementarse en 11.615 miles de euros, a los que se deberían añadir los importes de las liquidaciones efectuadas en 2014 correspondientes a la recaudación realizada en 2013.

En la cuenta de resultados del ejercicio no se han contabilizado los gastos en concepto de los honorarios del recaudador por su participación en los recargos de apremio recaudados por la CAIB en plazo ejecutivo, por un importe de 740 miles de euros (art. 10.2 de la Ley 10/2003, de Medidas Tributarias y Administrativas, y art. 64 del Decreto 75/2004, de Desarrollo de Determinados Aspectos de la Ley de Finanzas y de las Leyes de PGCAIB).

La cuenta de resultados del ejercicio 2013 no incluye, como gastos del ejercicio, los honorarios de recaudación de tributos de la Comunidad Autónoma devengados en 2013 pero liquidados en 2014, por importe total de 268 miles de euros. En consecuencia, el beneficio del ejercicio y el epígrafe de acreedores a corto plazo deberían reducirse e incrementarse, respectivamente, por el mencionado importe.

El pasivo a corto plazo para administraciones públicas no incluye la cuota patronal de la Seguridad Social, devengada en diciembre de 2013, por importe total de 73 miles de euros. En consecuencia, las pérdidas del ejercicio y el epígrafe de acreedores a corto plazo deberían incrementarse por el importe mencionado.

De acuerdo con el art. 3 del Decreto 85/1990, de 20 de septiembre, por el que se establece el régimen retributivo de los funcionarios de la Comunidad Autónoma, se devengarán dos pagas extras al año, los días 1 de junio y 1 de diciembre. Por lo tanto, a 31 de diciembre de 2013, se debería haber contabilizado el devengo del mes de diciembre de 2013, de la paga extra de junio de 2014, que ascendería aproximadamente a 36 miles de euros.

VII. ESTADOS AGREGADOS

Los estados agregados siguientes son el resultado de la suma de las magnitudes más significativas de cada uno de los documentos presentados por la CAIB y las entidades dependientes. Por tanto, no se deben confundir con la situación consolidada del conjunto formado por la CAIB y estas entidades.

El resultado presupuestario conjunto de la Administración General de la CAIB, el IBSALUT, la ATIB y sus entidades dependientes (sin transferencias ni facturaciones internas) es positivo por un importe de 404.574 miles de euros, mientras que el resultado del ejercicio anterior fue de 61.201 miles de euros. La diferencia se explica, principalmente, por la variación del resultado de la CAIB, que pasa de un resultado negativo en el 2012 de 9.520 miles de euros a un resultado positivo en el 2013 de 406.739 miles de euros, y del IBSALUT, que pasa de un resultado positivo de 93.199 miles de euros en el año 2012 a un resultado positivo de 9.468 miles de euros en el año 2013.

Por otro lado, el resultado agregado del resto de entidades dependientes ha sufrido una variación positiva conjunta de 15.507 miles de euros.

Es necesario tener en cuenta que el resultado presupuestario conjunto de 2013 no incluye las entidades vinculadas de la CAIB.

Incidencias

La CAIB no consolida el estado de liquidación del presupuesto y el resultado del ejercicio, el balance y la cuenta del resultado económico-patrimonial de la Cuenta General de la Administración de la CAIB, con las cuentas anuales de las entidades que forman parte de su perímetro de consolidación.